Otorgan a favor de ADINELSA, concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en la obra “Ampliación del suministro de energía eléctrica en la localidad de Los Andes de Yanahuanca, mediante la instalación de 63 Sistemas Fotovoltaicos Domiciliarios en la Región Pasco”

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

N° 0087-2021-MINEM/DGE

Lima, 28 de mayo de 2021

VISTO: El Expediente N° 65396521, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión eléctrica rural (CER) para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en la obra “Ampliación del suministro de energía eléctrica en la localidad de Los Andes de Yanahuanca, mediante la instalación de 63 Sistemas Fotovoltaicos Domiciliarios en la Región Pasco”, presentada por Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. (ADINELSA) y el Informe N° 195-2021-MINEM/DGE-DCE elaborado por la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio N° 155-2020-GG-ADINELSA con Registros N° 3079767, de fecha 02 de octubre de 2020, ADINELSA solicita el otorgamiento de CER para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en la obra “Ampliación del suministro de energía eléctrica en la localidad de Los Andes de Yanahuanca, mediante la instalación de 63 Sistemas Fotovoltaicos Domiciliarios en la Región Pasco, que comprende la dotación de energía eléctrica para nueve (09) beneficiarios, (en adelante, la OBRA), ubicada en el distrito de Yanahuanca, provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco, cuyas coordenadas figuran en el Expediente;

Que, ADINELSA ha presentado la Resolución Directoral Regional N° 005-2012-GR-PASCO/DREM, de fecha 11 de enero de 2012, mediante la cual la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Pasco aprueba la Declaración de Impacto Ambiental, así como la Resolución Directoral N° 016-2020-MINEM/DGE, de fecha 12 de febrero de 2020, mediante la cual la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas otorga la Calificación como Sistema Eléctrico Rural, correspondiente a la OBRA, conforme a lo establecido en los artículos 22 y 30 del Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, y el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM, respectivamente;

Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, concordado con los artículos 48, 51, 52 y 53 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, ha emitido el Informe N° 195-2021-MINEM/DGE-DCE;

Estando a lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de ADINELSA, concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en la obra “Ampliación del suministro de energía eléctrica en la localidad de Los Andes de Yanahuanca, mediante la instalación de 63 Sistemas Fotovoltaicos Domiciliarios en la Región Pasco”, que en el presente caso comprende la dotación de energía eléctrica para nueve (09) beneficiarios, ubicada en el distrito de Yanahuanca, provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.

Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las siguientes coordenadas donde se ubican referencialmente los sistemas fotovoltaicos domiciliarios o beneficiarios, los cuales obran en el Expediente, de conformidad con la cantidad indicada a continuación:

Item

Departamento

Provincia

Distrito

Localidad

Usuarios

1

Pasco

Daniel Alcides Carrión

Yanahuanca

Los Andes de Yanahuanca

9

TOTAL

9

LOS ANDES DE YANAHUANCA

Vértice

NORTE

ESTE

NOMBRE

1

8,817,293.01

337,961.19

ACENCIO BASILIO BRONCANO

2

8,817,494.01

336,849.20

ADAN CARLOS ESPIRITU

3

8,818,122.00

335,994.21

WILDER RAMERO TAQUIRE

4

8,818,710.99

334,625.23

JESSICA VELASQUEZ FERNANDEZ

5

8,818,960.99

333,410.24

VICTOR VELASQUEZ FERNANDEZ

6

8,818,451.99

331,504.27

NICOLASA VELASQUEZ ESPIRITU

7

8,818,187.99

332,110.26

GRIMALDO CRUZ VEGA

8

8,817,065.01

331,554.27

RODOLFO ROQUE BRAVO

9

8,818,039.01

338,441.18

ZENON GUZMAN CRUZ

Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 150-2021 a suscribirse con ADINELSA, el cual consta de 18 Cláusulas y 03 Anexos.

Artículo 4.- Suscribir como Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, en representación del Estado, el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 150-2021 y la Escritura Pública correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM.

Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública a que dé origen al Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 150-2021, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 6.- Notificar la presente Resolución Directoral a ADINELSA dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, la cual deberá ser publicada para su vigencia en el diario oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ MIGUEL OPORTO VARGAS

Director General de Electricidad

Dirección General de Electricidad

1964676-1