Aprueban el Dictamen N° 002-2019-GOREMAD-CR/CAMAAYCCNN-P, sobre “Propuesta de conformación de la Mesa Multisectorial de Articulación e Intervención en Comunidades Nativas y sus ámbitos de influencia con enfoque intercultural en el departamento de Madre de Dios”

(Se publica la presente Ordenanza a solicitud del Gobierno Regional de Madre de Dios, mediante Oficio N° 403-2021-GOREMAD/GR, recibido el 25 de mayo de 2021)

ORDENANZA REGIONAL

Nº 002-2019-RMDD/CR

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día viernes 01 de marzo del 2019, aprobó la siguiente Ordenanza Regional.

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales.

Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.

Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”.

Que, el Estado, es un ente promotor del bienestar y desarrollo de los pueblos bajo su jurisdicción, que a su vez asume la tarea de reducir y en lo posible, eliminar las situaciones de pobreza, desigualdad y otras formas de injusticia o abandono; que para cumplir su misión debe intervenir en la dinámica de los actores sociales, entre los cuales se sitúan las organizaciones ancestrales y dotadas de autonomía, como son las comunidades nativas y campesinas, para coadyuvar a su desarrollo y mejorar sus condiciones de vida.

Que, dicha intervención, no debe interferir negativamente en su proceso natural de desenvolvimiento cultural e histórico, y por el contrario, debe sumarlo al esfuerzo institucional de dotar de recursos y oportunidades para resolver los problemas que viene arrastrando desde antaño o los que haya adquirido en la interacción con los demás actores sociales y su incidencia política, económica y también cultural. El Estado peruano reconoce la existencia legal de las comunidades campesinas y nativas así como su autonomía tanto de su organización, como del trabajo comunal y del uso de las tierras.

Que, las comunidades nativas, forman parte del país, y en el contexto de una economía globalizada, también sufren el impacto de los acontecimientos de diversa índole, incluidos los eventos que afectan su vida económica y por consiguiente, requieren la asistencia de los programas sociales que se han instituido para mitigar las diferencias preexistentes y encauzarlos en un proyecto común de desarrollo integral mediante políticas públicas de inclusión social.

Que, son perspectivas de desarrollo social que pretende asumir el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con incorporación de los pueblos indígenas, el “aumento de la asignación de recursos en inversión y gasto social, según prioridades y asegurando su uso eficiente y sostenible”, “complementar iniciativas orientadas a favorecer la productividad y empleabilidad de la población en situación de pobreza, con enfoque de desarrollo territorial y una cultura de vida” y la “incorporación progresiva de todos los programas sociales al proceso de gestión por resultados”.

Que, la Región Madre de Dios, presenta en su dimensión territorial una diversidad cultural y étnica de pueblos aborígenes como los:

- Ese Eja, de la familia lingüística Tacana, que habitan en la parte baja del río Madre de Dios, Tambopata, Sonene y Beni, frontera con el país de Bolivia.

- Harakbut , que consta de 07 grupos: Arakbut, Arasaeri, Pukirieri, Sapiteri, Toyoeri, Huachipeti y Kisamberi, que habitan en las cuencas de los ríos Colorado, Alto Madre de Dios, Pukiri e Inambari.

- Matsiguenga, de la familia lingüística Arawak, ubicados en el extremo oeste del Departamento, Parque Nacional del Manu.

Asimismo, contamos con pueblos procedentes de otras regiones de la Amazonía asentadas en territorio Madrediosense, como los:

- Yine, de la familia lingüística Arawak , que habitan en la cuenca del río Las Piedras en el río Alto Madre de Dios.

- Amahuaca, familia lingüística Pano, ubicada en la cuenca de Las Piedras.

- Shipibos, que habitan la provincia de Tambopata, en el río Madre de Dios, y

- Kichwa Runa, que habitan en la cuenca del río Madre de Dios.

Que, la intervención del Estado, a favor de las Comunidades Nativas asentadas territorialmente en Madre de Dios, compromete a todos los sectores de la administración pública, es decir, corresponde a una acción, compromiso y responsabilidad multisectorial, que no obstante sus diferencias de orden funcional, deben articularse en torno a la estructura diseñada por la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Madre de Dios, para la constitución y funcionamiento de la Mesa Regional Multisectorial como espacio de trabajo interinstitucional y coordinado para promover el desarrollo integral de las Comunidades Nativas y sus ámbitos de influencia con enfoque intercultural, compatible con lo previsto por el artículo 20 del Reglamento del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2016-MIDIS, referido a la instancia regional de promoción del desarrollo e inclusión social.

Que, con fecha 27-NOV-2018, se desarrolló la Reunión para la conformación de la MESA REGIONAL MULTISECTORIAL DE ARTICULACIÓN E INTERVENCIÓN EN COMUNIDADES NATIVAS Y SUS ÁMBITOS DE INFLUENCIA, CON ENFOQUE INTERCULTURAL EN EL DEPARTAMENTO DE MADRE DE DIOS, en la cual se adoptaron los acuerdos de: Primero.- Formalizar la creación de la referida Mesa Regional Multisectorial, considerando como objetivo general: “promover el desarrollo integral de las Comunidades Nativas y sus ámbitos de influencia, a través de acciones multisectoriales articuladas con enfoque intercultural en el Departamento de Madre de Dios”; Segundo.- La Presidencia será asumida por la Gerencia Regional de Desarrollo Social del GOREMAD y la Secretaría Técnica a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) Madre de Dios.

Que, merece tener en consideración, el Informe Legal Nº 1049-2018-GOREMAD/ORAJ, emitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Madre de Dios, en cuanto opina por la procedencia de la conformación de la MESA REGIONAL MULTISECTORIAL DE ARTICULACIÓN E INTERVENCIÓN EN COMUNIDADES NATIVAS Y SUS ÁMBITOS DE INFLUENCIA, CON ENFOQUE INTERCULTURAL EN EL DEPARTAMENTO DE MADRE DE DIOS, y su recomendación de remitirse lo actuado al Consejo Regional de Madre de Dios, para que proceda conforme a sus atribuciones.

Que, la Comisión Agraria, Medio Ambiente, Amazonía y Comunidades Nativas del Consejo Regional de Madre de Dios, a través del Dictamen Nº 002-2019-GOREMAD/CAMAAYCN-P, concluye que la propuesta de conformación de la MESA REGIONAL MULTISECTORIAL DE ARTICULACIÓN E INTERVENCIÓN EN COMUNIDADES NATIVAS Y SUS ÁMBITOS DE INFLUENCIA, CON ENFOQUE INTERCULTURAL EN EL DEPARTAMENTO DE MADRE DE DIOS, diseñada por la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Madre de Dios, tiene sustento técnico y legal, expresado en el Informe Nº 106-2018-GOREMAD-GRDS-SGPCYCC.NN, de la Sub Gerencia de Participación Ciudadana y Comunidades Nativas y el Informe Legal Nº 1049-2018-GOREMAD/ORAJ, de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Madre de Dios, respectivamente; y un soporte legislativo vigente en materia de promoción del desarrollo e inclusión social, como políticas de Estado, de compromiso y acción multidisciplinaria interinstitucional e integral compatible con la evolución institucional de los derechos humanos y de los pueblos indígenas; por lo que recomienda su aprobación por el Pleno del Consejo Regional de Madre de Dios, mediante una Ordenanza Regional.

El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto aprobatorio, por unanimidad.

HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

Artículo Primero: APROBAR, el Dictamen Nº 002-2019-GOREMAD-CR/CAMAAYCCNN-P, sobre “PROPUESTA DE CONFORMACIÓN DE LA MESA MULTISECTORIAL DE ARTICULACIÓN E INTERVENCIÓN EN COMUNIDADES NATIVAS Y SUS ÁMBITOS DE INFLUENCIA CON ENFOQUE INTERCULTURAL EN EL DEPARTAMENTO DE MADRE DE DIOS”; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa.

Artículo Segundo: CONFORMAR, la MESA MULTISECTORIAL DE ARTICULACION E INTERVENCIÓN EN COMUNIDADES NATIVAS Y SUS ÁMBITOS DE INFLUENCIA CON ENFOQUE INTERCULTURAL EN EL DEPARTAMENTO DE MADRE DE DIOS”, de la siguiente manera:

1. PRESIDENCIA:

Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Madre de Dios.

2. SECRETARIA TÉCNICA:

Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social MIDIS – Coordinador Regional (de Enlace) de Madre de Dios.

3. MIEMBROS:

- Gobiernos Provinciales.

- Gobiernos Distritales.

- Gerencia Sub Regional del Manu

- Gerencia Sub Regional del Tahuamanu.

- Dirección Regional de salud

- Dirección Regional de Educación

- Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento

- Dirección Regional de la producción

- Dirección Regional de Agricultura – DSFLPR - UCCNN

- Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo.

- Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo.

- Sub Gerencia de Participación Ciudadana y Comunidades Nativas.

- Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas – SERNANP

- Programas Sociales

- Dirección Desconcentrada de Cultura.

- Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC – MDD

- Defensoría del Pueblo.

- Seguro Integral de Salud.

- Federación Nativa del Rio Madre de Dios y Afluentes (FENAMAD)

- Sociedad Zoológica de Frankfort

- Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza

- Caritas – MDD

- Centro de Innovación Científica Amazónica (CIENCIA)

Artículo Tercero: DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional, del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente.

Artículo Cuarto: ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios.

Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación.

En la ciudad de Puerto Maldonado, al primer día del mes de marzo del año dos mil diecisiete.

PEDRO WANGER CARI RODRÍGUEZ

Consejero Delegado

Consejo Regional

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los cuatro días del mes de marzo del año dos mil diecinueve.

LUIS GUILLERMO HIDALGO OKIMURA

Gobernador Regional

1956253-1