Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al “Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico”

RESOLUCIÓN SUPREMA

N° 082-2021-RE

Lima, 11 de junio de 2021

CONSIDERANDO:

Que, el “Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico” fue firmado el 8 de marzo de 2018 en Santiago, República de Chile;

Que, en ocasión de la suscripción del referido Tratado se firmaron una serie de instrumentos conexos, entre ellos, Cartas con Australia que reafirman los acuerdos relativos a productos distintivos y terminación del Acuerdo sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones; Cartas con Canadá sobre industrias culturales; Cartas con Malasia sobre servicios electrónicos de tarjetas de pago; Cartas con Malasia sobre no recurso a solución de controversias por la medida disconforme en empresas de propiedad del Estado; Cartas con Nueva Zelanda sobre el mecanismo de solución de controversias inversionista – Estado; Cartas con Vietnam sobre servicios electrónicos de tarjetas de pago; Cartas con Vietnam sobre comercio electrónico; Cartas con Vietnam relativas al capítulo laboral; y Cartas con Vietnam sobre productos químicos agrícolas;

Que, la aprobación de los citados instrumentos internacionales es conveniente a los intereses del Perú;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 e inciso 3 del artículo 102 de la Constitución Política del Perú y, el primer párrafo del artículo 2 de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los tratados celebrados por el Estado peruano;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Remitir al Congreso de la República la documentación relativa al “Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico”, firmado el 8 de marzo de 2018 en Santiago, Chile.

Artículo 2.- Remitir al Congreso de la República la documentación relativa a las Cartas con Australia que reafirman los acuerdos relativos a productos distintivos y terminación del Acuerdo sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones; las Cartas con Canadá sobre industrias culturales; las Cartas con Malasia sobre servicios electrónicos de tarjetas de pago; las Cartas con Malasia sobre no recurso a solución de controversias por la medida disconforme en empresas de propiedad del Estado; las Cartas con Nueva Zelanda sobre el mecanismo de solución de controversias inversionista – Estado; las Cartas con Vietnam sobre servicios electrónicos de tarjetas de pago; las Cartas con Vietnam sobre comercio electrónico; las Cartas con Vietnam relativas al capítulo laboral; y las Cartas con Vietnam sobre productos químicos agrícolas, firmadas el 8 de marzo de 2018 en Santiago, Chile.

Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la señora Presidenta del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER

Presidente de la República

VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA

Presidenta del Consejo de Ministros

ALLAN WAGNER TIZÓN

Ministro de Relaciones Exteriores

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