Aprueban el Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial Temporal dependiente del Ministerio de la Producción, denominada “Comisión Multisectorial Temporal de la Hoja de Ruta Tecnológica para los Proveedores Tecnológicos de la Minería”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 00147-2021-PRODUCE

Lima, 24 de mayo de 2021

VISTOS: El Memorando Nº 00000252-2021-PRODUCE/DGITDF y el Informe Nº 00000039-2021-PRODUCE/DDF-rbardales de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización, el Memorando Nº 00000671-2021-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, y el Informe Nº 00000349--2021-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE, señala que el Estado promueve la oferta de servicios tecnológicos orientada a la demanda de las MYPE, como soporte a las empresas, facilitando el acceso a fondos específicos de financiamiento o cofinanciamiento, a Centros de Innovación Tecnológica o de Desarrollo Empresarial, a Centros de Información u otros mecanismos o instrumentos, que incluye la investigación, el diseño, la información, la capacitación, la asistencia técnica, la asesoría y la consultoría empresarial, los servicios de laboratorio necesarios y las pruebas piloto;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 237-2019-EF, se aprobó el Plan Nacional de Competitividad y Productividad (PNCP), que contempla como Objetivo Prioritario 3: “Generar el desarrollo de las capacidades para la innovación, adopción y transferencia de mejoras tecnológicas”; y, como Lineamiento de Política 3.4: “Acelerar los procesos de innovación, absorción tecnológica y digitalización, a través de la articulación de acciones públicas y privadas y de una revisión periódica de la combinación de políticas públicas de innovación”;

Que, de acuerdo al artículo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades; sus conclusiones carecen de efectos jurídicos frente a terceros, no tienen personería jurídica ni administración propia y están integradas a una entidad pública;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2021-PRODUCE se crea la Comisión Multisectorial, de naturaleza temporal, denominada “Comisión Multisectorial Temporal de la Hoja de Ruta Tecnológica para los Proveedores Tecnológicos de la Minería”, dependiente del Ministerio de la Producción, que tiene por objeto realizar el seguimiento de la implementación y sostenibilidad de la Hoja de Ruta Tecnológica para los Proveedores Tecnológicos de la Minería;

Que, el artículo 11 del citado Decreto Supremo establece que la Comisión Multisectorial cuenta con un reglamento interno, en el cual se establece la forma en que se realizan las convocatorias a las sesiones, así como el régimen de periodicidad, quórum, reglas de votación, reglas de aprobación de acuerdos, y las demás disposiciones para su correcto desarrollo y organización;

Que, la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo antes mencionado dispone que la Secretaría Técnica, con la validación de los miembros de la Comisión Multisectorial Temporal de la Hoja de Ruta Tecnológica para los Proveedores Tecnológicos de la Minería, propone el reglamento interno de dicha Comisión, al Ministro de la Producción quien lo aprueba mediante resolución ministerial;

Que, conforme a lo establecido por los numerales 26.1 y 26.3 del artículo 26 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modificatorias, las Comisiones Multisectoriales de naturaleza permanente o aquellas creadas con una vigencia mayor a doce (12) meses cuentan con un reglamento interno, el cual debe contener como mínimo el régimen de periodicidad, quórum, reglas de votación y reglas de aprobación de acuerdos, entre otros;

Que, mediante el Memorando Nº 00000252-2021-PRODUCE/DGITDF del cual forma parte el Informe Nº 00000039-2021-PRODUCE/DDF-rbardales la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, en su calidad de Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial Temporal de la Hoja de Ruta Tecnológica para los Proveedores Tecnológicos de la Minería, señala que los miembros de la Comisión Multisectorial validaron la propuesta de Reglamento Interno a través de la suscripción del acta de la Sesión Nº 02, por lo que propone su aprobación al Ministerio de la Producción;

Que, corresponde emitir el acto que aprueba el Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial Temporal de la Hoja de Ruta Tecnológica para los Proveedores Tecnológicos de la Minería, que tiene por objeto regular su organización y funcionamiento, conforme ha sido propuesto por la Secretaría Técnica de la citada Comisión Multisectorial en el marco de lo establecido por el Decreto Supremo Nº 008-2021-PRODUCE;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; y, el Decreto Supremo Nº 008-2021-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba la Hoja de Ruta Tecnológica para los Proveedores Tecnológicos de la Minería y crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial Temporal dependiente del Ministerio de la Producción, denominada “Comisión Multisectorial Temporal de la Hoja de Ruta Tecnológica para los Proveedores Tecnológicos de la Minería”, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Publicar la presente Resolución Ministerial y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce) el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ LUIS CHICOMA LÚCAR

Ministro de la Producción

1956527-1