Ordenanza que amplía el plazo de delegación de competencias establecido en la Ordenanza N° 2162, sobre el ejercicio del procedimiento administrativo sancionador a favor del Servicio de Administración Tributaria en las modalidades de transporte reguladas en las Ordenanzas Nº 1682 y N° 1693

ORDENANZA Nº 2364-2021

Lima, 17 de junio de 2021

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;

Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, así como en el artículo 40 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Movilidad Urbana y Obras de Infraestructura Vial y de Asuntos Económicos y Organización, en sus Dictámenes N° 014-2021-MML-CMMUOI y N° 040-2021-MML/CMAEO de fechas 8 y 11 de junio de 2021, respectivamente, el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA

QUE AMPLÍA EL PLAZO DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS ESTABLECIDO EN LA ORDENANZA N° 2162, SOBRE EL EJERCICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR A FAVOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA EN LAS MODALIDADES DE TRANSPORTE REGULADAS EN LAS ORDENANZAS Nº 1682 Y N° 1693

Artículo Único.- Prórroga de la delegación de funciones en materia de transporte bajo la competencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Dispóngase que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) mantenga las funciones en materia de transporte y trámite del procedimiento administrativo sancionador referidas a la evaluación de los descargos, la formulación del informe final de instrucción, la emisión de las resoluciones de sanción y de archivamiento, de ser el caso, la resolución de los recursos correspondientes y solicitudes no contenciosas derivados de la aplicación de las actas de control e imputación de cargo; así como proveer y aprobar los formatos de actas de control respectivas, establecidas en las Ordenanzas Nº 1682 y Nº 1693 o las que hagan sus veces, hasta el 30 de junio de 2023.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT), en materia de tránsito, mantiene la función de aprobar los formatos de las papeletas de infracción de tránsito que correspondan.

Segunda.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación la publicación de la misma en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe).

Tercera.- Encargar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) la implementación y cumplimiento de la presente Ordenanza, así como la publicación y difusión en su Portal Institucional (www.sat.gob.pe).

Cuarta.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JORGE MUÑOZ WELLS

Alcalde

1964775-4