Modifican los Índices de Distribución del Canon Gasífero proveniente de las regalías de los contratos de licencia y la participación del Estado en los contratos de servicios para el Año Fiscal 2021, por la creación de nuevos distritos

Resolución Ministerial

Nº 173-2021-EF/50

Lima, 3 de junio del 2021

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 066-2021-EF/50, se aprueban y publican los Índices de Distribución del Canon Gasífero proveniente de las regalías de los contratos de licencia y la participación del Estado en los contratos de servicios para el Año Fiscal 2021, la misma que fue modificada mediante Resolución Ministerial N° 148-2021-EF/50;

Que, de conformidad con el artículo 1 de la Ley N° 31162, se crea el distrito de Cielo Punco, con su capital Chirumpiari, en la provincia de La Convención del departamento de Cusco;

Que, con el artículo 1 de la Ley N° 31163, se crea el distrito de Manitea, con su capital Tawantinsuyo, en la provincia de La Convención del departamento de Cusco;

Que, conforme el artículo 1 de la Ley N° 27555, Ley que autoriza la reasignación y aplicación de recursos en los nuevos distritos creados, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a reasignar, los recursos del Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN y otros que les correspondan, a los nuevos distritos creados o por crearse a nivel nacional; estableciendo que dicha reasignación implica la modificación de los índices de distribución y transferencia de los montos que correspondan a cada circunscripción resultante;

Que, los artículos 6 y 9 del Reglamento de la Ley N° 27555, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2002-EF, establecen que el recálculo de los índices de distribución para la nueva asignación se efectuará respecto de todas las jurisdicciones afectadas por la creación del nuevo distrito y que la suma de los índices de las nuevas demarcaciones debe coincidir con la suma de los índices antes de la creación del nuevo distrito; asimismo, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y otras entidades que correspondan, proporcionarán al Ministerio de Economía y Finanzas la información oficial necesaria, a fin de elaborar los índices de distribución;

Que, el artículo 10 del citado Reglamento dispone que los índices de distribución recalculados para los nuevos distritos y para los distritos de origen serán aprobados mediante Resolución Ministerial expedida por el Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, asimismo, el numeral 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los Índices de Distribución del Canon Gasífero, son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial, sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público, considerando los criterios establecidos en el marco legal correspondiente;

Que, sobre la base de la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática mediante Oficio N° 000273-2021-INEI/JEF, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas ha efectuado los cálculos correspondientes para la modificación de los Índices de Distribución del Canon Gasífero, por la creación de los nuevos distritos de Cielo Punco y Manitea de la provincia de La Convención, en el departamento de Cusco;

Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario modificar los Índices de Distribución del Canon Gasífero proveniente de las regalías de los contratos de licencia y la participación del Estado en los contratos de servicios para el Año Fiscal 2021, aprobados mediante Resolución Ministerial N° 066-2021-EF/50 y modificatoria, a fin de incorporar en la distribución a los nuevos distritos de Cielo Punco y Manitea, de la provincia de La Convención, del departamento de Cusco;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27555, Ley que autoriza la reasignación y aplicación de recursos en los nuevos distritos creados, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2002-EF; en las Leyes N°s 31162 y N° 31163; y en el numeral 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Objeto

Modificar los Índices de Distribución del Canon Gasífero proveniente de las regalías de los contratos de licencia y la participación del Estado en los contratos de servicios para el Año Fiscal 2021, aprobados mediante Resolución Ministerial N° 066-2021-EF/50 y modificatoria, a fin de incorporar en la distribución a los nuevos distritos de Cielo Punco y Manitea, de la provincia de La Convención, del departamento de Cusco, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2. Publicación

La presente Resolución Ministerial y su Anexo se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALDO MENDOZA BELLIDO

Ministro de Economía y Finanzas

1959821-1