Designan a la Dirección de Seguro y Fomento del Financiamiento Agrario - DSFFA, como Secretaría Técnica del Consejo Directivo del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agrario - FOGASA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0154-2021-MIDAGRI
Lima, 1 de junio de 2021
VISTOS:
El Oficio N° 0010-2021-MIDAGRI-DVDAFIR/DGASFS de la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros - DGASFS y el Informe Nº 002-2021-MIDAGRI-DVDAFIR/DGASFS-DSFFA-MHOC de la Dirección de Seguro y Fomento del Financiamiento Agrario - DSFFA; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 28939, Ley que aprueba el crédito suplementario y transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el Año Fiscal 2006, modificada por el artículo único de la Ley Nº 28995 y por la Ley N° 31139, establece en el literal b) del artículo 4, la creación del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario, cuya finalidad es garantizar los créditos otorgados por las instituciones financieras a los medianos y pequeños productores rurales organizados que orienten su actividad hacia mercados nacionales y/o internacionales dinámicos; así como financiar mecanismos de aseguramiento agropecuario, ofrecidos a través del Sistema de Seguros, destinados a reducir la exposición de los productores agropecuarios, tales como comunidades campesinas, nativas, pequeños y medianos agricultores, a riesgos climáticos y presencia de plagas, que afecten negativamente su producción y rentabilidad;
Que, la Ley Nº 29148, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agrario - FOGASA, modificada por la Ley N° 31139, señala que dicho Fondo cuenta con un Consejo Directivo, integrado conforme señala el numeral 5.1 del artículo 5, por el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, o su representante, quien lo preside; por el Ministro de Economía y Finanzas o su representante; y por un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros; estableciéndose en el numeral 5.2 del mismo artículo, que el Consejo Directivo del Fondo cuenta con una Secretaría Técnica, designada a propuesta de su Presidente;
Que, por Resolución Ministerial N° 0237-2017-MINAGRI se designa a la Dirección de Financiamiento y Seguro Agrario - DIFESA, unidad orgánica de la Dirección General Agrícola - DGA del MIDAGRI, como Secretaría Técnica del Consejo Directivo del FOGASA;
Que, con el Decreto Supremo N° 004-2021-MIDAGRI, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI, facultando a la entidad en su Segunda Disposición Complementaria Final para que, mediante Resolución Ministerial, emita las disposiciones e instrumentos necesarios para la adecuada implementación del ROF aprobado;
Que, con la Resolución Ministerial N° 0073-2021-MIDAGRI, se aprueba la Sección Segunda del ROF del MIDAGRI que en su Única Disposición Complementaria Final establece que “Las denominaciones de los órganos y unidades orgánicas contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, siguen vigentes hasta la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego”;
Que, por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, se aprueba el Texto Integrado del ROF del MIDAGRI que contiene el Organigrama de la entidad; asimismo por Resolución Ministerial N° 0081-2021-MIDAGRI, se aprueba el Cuadro de Equivalencias de los Órganos y Unidades Orgánicas del MIDAGRI, con sus respectivas siglas conforme a la estructura orgánica establecida en el ROF aprobado por Decreto Supremo N° 004-2021-MIDAGRI y por Resolución Ministerial N° 0073-2021-MIDAGRI; y, mediante la Resolución Ministerial N° 0121-2021-MIDAGRI, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del MIDAGRI;
Que, en Sesión del Consejo Directivo del FOGASA de fecha 26 de mayo de 2021, se adoptó el acuerdo siguiente: “1. Aprobar, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5° de la Ley N° 29148 la designación de la Dirección de Seguro y Fomento del Financiamiento Agrario - DSFFA, de la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros - DGASFS, como Secretaría Técnica del FOGASA”;
Que, con el Oficio N° 0010-2021-MIDAGRI-DVDAFIR/DGASFS, la DGASFS remite al DVDAFIR, la propuesta de designación de la Dirección de Seguro y Fomento del Financiamiento Agrario - DSFFA, unidad orgánica de la DGASFS, como Secretaría Técnica del Consejo Directivo del FOGASA, en base al sustento técnico emitido con el Informe Nº 002-2021-MIDAGRI-DVDAFIR/DGASFS-DSFFA-MHOC de la DSFFA;
Que, por lo expuesto, es necesario designar a dicha unidad de organización como Secretaría Técnica del FOGASA y, derogar la Resolución Ministerial N° 0237-2017-MINAGRI que designó a la entonces Dirección de Financiamiento y Seguro Agrario - DIFESA, unidad orgánica de la Dirección General Agrícola - DGA del MIDAGRI, como Secretaría Técnica del acotado Consejo Directivo;
Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, de la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI y, en la Resolución Ministerial N° 0081-2021-MIDAGRI que aprueba el Cuadro de Equivalencias de los Órganos y Unidades Orgánicas del MIDAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar a la Dirección de Seguro y Fomento del Financiamiento Agrario - DSFFA, unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros - DGASFS del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI, como Secretaría Técnica del Consejo Directivo del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agrario - FOGASA, creado por la Ley N° 28939, modificada por la Ley N° 31139.
Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial N° 0237-2017-MINAGRI.
Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Dirección de Seguro y Fomento del Financiamiento Agrario - DSFFA de la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros - DGASFS del MIDAGRI; a la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. – COFIDE y a los miembros del Consejo Directivo del FOGASA, para los fines de ley.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial se publica en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (https://www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FEDERICO TENORIO CALDERÓN
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
1959175-1