Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas), que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y de Acuicultura, derivados de Concursos PNIPA 2017-2018; 2018-2019 y 2020-2021

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

N° 013-2021-PRODUCE-PNIPA-DE

Lima, 28 de mayo de 2021

VISTO;

El Informe N° 029-2021-PRODUCE-PNIPA/DO de la Dirección de Operaciones, Informe N° 00000043-2021-PNIPA/UPP, de la Unidad de Planificación y Presupuesto, los Informes Técnicos N° 00000030-2021-PNIPA/UIA-UIP, 00000031-2021-PNIPA/UIA-UIP y 00000032-2021-PNIPA/UIA-UIP de las Unidades de Innovación en Pesca y de Acuicultura, que remiten la relación de las subvenciones a Entidades Privadas que resultaron adjudicados con Subproyectos de Innovación en Pesca y de Acuicultura, en el marco de los Concursos PNIPA 2017-2018; 2018-2019 y 2020-2021 (SIA, SIADE, SEREX y SFOCA) respectivamente, y el Informe N° 027-2021-PRODUCE-PNIPA/UAL, de la Unidad de Asesoría Legal;

CONSIDERANDO;

Que, mediante Decreto Supremo N° 396-2016-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de la Reconstrucción y Fomento (BIRF/Banco Mundial), por USD 40 millones, destinada a financiar parcialmente el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura (PNIPA);

Que, la República del Perú y el BIRF/Banco Mundial, con fecha 13 de marzo de 2017, firmaron el Contrato de Préstamo N° 8692-PE, por USD 40 millones, destinada a financiar parcialmente el PNIPA;

Que, el Ministerio de la Producción, emitió la Resolución Ministerial N° 198-2017-PRODUCE, a través de la cual, crea la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, en el Pliego 038: Ministerio de la Producción que constituye un Programa de Inversión Pública, con declaratoria de viabilidad Código PROG-19-2014-SNIP. El Programa tiene como uno de los ejes principales de la intervención, a la movilización de recursos concursables para financiar subproyectos de I&D+I, a través de las convocatorias periódicas con alcance nacional, a estas podrán participar empresas, asociaciones de productores, universidades, centros de investigación y otros agentes que se organicen a través de alianzas estratégicas para presentar propuestas de subproyectos en Pesca y Acuicultura;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 346-2017-PRODUCE de fecha 24 de julio de 2017, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura;

Que, de acuerdo con lo previsto en el Contrato de Préstamo N° 8692-PE, con relación específicamente al financiamiento de subproyectos con los recursos asignados al PNIPA, en el Apéndice 2, Sección I, literal B “Subproyectos”, se establece entre otros que: “Para llevar a cabo las Partes 1 y 2 del Proyecto, el Prestatario deberá, a través de PRODUCE: (a) Después de haber seleccionado un Subproyecto de acuerdo con las directrices y procedimientos establecidos en el Manual Operativo, poner a disposición del Beneficiario pertinente una parte de los fondos del Préstamo (los Fondos del Subproyecto) de conformidad con un Acuerdo (“Acuerdo de Subproyecto”) a celebrarse entre el Prestatario, a través de PRODUCE, y dicho Beneficiario, bajo los términos y condiciones aprobados por el Banco e incluidos en el Manual de Operaciones. (…)”

Que, en la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, entre otros, autoriza durante el Año Fiscal 2021, al Ministerio de la Producción, a través del PNIPA para efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobierno regionales y gobiernos locales, y a otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos del PNIPA, y de las normas que regulan los fondos que administran, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y del sistema de innovación. Asimismo, se autoriza que las transferencias financieras y las subvenciones mencionadas a las que se refiere se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de contrato de recursos no reembolsables, y requiriéndose el informe favorable previo de la oficina de presupuesto. Dicha La facultad para la aprobación de las subvenciones a que se refiere la presente disposición, referidas al ámbito del mencionado Programa, podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 034-2021-PRODUCE, de fecha 29 de enero de 2021, entre otros, se delegó en la Dirección Ejecutiva del PNIPA, la facultad para aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que éste administra, y con cargo a su presupuesto, conforme a lo establecido en la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021;

Que, a través del Informe N° 00000043-2021-PNIPA/UPP, emitido por la Unidad de Planificación y Presupuesto, establece la relación de las subvenciones a Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas), que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y Acuicultura, derivados de los Concursos PNIPA 2017-2018; 2018-2019 y 2020-2021, en las categorías de: Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico (SIADE), Investigación Adaptativa (SIA), Servicio de Extensión (SEREX), y Fortalecimiento de Capacidades en Servicios de I+D+i (SFOCA), en Pesca y Acuicultura respectivamente, conforme a la información remitida y verificada por las Oficinas Macroregionales - OMR y las Unidades de Innovación en Pesca y Acuicultura. Asimismo, señala que ha verificado la disponibilidad presupuestal para atender los desembolsos programados, detallando el monto total y por fuente de financiamiento aplicable señalados en el Anexo Único de la presente resolución;

Que, asimismo resulta pertinente señalar que la Unidad de Administración, las Unidades de Innovación en Pesca y de Acuicultura, respectivamente, así como a las respectivas Oficinas Macro Regionales, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 034-2021-PRODUCE, relacionado con el cumplimiento de la rendición de cuentas y evaluación del otorgamiento de subvenciones, que prevé informar de manera semestral al Titular Pliego sobre los avances físicos y financieros de las metas para los cuales fueron entregados los recursos; así como los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 396-2016-EF, Contrato de Préstamo N° 8692-PE entre el Gobierno del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF – Banco Mundial; Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2021, Resolución Ministerial N° 198-2017-PRODUCE, Resolución Ministerial N° 346-2017-PRODUCE, y Resolución Ministerial N° 034-2021-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el otorgamiento de subvenciones

Autorizar el otorgamiento de subvenciones a favor de las Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas), que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y de Acuicultura, derivados de los Concursos PNIPA 2017-2018; 2018-2019 y 2020-2021, en las categorías de: Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico (SIADE), Investigación Adaptativa (SIA), Servicio de Extensión (SEREX), y Fortalecimiento de Capacidades en Servicios de I+D+i (SFOCA), señaladas en los cuadros del Anexo Único de la presente resolución, hasta por la suma de S/ 3´504,647.09 (Tres millones quinientos cuatro mil seiscientos cuarenta y siete con 09/100 soles), correspondiendo los S/ 3´504,647.09 (Tres millones quinientos cuatro mil seiscientos cuarenta y siete con 09/100 soles) por fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito (ROOC), en el marco del Contrato de Préstamo N° 8692-PE y de lo dispuesto por la Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021.

Artículo 2.- Financiamiento

Los otorgamientos de subvenciones autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal asignado a la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de innovación en Pesca y Acuicultura, de las fuentes de financiamiento indicadas.

Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos

Los recursos de las subvenciones autorizadas por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo

Las Unidades de Innovación en Pesca y de Innovación en Acuicultura, Oficinas Macro Regionales, Unidad de Administración, debe realizar las acciones pertinentes para el adecuado monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se otorgan las mencionadas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021. Asimismo disponer a la Unidad de Planificación y Presupuesto, Unidad de Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, y las Oficinas Macro Regionales, de conformidad con la Resolución Ministerial N° 034-2021-PRODUCE, relacionado con el cumplimiento de la rendición de cuentas y evaluación del otorgamiento de subvenciones, que prevé informar de manera semestral al Titular Pliego sobre los avances físicos y financieros de las metas para los cuales fueron entregados los recursos; así como los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas.

Artículo 5.- Acciones Administrativas

La Dirección de Operaciones del Programa, queda facultado para efectuar las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Asimismo, disponer a las Unidades de Planificación y Presupuesto, Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, y las Oficinas Macro Regionales, deben elaborar la relación de los beneficiarios de las subvenciones otorgadas, para remitir semestralmente al Ministerio de la Producción para la respectiva publicación en su Portal Institucional.

Artículo 6.- Notificación

Notificar la presente resolución a las Unidades y Oficinas Macro Regionales – OMR del Programa, mediante correo electrónico o por otro medio que pudiera constar, y disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del PNIPA.

Regístrese, comuníquese y publíquese.1

DAVID ALFONSO RAMOS LÓPEZ

Director Ejecutivo del Programa Nacional

de Innovación en Pesca y Acuicultura

1 La Resolución Directoral y Anexo Único, está publicado en el Portal Institucional del Programa (www.pnipa.gob.pe)

1957971-1