Aprueban el Protocolo de Gestión de Claves Maestras y Módulos SAM Maestros
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 008-2021-ATU/DIR
Lima, 24 de mayo de 2021
VISTOS:
El Informe N°000076-2021-ATU/DIR-SIGT de la Subdirección de Integración y Gestión Tecnológica; y el Informe N° 000097-2021-ATU/DIR-SR de la Subdirección de Regulación,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 3 de su Ley de Creación, la ATU tiene como objetivo organizar, implementar y gestionar el Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao, en el marco de las normas de alcance general y los lineamientos de la política que apruebe el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y los que resulten aplicables;
Que, asimismo, de acuerdo con el literal i) del artículo 4, de la Ley de creación de la ATU, el Sistema de Recaudo Único es la Unidad de gestión que se encarga de la venta, recarga, distribución y validación de los medios de acceso al Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao, así como de la custodia y administración de los ingresos respectivos. Es la responsable de su equipamiento, de la interconexión de la flota con el Sistema y de la información al usuario sobre su funcionamiento, entre otros;
Que, mediante Resolución Directoral N° 01-2020-ATU/DIR se aprobó el Estándar de Interoperabilidad Tecnológica para el Sistema de Recaudo Único de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao contenido en el Anexo N°1 de dicha disposición;
Que, siendo así, en el numeral 5.1 del citado Anexo N°1 se estableció que la ATU es la entidad responsable de la seguridad en la recepción y envío de información referente a las transacciones entre los distintos operadores de recaudo. Así mismo se establece que la ATU es propietaria de las Claves Maestras y de los Módulos SAM Maestros que posibilitan la seguridad informática del Sistema de Recaudo Único. Ello en concordancia con el modelo de negocios establecido por la Norma ISO N°24014:1-2015, el estándar internacional para la gestión interoperable de los sistemas de transporte;
Que, a través del Memorando N°1212-2020-ATU/DI, la Dirección de Infraestructura de la ATU, solicitó que la Dirección de Integración de Transporte Urbano y Recaudo de la ATU prevea las condiciones necesarias para la inicialización de los módulos SAM Maestros y las Tarjetas Interoperables de Transporte, incluyendo la generación de Claves Maestras, solicitados por el Consorcio Concesionario de Línea 2;
Que, mediante Informe N° 000076-2021-ATU/DIR-SIGT de la Subdirección de Integración y Gestión Tecnológica de la Dirección de Integración de Transporte Urbano y Recaudo y el Informe N°000097-2021-ATU/DIR-SR de la Subdirección de Regulación de la Dirección de Integración de Transporte Urbano y Recaudo, respectivamente, consideran que resulta necesaria la emisión del proyecto normativo que defina el Protocolo de Gestión de Claves Maestras y Módulos SAM Maestros, en concordancia con la Resolución Directoral N° 01-2020-ATU/DIR, con el objetivo de establecer procedimientos para proteger las claves que custodian las transacciones intermodales de venta y recarga entre los diferentes operadores de recaudo evitando el fraude electrónico;
Que, teniendo en consideración la normativa y los documentos antes citados, corresponde emitir el acto resolutivo a través del cual se dispone la aprobación del documento referido;
Que, los literales d) y f) del artículo 41 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU, aprobada por Decreto Supremo Nº 003-2019-MTC, señalan que constituyen funciones de la Dirección de Integración de Transporte Urbano y Recaudo, proponer normas para la integración física, tecnológica, operacional, tarifaria y de medios de pago de los distintos modos que conforman el Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao; y aprobar las normas con las especificaciones técnicas de operatividad y funcionamiento del Sistema de Recaudo Único;
De conformidad con la Ley Nº 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao–ATU y sus modificatorias; el Reglamento de la Ley Nº 30900, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2019-MTC; y la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 003-2019-MTC.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar el Protocolo de Gestión de Claves Maestras y Módulos SAM Maestros, conforme a lo establecido en documento adjunto, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y de su documento adjunto en el portal web institucional de la ATU (www.atu.gob.pe)
Regístrese, comuníquese y publíquese.
IVAN YONI VILLEGAS FLORES
Director de la Dirección de Integración de
Transporte Urbano y Recaudo
1956124-1