Prorrogan plazo a diversas entidades a que se refiere la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2019-PCM-SGP para la adecuación al nuevo formato del TUPA, y dictan otras disposiciones

Resolución de Secretaría

de Gestión Pública

N° 006-2021-PCM/SGP

Lima, 21 de mayo de 2021

VISTO:

El informe N° D000091-2021-PCM-SSSAR de la Subsecretaría de Simplificación y Análisis Regulatorio de la Secretaría de Gestión Pública;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece la obligación de todas las entidades públicas de elaborar, aprobar o gestionar el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA;

Que, la citada norma además, establece que el contenido del TUPA comprende a todos los procedimientos de iniciativa de parte y servicios prestados en exclusividad que cuenten con respaldo legal y sean requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos, así como la descripción clara y taxativa de todos los requisitos para su realización, entre otras condiciones que otorgan predictibilidad a los administrados para su adecuada tramitación;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 002-2019-PCM-SGP se aprueba el cronograma para la adecuación al Nuevo Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y se establecen nuevos plazos para la implementación del Sistema Único de Trámites (SUT), en las entidades de la administración pública;

Que, por otra parte, la Única Disposición Complementaria Modificatoria de la Resolución acotada en el párrafo anterior dispone la modificación de los plazos para la implementación y uso progresivo del SUT previstos en los artículos 3, 4 y 5 de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 001-2018-PCM-SGP considerándose como nuevos plazos máximos los establecidos en el cronograma aprobado en su artículo 3, cuyos plazos de término para las distintas entidades se producían entre el 30 de junio del año 2020 al 30 de junio del año 2022;

Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 004-2020-PCM-SGP se dispuso prorrogar los plazos para la adecuación al Nuevo Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y se establecen nuevos plazos para la implementación del Sistema Único de Trámites (SUT) atendiendo a las consecuencias organizativas, económicas y de otra índole que tienen a su cargo las entidades de la Administración Pública, entre ellas, las relacionadas a la adecuación de sus documentos de gestión institucionales como el TUPA, situación derivada de la declaratoria de Emergencia Sanitaria dictada por la existencia del COVID – 19, así como por el Estado de Emergencia Nacional que dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19;

Que, respecto a la emergencia sanitaria declarada por Decreto Supremo N° 008-2020-SA se han venido ejecutando medidas de prevención y control para evitar la propagación del COVID – 19, la misma que ha sido prorrogada por los Decretos Supremos N° 020-2020-SA, N° 027-2020-SA, N° 031-2020-SA y N° 009-2021-SA, hasta el 02 de setiembre del presente año;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19 y establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de treinta y un (31) días calendario, quedando restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f) del mismo artículo de la Constitución Política del Perú; el mismo que fue prorrogado por los Decretos Supremos N° 201-2020-PCM, N° 008-2021-PCM, N° 036-2021-PCM, N° 058-2021-PCM, y N° 076-2021-PCM hasta el 31 de mayo de 2021, encontrándose diversas provincias dentro de los niveles de alerta muy alto y extremo;

Que, debido a este contexto se siguen presentando restricciones de índole administrativa para que un conjunto de entidades obligadas continúen desarrollando las acciones dirigidas a la adecuación al Nuevo Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y para la implementación del Sistema Único de Trámites (SUT) conforme ha sido evidenciado por las diversas solicitudes de ampliación de plazo remitidas a la Secretaría de Gestión Pública por parte de las municipalidades y universidades públicas;

Que, por estas razones resulta necesario aprobar una nueva medida excepcional que permita a las entidades antes detalladas contar con un plazo razonable para el cumplimiento de sus obligaciones vinculadas a la adecuación al SUT, debido a que se vienen generando dificultades en el proceso de implementación del Sistema Único de Trámites (SUT) dado que es necesario realizar actividades de coordinación continua entre las diferentes unidades de organización de las entidades y estas encuentran limitaciones para acceder a herramientas y condiciones para establecer el trabajo remoto;

Que, el otorgamiento de una prórroga de los plazos de implementación permitirá a las entidades cuyas obligaciones vinculadas a la adecuación al SUT vencieron el 31 de marzo del presente año convalidar las acciones de registro de información desarrolladas desde el 1 de abril, las cuales indefectiblemente deberán cumplirse hasta el 31 de diciembre del presente año y permitir a aquellas cuyo vencimiento debía producirse el 30 de junio, continuar de forma ordenada con ese proceso;

Que, en tal sentido, corresponde disponer la prórroga con eficacia anticipada al 1 de abril del año 2021 de los plazos que vencieron el 31 de marzo de 2021, en aplicación del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, siendo una medida más favorable para las entidades sujetas a los plazos para la implementación del Sistema Único de Trámites (SUT) y sin que implique lesión alguna a derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros;

Que, lo anterior conlleva modificar también el Cronograma para la adecuación al Nuevo Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) previsto en el artículo 3 de la Resolución de Secretaría de Gestión Publica N° 002-2019-PCM-SGP, modificada por la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 004-2020-PCM-SGP, disponiendo que las municipalidades Tipo A, B, C y D, así como las Universidades Públicas cuenten hasta el 31 de diciembre del año 2021 para el cumplimiento de esa obligación, medida concordante con las disposiciones de aislamiento social establecidas por el Poder Ejecutivo con la declaratoria del Estado de Emergencia Nacional, y en respuesta a sus posibles interferencias en el cumplimiento del cronograma de implementación los procesos mencionados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido por el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, el inciso 8) del numeral 1 del artículo 37 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Decreto Legislativo Nº 1203, Decreto Legislativo que crea el SUT para la simplificación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2018-PCM, y el inciso n) del artículo 42 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2017-PCM, que establece como función de la Secretaría de Gestión Pública la expedición de resoluciones en materias de su competencia;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Prórroga de los plazos para la adecuación al nuevo formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA

Prorróguese con eficacia anticipada al 1 de abril del año 2021 por nueve (9) meses el plazo con el que cuentan las Municipalidades tipo A, B, C y por seis (6) meses el plazo con el que cuentan las Municipalidades tipo D y Universidades Públicas, que se encuentran previstas en el artículo 3 de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2019-PCM-SGP, modificada por la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 004-2020-PCM-SGP, para la adecuación al nuevo formato del TUPA. El plazo antes referido incluye a sus Organismos Públicos y Empresas.

Artículo 2.- Modificación del cronograma para la adecuación al nuevo formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA

Modifíquese el Cronograma para la Adecuación al nuevo formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA previsto en el artículo 3 de la Resolución de Secretaría de Gestión Publica N° 002-2019-PCM-SGP, modificada por la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 004-2020-PCM-SGP, según el siguiente detalle:

“Artículo 3.- Aprobación del cronograma para la adecuación al nuevo formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA.

(…)

Clasificación

Plazo máximo de adecuación

(…)

(…)

(…)

(…)

Gobiernos Regionales y sus Organismos Públicos.

30 de junio de 2021

Municipalidades tipo A, B, C y D, conforme a la clasificación efectuada por el artículo 5 del Decreto Supremo 296-2018-EF, o la norma que lo sustituya o reemplace; incluyendo a sus Organismos Públicos y Empresas Municipales.

31 de diciembre de 2021

Universidades Públicas

31 de diciembre de 2021

(…)

(…)

Artículo 3.- Plazos máximos para la implementación y uso progresivo del SUT

En concordancia con la Única Disposición Complementaria Modificatoria de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2019-PCM-SGP, los plazos máximos para la implementación y uso progresivo del SUT son los establecidos en el cronograma modificado en el artículo 2 de la presente norma.

Artículo 4.- Publicación

Publíquese la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. Asimismo dispóngase su publicación en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) y de la Secretaría de Gestión Pública (sgp.pcm.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente norma.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SARA AROBES ESCOBAR

Secretaria de Gestión Pública

1956298-3