Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021

decreto supremo

n° 132-2021-ef

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Vigésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, dispone la asignación de recursos por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales–ONPE, por la suma de S/ 583 595 598,00 (QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), para el desarrollo de las Elecciones Generales en el año 2021, convocadas mediante Decreto Supremo Nº 122-2020-PCM;

Que, a través del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 006-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19 para garantizar el desarrollo de las Elecciones Generales en el año 2021, se autorizó a la ONPE para que durante el Año Fiscal 2021, formalice y realice el pago de una compensación económica de S/ 120.00 (CIENTO VEINTE Y 00/100 SOLES), a favor de los miembros de mesa, para que efectúen labores por cada jornada electoral (primera y segunda elección), que se ejecuten durante las Elecciones Generales en el año 2021;

Que, el numeral 2.2 del artículo 2 del mencionado Decreto de Urgencia facultó a la ONPE para que, durante el Año Fiscal 2021, efectúe modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores, para financiar el pago de una compensación económica de S/ 120.00 (CIENTO VEINTE Y 00/100 SOLES), a favor de los miembros de mesa en el extranjero, por cada jornada electoral (primera y segunda elección), que se ejecuten durante las Elecciones Generales en el año 2021. Dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 048-2021-EF, Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 y dictan otra disposición, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 1 234 800,00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES), del Pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales, a favor del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, para financiar los gastos que conlleven el pago de una compensación económica de S/ 120.00 (CIENTO VEINTE Y 00/100 SOLES), a favor de los 10 290 miembros de mesa, que efectúen labores en el extranjero durante las Elecciones Generales del 11 de abril de 2021;

Que, mediante el Oficio N° 000231-2021-JN/ONPE, la Oficina Nacional de Procesos Electorales solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 1 076 040,00 (UN MILLÓN SETENTA Y SEIS MIL CUARENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores, y la autorización para que este último use los saldos provenientes de los recursos asignados mediante el Decreto Supremo N° 048-2021-EF, hasta por la suma de S/ 162 360,00 (CIENTO SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES), para financiar los gastos que conlleven el pago de una compensación económica de S/ 120.00 (CIENTO VEINTE Y 00/100 SOLES) a favor de los 10 320 miembros de mesa, que efectúen labores en el extranjero durante las Elecciones Generales del 06 de junio de 2021 – Segunda Elección Presidencial, en el marco del Decreto de Urgencia N° 006-2021, adjuntando para dicho efecto el Informe N° 001512-2021-SGPR-GPP/ONPE de la Subgerencia de Presupuesto de la citada entidad;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 1 076 040, 00 (UN MILLÓN SETENTA Y SEIS MIL CUARENTA Y 00/100 SOLES) del Pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales, a favor del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores; y, autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores el uso de los saldos provenientes de los recursos asignados por el Decreto Supremo N° 048-2021-EF, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en la Vigésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; y, en el Decreto de Urgencia Nº 006-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19 para garantizar el desarrollo de las Elecciones Generales en el año 2021;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto

Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 1 076 040, 00 (UN MILLÓN SETENTA Y SEIS MIL CUARENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, para financiar los gastos que conlleven el pago de una compensación económica de S/ 120.00 (CIENTO VEINTE Y 00/100 SOLES), a favor de los 10 320 miembros de mesa, que efectúen labores en el extranjero durante las Elecciones Generales del 06 de junio de 2021 – Segunda Elección Presidencial, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA  : Gobierno Central

PLIEGO 032 : Oficina Nacional de Procesos Electorales

UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina Nacional de Procesos Electorales

CATEGORÍA

PRESUPUESTARIA 0125 : Mejora de la Eficiencia de los Procesos Electorales e Incremento de la participación política de la ciudadanía

PRODUCTO 3000654 : Proceso Electoral Oportuno y Eficiente

ACTIVIDAD 5005020 : Procesos Electorales y Consultas Planificados

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios   1 076 040,00

===========

TOTAL EGRESOS 1 076 040,00

===========

A LA:  En Soles

SECCIÓN PRIMERA  : Gobierno Central

PLIEGO 008 : Ministerio de Relaciones Exteriores

UNIDAD EJECUTORA 001 : Secretaría General

CATEGORÍA

PRESUPUESTARIA 0125 : Mejora de la Eficiencia de los Procesos Electorales e Incremento de la participación política de la ciudadanía

PRODUCTO 3000654 : Proceso Electoral Oportuno y Eficiente

ACTIVIDAD 5005020 : Procesos Electorales y Consultas Planificados

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 1 076 040,00

===========

TOTAL EGRESOS 1 076 040,00

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Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional

2.1 El Titular del Pliego habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruyen a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Autorización de uso de saldos

Autorízase al Ministerio de Relaciones Exteriores el uso de los saldos provenientes de los recursos asignados mediante el Decreto Supremo N° 048-2021-EF, para realizar el pago de la compensación económica de S/ 120.00 (CIENTO VEINTE Y 00/100 SOLES), a favor de los miembros de mesa, que efectúen labores en el extranjero durante las Elecciones Generales del 06 de junio de 2021– Segunda Elección Presidencial.

Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo; así como los saldos a que se refiere el artículo 3 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados.

Artículo 5.- Refrendo

El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de junio del año dos mil veintiuno.

FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER

Presidente de la República

Waldo Mendoza Bellido

Ministro de Economía y Finanzas

1959504-2