Aprueban Contrato de Fideicomiso de Administración de Garantías del Programa de Apoyo Empresarial a las micro y pequeñas empresas (PAE-MYPE)

Resolución Ministerial

Nº 181-2021-EF/15

Lima, 7 de junio del 2021

CONSIDERANDO:

Que, a fin de adoptar medidas que permitan minimizar la afectación que continúa produciendo el COVID-19 en la economía de las personas naturales y jurídicas cuyas actividades cotidianas han tenido que suspenderse ante las restricciones dispuestas en el marco del Estado de Emergencia Nacional, se emite el Decreto de Urgencia Nº 019-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al financiamiento a micro y pequeños empresarios para la reducción del impacto del COVID-19, que tiene como objeto establecer medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, que promuevan el financiamiento para capital de trabajo de las micro y pequeñas empresas (MYPE), que se vean afectadas por el contexto internacional y local adverso, producto de la continua propagación del COVID-19 y la nueva variante del virus en el territorio nacional;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del citado Decreto de Urgencia crea el Programa de Apoyo Empresarial a las micro y pequeñas empresas (PAE-MYPE), que tiene por objeto garantizar a través del otorgamiento de una Garantía del Gobierno Nacional, los créditos para capital de trabajo otorgados en el marco del PAE-MYPE y los préstamos que otorgue la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE a las Empresas del Sistema Financiero (ESF) o Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público que se encuentren en el Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público a cargo de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (COOPAC) para financiar los créditos para capital de trabajo otorgados a las MYPE en el marco del PAE-MYPE;

Que, en el marco de los numerales 2.11 y 2.12 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 019-2021, se encarga a COFIDE la administración del PAE-MYPE, en los términos y condiciones que establezca su Reglamento Operativo; y para efectos de implementar el referido encargo, así como formalizar la garantía a los créditos acogidos al PAE-MYPE, se autoriza a la Dirección General del Tesoro Público y a la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas, a suscribir con COFIDE un contrato, cuyo texto es aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, en dicha línea, los numerales 8.2 y 8.3 del artículo 8 del referido Decreto de Urgencia se establece que la Garantía del Gobierno Nacional a que se hace referencia en su artículo 2, se otorga mediante un fideicomiso de administración de garantías estructurado con COFIDE, que contiene créditos otorgados por las ESF y las COOPAC, que cumplen con las condiciones y requisitos para acceder al PAE-MYPE; para lo cual se autoriza a la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir un contrato de fideicomiso con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, el mismo que debe ser aprobado mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, teniendo en cuenta la propuesta de contrato de fideicomiso que remita la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, asimismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 019-2021, se emite la Resolución Ministerial Nº 101-2021-EF/15, y norma modificatoria, se aprueba el Reglamento Operativo del Programa de Apoyo Empresarial a las micro y pequeñas empresas (PAE MYPE), en cuyo numeral 3.3 del artículo 3 dispone que por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, se aprueba el Contrato de Fideicomiso que debe ser suscrito entre el referido Ministerio, a través de la Dirección General del Tesoro Público y la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado, y COFIDE, mediante el cual se encarga a este último la administración y el otorgamiento de la Garantía del Gobierno Nacional para los Créditos Garantizados;

Que, mediante Informe N° 0008-2021-EF/65.01, la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado remite la propuesta de Contrato de Fideicomiso de Administración de Garantías del Programa de Apoyo Empresarial a las micro y pequeñas empresas (PAE-MYPE);

Que, en virtud de las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar el Contrato de Fideicomiso de Administración de Garantías del Programa de Apoyo Empresarial a las micro y pequeñas empresas (PAE-MYPE), en cumplimiento de lo previsto por el numeral 2.12 del artículo 2 y el numeral 8.3 del artículo 8 del Decreto de Urgencia Nº 019-2021, en concordancia con el numeral 3.3 del artículo 3 del Reglamento Operativo del Programa de Apoyo Empresarial a las micro y pequeñas empresas (PAE-MYPE), aprobado por la Resolución Ministerial Nº 101-2021-EF/15;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 019-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al financiamiento a micro y pequeños empresarios para la reducción del impacto del COVID-19, y en la Resolución Ministerial Nº 101-2021-EF/15, que aprueba el Reglamento Operativo del Programa de Apoyo Empresarial a las micro y pequeñas empresas (PAE- MYPE);

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobación del Contrato de Fideicomiso de Administración del PAE-MYPE

Aprobar el Contrato de Fideicomiso de Administración de Garantías del Programa de Apoyo Empresarial a las micro y pequeñas empresas (PAE-MYPE), el mismo que se adjunta como Anexo a la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2. Autorización para suscribir documentos

Autorizar al Director General de la Dirección General del Tesoro Público y al Director General de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, a suscribir el Contrato de Fideicomiso de Administración de Garantías del Programa de Apoyo Empresarial a las micro y pequeñas empresas (PAE-MYPE), aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, así como a suscribir los documentos públicos y/o privados, conexos o complementarios que permitan su ejecución.

Artículo 3. Publicación

La presente Resolución Ministerial y su Anexo se publican en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALDO MENDOZA BELLIDO

Ministro de Economía y Finanzas

1960682-1