Conmemoran a mujeres peruanas con la “Orden Emérito a las Mujeres del Bicentenario”, en el marco de lo establecido en la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 159-2021-MIMP

Lima, 11 de junio de 2021

VISTO; Nota N° D000434-2021-MIMP-DVMM, del Despacho Viceministerial de la Mujer, el Informe N° D000121-2021-MIMP-DPPDM de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de las Mujeres, la Nota N° D000349-2021-MIMP-DGIGND de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1098 y modificatoria, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, la cual señala que es un organismo del Poder Ejecutivo rector en las políticas nacionales y sectoriales sobre mujer y promoción y protección de las poblaciones vulnerables, con personería jurídica de derecho público que constituye un pliego presupuestal, encargado, entre otros, de establecer, promover, ejecutar y supervisar políticas públicas a favor de las mujeres;

Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 004-2018-MC, se crea el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, adscrito al Ministerio de Cultura, con el objeto de formular la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, y ejecutar, articular y dar seguimiento a las acciones requeridas para dicha conmemoración, con alto valor simbólico para el ejercicio de una ciudadanía democrática y de fortalecimiento de la identidad nacional;

Que, por Decreto Supremo N° 009-2018-MC, se aprueba la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, actualizada mediante Decreto Supremo N° 159-2020-PCM, en cuyo numeral 5.1.4 se señala, como actividad del MIMP, realizar la conmemoración “Orden Emérito de las Mujeres del Bicentenario”, indicando que la misma se entregará en el marco del Día Internacional de la Mujer o del Día de la Independencia del Perú y constituye el máximo reconocimiento del Estado que busca reivindicar, visibilizar y difundir el aporte de las mujeres peruanas que a lo largo de nuestros 200 años de historia, se han destacado por su contribución en la gesta emancipadora y en la construcción de nuestra república;

Que, mediante Informe N° D000121-2021-MIMP-DPPDM la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de las Mujeres de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación, señala que la realización de la Conmemoración “Orden Emérito de las Mujeres del Bicentenario” es una actividad programada en el marco de la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, toda vez que es necesario que se visibilice la participación de las mujeres en su diversidad en el desarrollo de nuestro país, tanto por sus contribuciones a nivel político, cultural y social, desde la gesta de la independencia hasta la actualidad. Por lo cual, se ha considerado reconocer a mujeres que hayan destacado por sus actos heroicos en la gesta emancipadora del Perú; por sus actos heroicos en defensa de la patria; por haber contribuido al desarrollo del país como primeras profesionales en la historia; por su lucha en la promoción, defensa y reconocimiento de los derechos de las mujeres y la igualdad de género y por sus contribuciones en la defensa y promoción de los derechos de las mujeres en su diversidad desde las letras, artes y humanidades;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Secretaría General, de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias, en el Decreto Legislativo N° 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modificatoria, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias; en el Decreto Supremo N° 009-2018-MC, que aprueba la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, actualizada mediante Decreto Supremo N° 159-2020-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Conmemorar con la “Orden Emérito a las Mujeres del Bicentenario”, en el marco de lo establecido en la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, a las mujeres peruanas que a lo largo de nuestros 200 años de historia, se han destacado por su contribución en la gesta emancipadora y en la construcción de nuestra república; conforme se detalla a continuación:

1. MARÍA VALDIZÁN, en mérito a sus actos heroicos por la gesta emancipadora del Perú.

2. CLEOFÉ RAMOS, MARÍA E HIGINIA TOLEDO – LAS HEROÍNAS TOLEDO, en mérito a sus actos heroicos por la gesta emancipadora del Perú.

3. TOMASA TITO CONDEMAYTA, en mérito a sus actos heroicos por la gesta emancipadora del Perú.

4. MICAELA BASTIDAS PUYUCAHUA, en mérito a sus actos heroicos por la gesta emancipadora del Perú.

5. MARÍA ANDREA PARADO JAYO DE BELLIDO, en mérito a sus actos heroicos por la gesta emancipadora del Perú.

6. MATIAZA RIMACHI, en mérito a sus actos heroicos por la gesta emancipadora del Perú.

7. CATALINA BUENDÍA DE PECHO, en mérito a sus actos heroicos en defensa de la patria.

8. MARÍA TRINIDAD ENRIQUEZ LADRÓN DE GUEVARA, en mérito a su contribución al desarrollo del país como primeras profesionales en la historia.

9. LAURA ESTHER RODRÍGUEZ DULANTO, en mérito a su contribución al desarrollo del país como primeras profesionales en la historia.

10. MARÍA JESÚS ALVARADO RIVERA, en mérito a su lucha por la promoción, defensa y reconocimiento de los derechos de las mujeres y la igualdad de género.

11. FLORA TRISTÁN Y MOSCOSO LAISNEY, en mérito a su contribución en la defensa y promoción de los derechos de las mujeres en su diversidad desde las letras, artes y humanidades.

12. MERCEDES CABELLO DE CARBONERA, en mérito a su contribución en la defensa y promoción de los derechos de las mujeres en su diversidad desde las letras, artes y humanidades.

13. MARÍA ASUNCIÓN GALINDO, en mérito a su contribución en la defensa y promoción de los derechos de las mujeres en su diversidad desde las letras, artes y humanidades.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución, en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SILVIA LOLI ESPINOZA

Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

1962504-1