Aprueban el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo de la Municipalidad Metropolitana de Lima

ORDENANZA N° 2349-2021

Lima, 20 de mayo de 2021

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;

Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del Artículo 9, así como el Artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Participación Vecinal, Mujer e Igualdad y de Asuntos Legales, mediante sus Dictámenes Nº 003-2021-MML/CMPVMI y Nº 037-2021-MML-CMAL, de fechas 30 de marzo y 15 de abril de 2021, respectivamente, el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

TITULO I

ASPECTOS GENERALES

CAPÍTULO I

DEL OBJETO, FINALIDAD,

ALCANCE Y BASE LEGAL

Artículo 1. Objeto del Reglamento

La presente Ordenanza tiene por objeto regular las acciones y/o procedimientos para el desarrollo del Presupuesto Participativo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de acuerdo al Plan de Desarrollo Concertado y otras disposiciones complementarias de planificación.

Artículo 2. Finalidad

Establecer los lineamientos generales para la activa y oportuna participación de la Sociedad Civil debidamente representada y la Municipalidad Metropolitana de Lima, para mejorar la eficiencia en la asignación, ejecución y fiscalización de los recursos públicos a través del proceso de Presupuesto Participativo.

Artículo 3. Alcance

El alcance del presente Reglamento está enmarcado en el régimen especial de la Municipalidad Metropolitana de Lima, conforme a la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la Ley Orgánica de Municipalidades. Siendo de cumplimiento obligatorio de todos los actores de la sociedad civil de la Provincia de Lima que participen en el proceso del Presupuesto Participativo, para efectos de la formulación concertada del presupuesto de inversiones.

Artículo 4. Base Legal

- Constitución Política del Perú.

- Ley N° 27337, Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes.

- Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización.

- Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias.

- Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

- Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y modificatorias.

- Ley N° 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos.

- Decreto Supremo Nº 242-2018-EF, Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

- Decreto Legislativo N° 1276, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal del Sector Público No Financiero.

- Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público.

- Decreto Supremo N° 097-2009-EF, Decreto Supremo que precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el presupuesto participativo y modificatorias.

- Decreto Supremo N° 142-2009-EF, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28056 Ley Marco Presupuesto Participativo y modificatorias.

- Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, Aprueba el Instructivo N° 001-2010EF/76.01–Instructivo para el Presupuesto Participativo basado en resultados.

- Resolución Directoral N° 001-2019-RF-63.01, Aprueba la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y modificatorias.

CAPÍTULO II

DEFINICIONES Y PRINCIPIOS PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

Artículo 5. Definiciones

Para efectos de la presente Ordenanza se consideran las siguientes definiciones:

a. Agentes Participantes: Son los representantes de las organizaciones que participan con voz y voto, en la discusión y toma de decisiones sobre la priorización de problemas y de proyectos de inversión durante las fases del proceso del Presupuesto Participativo.

b. Asamblea Metropolitana de Lima: Es el órgano consultivo de coordinación y de concertación, el cual está conformado por las máximas autoridades de Municipalidad Metropolitana de Lima y de las 42 municipalidades distritales, así como por 29 representantes de la Sociedad Civil.

c. Consejo de Desarrollo Local del Cercado de Lima–CODEL: Es un mecanismo de participación, coordinación y concertación de la Municipalidad Metropolitana de Lima con los seis (06) representantes vecinales de los ciudadanos, correspondiente a cada zona del Cercado de Lima.

d. Comité de Vigilancia: El Comité de Vigilancia es una instancia conformada exclusivamente por agentes participantes de la sociedad civil, encargado de realizar las acciones de vigilancia ciudadana del Proceso de Presupuesto Participativo, monitoreando que los acuerdos y compromisos asumidos se cumplan.

e. Equipo Técnico: Es un conjunto de profesionales y personal técnico (funcionarios de la Municipalidad Metropolitana de Lima y representantes de la Sociedad Civil), que tiene la responsabilidad de apoyar la conducción y monitoreo del Proceso de Presupuesto Participativo, brindando soporte técnico y apoyo en la organización y desarrollo de todas las fases de este proceso, facilitando información para el desarrollo de talleres y realizando el trabajo de evaluación técnica de los proyectos presentados, así como el seguimiento posterior al proceso de desarrollo de las inversiones priorizadas.

f. Plan de Desarrollo Concertado: Es el instrumento de planificación que contiene los acuerdos sobre la visión de desarrollo y objetivos estratégicos de la comunidad en concordancia con los planes sectoriales y nacionales. Sirve de instrumento orientador para identificar, analizar y priorizar los problemas y soluciones a través de proyectos de inversión.

g. Presupuesto participativo: Es un proceso que fortalece las relaciones Estado-Sociedad, mediante el cual se definen las prioridades sobre las acciones o las inversiones a implementar, con la participación de la sociedad organizada, generando compromisos del conjunto de agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos. Para su desarrollo la Municipalidad Metropolitana de Lima hace uso de tecnologías de la información pertinentes.

h. Registro Único de Organizaciones Sociales–RUOS: Es un registro a cargo de las municipalidades distritales y de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del cual se describen los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de las organizaciones sociales y sus representantes, así como los actos que se realicen con posterioridad a su inscripción.

i. Unidades territoriales: Las unidades territoriales de Lima Metropolitana, son ámbitos territoriales conurbanos, integrados por dos o más distritos en base a criterios de homogeneidad territorial, con fines de planificación y gestión desconcentrada de Lima Metropolitana. Para efectos del proceso de formulación del presupuesto participativo; se identifican las siguientes unidades territoriales de Lima Metropolitana:

i. Lima Norte: Ancón, Comas, Carabayllo, Independencia, Los Olivos, Santa Rosa, Puente Piedra, San Martín de Porres.

ii. Lima Sur: Chorrillos, Lurín, Pachacamac, San Juan de Miraflores, Villa El Salvador, Villa María del Triunfo.

iii. Lima Este: Ate, Chaclacayo, Cieneguilla, El Agustino, La Molina, Lurigancho–Chosica, San Juan de Lurigancho, Santa Anita, San Luis.

iv. Lima Centro: Barranco, Breña, La Victoria, Lince, Jesús María, Magdalena del Mar, Miraflores, Pueblo Libre, Rímac, San Borja, San Isidro, Surquillo, San Miguel, Santiago de Surco.

v. Balnearios del Sur: Pucusana, Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María.

j. Zonas del Cercado: Son las áreas urbanas del Cercado de Lima, conformadas por seis (6) Zonas y veinte (20) Sectores Catastrales completos, cuya delimitación está definida por avenidas y calles de fácil identificación.

Artículo 6. Principios del Proceso del Presupuesto Participativo

La Municipalidad Metropolitana de Lima desarrolla el Proceso del Presupuesto Participativo bajo los siguientes principios rectores:

a. Anticorrupción.- Los servidores públicos y miembros de la sociedad civil, que participen en el desarrollo, ejecución y fiscalización del presupuesto participativo, deberán actuar respetando y cumpliendo la normatividad nacional.

b. Competencia.- La Municipalidad Metropolitana de Lima en mérito a su régimen especial tiene competencia de carácter distrital (Cercado de Lima) provincial y regional.

c. Competitividad.- La Municipalidad Metropolitana de Lima a través del Proceso de Presupuesto Participativo promueve la libre competencia, en un entorno de innovación, de calidad, de alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado.

d. Concertación y participación ciudadana.- La Municipalidad Metropolitana de Lima promueve una gestión que se basa en acuerdos interinstitucionales, intersectoriales e intergubernamentales, promoviendo la participación de la ciudadanía en la programación de su presupuesto a través del Proceso de Presupuesto Participativo.

e. Eficacia y eficiencia.- La Municipalidad Metropolitana de Lima basa el desarrollo de las estrategias para la consecución de los objetivos trazados con una óptima utilización de los recursos. Para ello establece la medición de los logros basado en indicadores que evidencien el logro de las metas.

f. Igualdad y equidad.- La Municipalidad Metropolitana de Lima promueve la intervención en el proceso de presupuesto participativo otorgando las mismas oportunidades a todas las organizaciones, sin discriminaciones de carácter político, ideológico, religioso, racial, de género, generacional, cultural o de otra naturaleza.

g. Interés superior del niño y del adolescente.- La Municipalidad Metropolitana de Lima como fuerte defensor de los derechos de los niños y adolescentes, garantiza el acceso al proceso de Presupuesto Participativo a asociaciones u organizaciones conformadas por estos.

h. Respeto a los acuerdos.- La Municipalidad Metropolitana de Lima tiene el compromiso de cumplir los acuerdos o compromisos concertados.

i. Responsabilidad compartida.- La Municipalidad Metropolitana de Lima propicia una coordinación constante con los tres niveles de Gobierno (Nacional, Regional y Local) y la Sociedad civil, como principales actores del desarrollo del progreso de la Ciudad, identificando los derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades correspondientes.

j. Solidaridad.- La Municipalidad Metropolitana de Lima a través del proceso presupuesto participativo tiene la disposición para asumir los problemas de los vecinos como propios.

k. Subsidiariedad.–La Municipalidad Metropolitana de Lima lidera la coordinación con todos los niveles de gobierno estableciendo quién es el más idóneo para ejercer la competencia o función para una mejor prestación de los servicios a dicha comunidad, evitando duplicar las funciones.

l. Tolerancia.- La Municipalidad Metropolitana de Lima garantiza y promueve el reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas de quienes participan en estos procesos participativos, como un elemento esencial para la construcción de consensos.

m. Transparencia y rendición de cuentas.- La Municipalidad Metropolitana de Lima difunde la información relacionada al proceso de presupuesto participativo adecuadamente en su Portal de Transparencia, así como a través de otros medios de comunicación, con la finalidad de garantizar que la población tenga conocimiento de estos. Del mismo modo, se efectúa la rendición de cuentas periódicamente con respecto a los avances y resultados de este proceso.

CAPÍTULO III

PROCESOS Y FINANCIAMIENTO

Artículo 7. Proceso de Presupuesto Participativo

El proceso de presupuesto participativo, para cuyo desarrollo, La Municipalidad Metropolitana de Lima pone a disposición mecanismos presenciales o virtuales, tiene las siguientes características:

7.1. Fases: Se desarrolla siguiendo cuatro fases, siendo estas:

a. Preparación: comprende las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identificación y capacitación de agentes participantes.

b. Concertación: comprende actividades de identificación y evaluación técnica de proyectos, así como de concertación para la priorización y la formulación de acuerdos y compromisos entre agentes participantes.

c. Coordinación entre niveles de gobierno: implica las acciones de articulación y consistencia de proyectos entre los distintos niveles de gobierno, aplicando el principio de subsidiariedad.

d. Formalización: que considera las actividades para la inclusión de las inversiones priorizadas concertadas en el respectivo presupuesto institucional y la rendición de cuentas sobre la ejecución.

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Los plazos de las fases se enmarcan a lo dispuesto en el “Cuadro de plazos de hitos de la programación multianual presupuestaria y formulación presupuestaria del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Locales”, aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas.

7.2. Procesos: Se subdivide en ámbitos, los cuales corresponden a un criterio territorial y a temáticas específicas, siendo estos:

a. Proceso de presupuesto participativo en el ámbito de Lima Metropolitana.

b. Proceso de presupuesto participativo en el ámbito del Cercado de Lima.

c. Proceso de presupuesto participativo especial.

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Artículo 8. Ámbitos del Proceso de Presupuesto Participativo

La Municipalidad Metropolitana de Lima propicia la participación de organizaciones de acuerdo a sus necesidades territoriales, temáticas o por actores (niños, adolescentes, jóvenes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad, etc.), es así que el proceso de presupuesto participativo se subdivide en tres ámbitos siendo los siguientes:

8.1. El proceso de presupuesto participativo en el ámbito de Lima Metropolitana, comprende las iniciativas de inversión que pertenecen al área de los 42 Municipios Distritales ubicados en las cinco (5) unidades territoriales de Lima: Norte, Sur, Este, Centro y Balnearios del Sur. Dichos Municipios también están agrupados en siete (07) mancomunidades de Lima Metropolitana: Mancomunidad Municipal de Lima Norte, Mancomunidad Municipal Lima Este-Carretera Central, Mancomunidad Lima Este – AMAESTE, la Asociación de Municipalidades de Lima Sur de Lima – AMASUR, la Mancomunidad de los distritos del Litoral Sur de Lima, la Mancomunidad de Lima Centro y la Mancomunidad Municipal Lima – Rímac. (Y otras Mancomunidades que se creen).

8.2. El proceso de presupuesto participativo en el ámbito del Cercado de Lima, comprende las iniciativas de inversión que pertenecen a las seis (6) zonas catastrales completas delimitados por vías, como sigue:

a. Zona 1: Formada por los sectores catastrales completos 4 y 5, con los límites viales siguientes:

Puente Ricardo Palma, Río Rímac (margen izquierda).

Av. Abancay cuadra 1 hasta la cuadra 8.

Av. Nicolás de Piérola cuadra 13 bajando hasta la cuadra 9. Incluye Plaza San Martín.

Jr. De la Unión cuadra 10.

Av. Uruguay cuadra 1 hasta la cuadra 5.

Av. Alfonso Ugarte cuadra 11 bajando hasta la cuadra 1.

Puente del Ejército, Río Rímac (margen izquierda).

b. Zona 2: Formada por los sectores catastrales completos 15 y 20, con los límites viales siguientes:

Av. Abancay cuadra 9 hasta la cuadra 11.

Av. Almirante Miguel Grau cuadra 3 bajando hasta la cuadra 1. Incluye Plaza Grau.

Av. Paseo de la República cuadra 3 hasta la cuadra 14.

Jr. Manuel Ascencio Segura cuadra 7 bajando hasta la cuadra 1.

Av. Arenales cuadra 14 bajando hasta la cuadra 3.

Av. República de Chile cuadra 2 hasta la cuadra 1.

Av. 28 de Julio cuadra 7 bajando hasta la cuadra 1.

Av. Brasil cuadra 5, bajando hasta la cuadra 1 incluyendo Plaza Bolognesi.

Av. Alfonso Ugarte cuadra 14 bajando hasta la cuadra 12.

Av. Uruguay cuadra 5 bajando hasta la cuadra 1.

Jr. De la Unión cuadra 10.

Av. Nicolás de Piérola cuadra 9 hasta la cuadra 13.

c. Zona 3: Formada por los sectores catastrales completos 11, 12, 13 y 14, con los límites viales siguientes:

Av. Tingo María cuadra 1 hasta la cuadra 9.

Av. República de Venezuela cuadra 18 hasta la cuadra 34 (frente a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos).

Límite con la Provincia Constitucional del Callao, distrito de Bellavista (Universidad Nacional Mayor de San Marcos).

Av. Colonial cuadra 34 bajando hasta la cuadra 9.

d. Zona 4: Formada por los sectores catastrales 6, 7 y 16, con los límites viales siguientes:

Río Rímac, (margen izquierda).

Jr. Plácido Jiménez (Cementerio El Ángel)

Av. El Ángel cuadra 1.

Jr. Ancash cuadra 17 bajando hasta la cuadra 16.

Jr. José de Rivera y Dávalos cuadra 1 hasta la cuadra 8.

Jr. Conchucos cuadras 9 y 10.

Jr. Junín cuadra 17 hasta la cuadra 22.

Jr. Almirante Miguel Grau cuadra 2 bajando hasta la cuadra 1.

Av. Paseo de la República cuadra 3 hasta la cuadra 14.

Av. 28 de Julio cuadra 31 bajando hasta la cuadra 25.

Jr. Huánuco cuadra 13 hasta la cuadra 11.

Av. Almirante Miguel Grau cuadra 12, bajando hasta la cuadra 4.

Av. Abancay cuadra 11 bajando hasta la cuadra 1.

e. Zona 5: Formado por sectores catastrales completos 17, 18 y 19, con los límites viales siguientes:

Av. Tingo María cuadra 10 hasta la cuadra 15 (Zona arqueológica Mateo Salado).

Av. Mariano H. Cornejo cuadra 13 hasta la cuadra 23, incluye Plaza de la Bandera.

Av. Universitaria Sur cuadra 17 bajando hasta la cuadra 12.

Av. República de Venezuela cuadra 33 bajando hasta la cuadra 18.

f. Zona 6: Formada por los sectores catastrales completos 1,2, 3, 8, 9, y 10, y límites viales siguientes:

Río Rímac, Puente del Ejército, (margen izquierda).

Av. Alfonso Ugarte cuadra 1 hasta la cuadra 8. Incluye Plaza Dos de Mayo y Plaza Ramón Castilla.

Jr. Zorritos cuadra 1 hasta la cuadra 10.

Av. Tingo María cuadra 1.

Av. Colonial cuadra 9 hasta la cuadra 31.

Límite con la Provincia Constitucional del Callao Carmen de la Legua Reynoso.

Jr. Túpac Amaru cuadra 2 bajando hasta la cuadra 1.

8.3. El proceso de presupuesto participativo especial, comprende las iniciativas de inversión de aquellas organizaciones de base territorial, base temática o por actores con necesidades particulares. Su categorización corresponderá al Equipo Técnico.

Artículo 9. Financiamiento del Presupuesto Participativo

La Municipalidad Metropolitana de Lima, de acuerdo a la normativa que regula la programación y formulación multianual presupuestaria, determina el monto a ser destinado para el financiamiento de las inversiones del Presupuesto Participativo, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria y financiera.

TITULO II

ACTORES EN EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

CAPÍTULO I

DEL AGENTE PARTICIPANTE

Artículo 10. Agentes Participantes en el Proceso del Presupuesto Participativo

De conformidad con el régimen especial de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la sociedad civil puede participar como Agentes Participantes según su ámbito de acuerdo a lo siguiente:

10.1. Agentes Participantes para el Proceso de presupuesto participativo en el ámbito de Lima Metropolitana:

Pueden inscribirse:

a. Los integrantes de la Asamblea Metropolitana de Lima.

b. Las organizaciones representativas de la Sociedad Civil con incidencia o intervención interdistrital, multidistrital, provincial o regional, que se encuentren registradas en el Libro de Registro Metropolitano de Organizaciones de la Sociedad Civil, según los requisitos establecidos.

c. Las mancomunidades de municipalidades distritales y/o cualquier otro tipo de organización o asociación interdistrital debidamente inscrita, cualquiera sea su forma jurídica como: organizaciones empresariales de micro, pequeña, mediana y gran empresa, asociaciones de comerciantes, organizaciones de transporte urbano, universidades, colegios profesionales, asociaciones culturales, deportivas, laborales, de mujeres, jóvenes, así como las instituciones públicas situadas en la ciudad de Lima.

10.2. Agentes Participantes para el Proceso de presupuesto participativo en el ámbito del Cercado de Lima:

Pueden inscribirse:

a. Los miembros del Consejo de Desarrollo Local del Cercado de Lima – CODEL.

b. Las juntas vecinales, asociaciones de vivienda, las diversas organizaciones sociales tales como: base de apoyo alimentario, base territorial o temáticas de niñas, niños y adolescentes, poblaciones vulnerables, comerciantes, artesanos, comités deportivos.

c. Otras formas de organizaciones sociales y/o cívicas en todos los casos previamente inscritas en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) del Cercado de Lima, que se encuentren en la jurisdicción.

10.3. Agentes Participantes para el Proceso de Presupuesto Participativo especial:

Por sus características especiales, los agentes participantes son definidos por el Equipo Técnico.

Artículo 11. Requisitos para la inscripción de Agentes Participantes en el Proceso del Presupuesto Participativo

Las Organizaciones pueden inscribirse al Proceso de Presupuesto Participativo, cumpliendo los siguientes requisitos:

11.1. Para el Proceso de Presupuesto Participativo en el ámbito de Lima Metropolitana:

Son requisitos:

a. Una Solicitud de Inscripción para participar en el Proceso de Presupuesto Participativo, la cual tiene carácter de declaración jurada. Dicha solicitud debe contener información básica que permita la identificación del agente participante titular y alterno de la organización que desea participar.

En caso de requerir presentar como agente participante a un menor de edad, este tiene que presentar una solicitud de inscripción y permiso firmado por su padre, madre o apoderado, la solicitud debe contener información básica que permita la identificación del menor de edad.

b. Indicar si se encuentra inscrita en el Libro de Registro Metropolitano de Organizaciones de Sociedad Civil, o en su defecto,

c. Presentar la siguiente información:

Vigencia de poder del representante legal.

Ficha de inscripción en los Registros Públicos u otros registros1 expedidos con una antigüedad no mayor a 90 días calendario de inicio del proceso.

Documentos que acrediten que la organización cuenta con al menos tres (3) años de actividad institucional y presencia efectiva en la Ciudad de Lima, tales como actas de reuniones, memoriales o publicaciones.

11.2. Proceso de Presupuesto Participativo del Cercado de Lima:

Son requisitos:

a. Una Solicitud de Inscripción para participar en el Proceso de Presupuesto Participativo, la cual tiene carácter de declaración jurada. Dicha solicitud debe contener información básica que permita la identificación del agente participante titular y alterno de la organización que desea participar.

En caso de requerir presentar como agente participante a un menor de edad, este tiene que presentar una solicitud de inscripción y permiso firmado por su padre, madre o apoderado, la solicitud debe contener información básica que permita la identificación del menor de edad.

b. Indicar que es miembro del Consejo de Desarrollo Local del Cercado de Lima – CODEL; o en su defecto,

c. Indicar si es que está inscrita en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) del Cercado de Lima, ubicadas al interior de su circunscripción.

11.3. Para el caso del Proceso de presupuesto participativo especial:

Los requisitos de los procesos de presupuesto participativo que se definan como especiales, serán evaluados y definidos por el Equipo Técnico.

Artículo 12. Rol del Agente Participante

Los agentes participantes tienen el siguiente rol:

a. Participar en la discusión, definición, priorización y toma de decisiones respecto de los resultados a ser priorizados en el proceso, así como de los proyectos a ser considerados para contribuir al logro de dichos resultados.

b. Suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso.

c. Participar en las capacitaciones programadas por el equipo técnico.

d. Otros que demande el proceso.

Artículo 13. Obligaciones del Agente Participante

Los agentes participantes tienen las siguientes obligaciones:

a. Asistir a los talleres de trabajo y actividades programadas en el proceso de Presupuesto Participativo.

b. Conducirse con respeto ante los demás agentes participantes, de presentarse una agresión física o verbal, el Equipo Técnico puede retirar e incluso inhabilitar al agente participante para participar en todo el proceso.

CAPÍTULO II

DEL EQUIPO TÉCNICO

Artículo 14. Composición del Equipo Técnico del Presupuesto Participativo

El Equipo Técnico para los Procesos del Presupuesto Participativo en el ámbito de Lima Metropolitana y en el Ámbito del Cercado de Lima, está conformado por:

a. El Gerente de Planificación.

b. El Gerente de Finanzas.

c. El Gerente de Participación Vecinal.

d. El Gerente de Desarrollo Social.

e. El Gerente de la Mujer e Igualdad.

f. El Subgerente de Planeamiento Corporativo.

g. El Subgerente de Programación Multianual de Inversiones.

h. El Director Ejecutivo del Instituto Metropolitano de Planificación.

i. El Subgerente Regional de Planeamiento y Presupuesto del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana.

j. El Subgerente Regional de Infraestructura del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana.

k. Un representante designado por la Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza de Lima Metropolitana.

l. Tres profesionales o técnicos de la sociedad civil elegidos por la Asamblea de Delegados Electores de la Asamblea Metropolitana de Lima con experiencia en temas de planificación, formulación de proyectos y/o presupuesto participativo, así como de enfoques transversales. Dichos profesionales, no podrán participar como agentes participantes de las organizaciones a las que pertenecen.

El Equipo Técnico podrá invitar a sus reuniones de trabajo a especialistas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, entidades públicas o sociedad civil, expertos en el tema específico de las inversiones.

En el caso de procesos de presupuesto participativo especiales, por las características específicas de las inversiones, el Equipo Técnico designará un equipo técnico especializado, el que le rendirá cuenta. Dichos Equipos Técnicos especiales, cuentan con un Coordinador que supervisa su organización y conducción, además con al menos dos representantes de la sociedad civil con el perfil profesional y técnico adecuado.

Artículo 15. Rol del Equipo Técnico

El rol del Equipo Técnico, es:

a. Convocar a reuniones del Presupuesto Participativo.

b. Organizar las actividades del proceso participativo, haciéndolas de conocimiento público.

c. Informar a los agentes participantes el porcentaje del presupuesto institucional que corresponderá al Presupuesto Participativo.

d. Desarrollar las acciones y coordinaciones necesarias para el cumplimiento de los acuerdos adoptados en el proceso.

e. Informar a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos el año anterior.

f. Facilitar información para el desarrollo de los talleres de trabajo.

g. Realizar la evaluación técnica y financiera de los proyectos propuestos.

h. Preparar y presentar la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y financiera.

i. Organizar las capacitaciones a los agentes participantes y a los miembros del comité de vigilancia.

j. Establecer y liderar mecanismos de verificación de la información presentada por los agentes participantes.

Artículo 16. Rol del Presidente, Secretario Técnico y Coordinador del Equipo Técnico

16.1. Presidente del Equipo Técnico

a. Responsable: La responsabilidad recae en el Gerente de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

b. Rol específico:

Convocar, presidir las sesiones y dirigir las votaciones del Equipo Técnico.

Suscribir el despacho en representación del Equipo Técnico.

Mantener capacitado a los miembros del Equipo Técnico en las temáticas relacionadas al presupuesto participativo.

16.2. Secretario Técnico

a. Responsable: La responsabilidad recae en el Subgerente Regional de Planeamiento y Presupuesto del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana.

b. Rol específico:

Coordinar la agenda y horarios de las reuniones con el presidente del equipo.

Llevar el control de la asistencia a las reuniones de los integrantes del Equipo Técnico.

Llevar registro del desarrollo de las reuniones de trabajo y emitir las actas correspondientes.

Gestionar la documentación del Equipo Técnico, tanto en forma física como virtual.

Hacer seguimiento al cumplimiento de los acuerdos registrados en las actas del equipo técnico.

16.3. Coordinador

a. Responsable:

En el caso del Proceso de Presupuesto Participativo en el ámbito de Lima Metropolitana, la responsabilidad recae en el Subgerente Regional de Planeamiento y Presupuesto del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana.

En el caso del Proceso de Presupuesto Participativo en el ámbito del Cercado de Lima, la responsabilidad recae en el Gerente de Participación Vecinal.

b. Rol específico:

Organizar y ejecutar las actividades que el Equipo de Trabajo programa en el marco del proceso a su cargo.

CAPÍTULO III

MECANISMOS DE VIGILANCIA

DEL PROCESO

Artículo 17. Requisitos para ser miembro del Comité de Vigilancia

Con el fin de realizar acciones de vigilancia al proceso de presupuesto participativo, se conforma un Comité de Vigilancia. Para ser miembro del Comité de Vigilancia se requiere:

Ser Agente Participante (titular o alterno).

Presentar una declaración jurada de no haber sido condenado por delitos o faltas.

Artículo 18. Conformación del Comité de Vigilancia

18.1. Para el Proceso de presupuesto participativo en el ámbito de Lima Metropolitana, el Comité de Vigilancia se encuentra conformado por diez (10) agentes participantes que representan a la Sociedad Civil, siendo un (1) titular y un (1) alterno por cada una de las unidades territoriales de Lima Metropolitana: Centro, Este, Norte, Sur y Balnearios del Sur.

18.2. Para el Proceso de presupuesto participativo del Cercado de Lima, el Comité de Vigilancia está conformado por doce (12) agentes participantes, dos (2) representantes por cada una de las 6 Zonas, un (1) titular y un (1) alterno.

La conformación del Comité de Vigilancia debe promover la participación de representantes de la sociedad civil cumpliendo con los principios de igualdad de oportunidades y equidad.

18.3. Para el Proceso de presupuesto participativo especial, el Equipo Técnico definirá su conformación.

Artículo 19. Elección, vigencia y ámbito del Comité de Vigilancia

El Comité de Vigilancia es elegido por votación por los Agentes Participantes y tiene una vigencia de un año, iniciado a partir de 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año fiscal siguiente a su elección.

Su elección debe ser reconocida formalmente por el Concejo Metropolitano.

Su ámbito de vigilancia comprende las inversiones presentadas dentro de su periodo de funcionamiento y aquellas inversiones de procesos de presupuesto participativo pasados que se encuentran en ejecución.

Artículo 20. Rol del Comité de Vigilancia

El rol del Comité de Vigilancia, es el siguiente:

a. Vigilar los cumplimientos enmarcados en el proceso del presupuesto participativo, tales como el cumplimiento de los acuerdos, de los cronogramas de los proyectos priorizados, de la ejecución de los recursos destinados y de los compromisos de cofinanciamiento, entre otros.

b. Informar al Concejo Metropolitano, Asamblea Metropolitana u otras dependencias públicas en el caso de incumplimiento de los acuerdos.

c. Entregar el acervo documentario al comité de vigilancia del proceso siguiente.

Artículo 21. Atribuciones del Comité de Vigilancia

Para el desarrollo del rol de vigilancia del proceso de presupuesto participativo, el Comité de Vigilancia recibe del Equipo Técnico la siguiente Información:

a. El cronograma de inversiones con la programación de los proyectos priorizados.

b. El Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente y sus modificaciones, siempre que afecten los acuerdos del presupuesto participativo, durante la ejecución.

c. La ejecución de gastos de inversión, trimestral, semestral y anual del avance de la ejecución de proyectos de inversión.

CAPÍTULO IV

MECANISMOS DE CAPACITACIÓN

A LOS ACTORES

Artículo 22. Capacitación al Equipo Técnico

El presidente debe asegurar que el Equipo técnico cuente con los conocimientos actualizados en las temáticas referidas al presupuesto participativo, pudiendo ser en las siguientes:

Presupuesto Participativo, la ley y su reglamento, y dispositivos normativos asociados.

Planeamiento y Desarrollo Regional y Local.

Invierte.pe.

Otros que considere el presidente y el equipo técnico.

Artículo 23. Capacitación a los agentes participantes

El Equipo técnico organiza sesiones de capacitación para el desarrollo de capacidades de los agentes participantes, pudiendo ser en las siguientes temáticas:

Presupuesto Participativo.

Gestión y Políticas Públicas.

Planeamiento y Desarrollo Regional y Local.

Invierte.pe.

Otros que considere el equipo técnico.

Artículo 24. Capacitación al Comité de Vigilancia

El Equipo técnico organiza sesiones de capacitación para el desarrollo de capacidades de los miembros del Comité de Vigilancia, pudiendo ser en las siguientes temáticas:

La transparencia y el acceso a la información pública como mecanismos de mejora de la gestión pública.

Alcances de la vigilancia ciudadana.

Metodología para desarrollar acciones de Vigilancia.

TITULO III

FASES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

CAPÍTULO I

DE LA PREPARACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

Artículo 25. Fase de Preparación

Esta fase debe iniciarse oportunamente, preferentemente en el mes de enero, con la aprobación del cronograma del proceso, la conformación del Equipo Técnico, mecanismos de registro de agentes participantes y actualización de formatos necesarios. Esta fase comprende las siguientes actividades:

25.1. Comunicación y sensibilización:

Durante esta etapa la Municipalidad Metropolitana de Lima transmite a través de los mecanismos de comunicación más apropiados, los siguientes aspectos:

a. Los avances y resultados del proceso de presupuesto participativo anterior.

b. Los proyectos que se vienen ejecutando y que continuarán en el año siguiente.

c. La proyección del presupuesto que debe destinarse para el presupuesto del año fiscal correspondiente.

d. Los beneficios e importancia en el desarrollo de la comunidad mediante la participación responsable de la sociedad civil organizada en el Proceso de Presupuesto Participativo.

25.2. Convocatoria:

Se desarrollan las siguientes actividades:

a. Invitación a la población organizada e instituciones públicas, para participar en el Proceso de Presupuesto Participativo, por medios de comunicación tales como el diario oficial y el portal institucional, donde se adjunta el cronograma del proceso.

b. Difusión y publicación de los formatos de inscripción para los agentes participantes.

25.3. Identificación y registro de agentes participantes:

Se desarrollan las siguientes actividades:

a. Inscripción de los agentes participantes debidamente designados por las organizaciones a las cuales representan.

b. Verificación de la inscripción de los agentes participantes.

c. Publicación de la lista de agentes participantes inscritos.

25.4. Inauguración del proceso de presupuesto participativo y capacitación General:

Esta jornada se desarrolla en un taller, en el que se ejecutan las siguientes actividades ante todos los agentes participantes:

a. Presentación del proceso y del presupuesto disponible para el mismo.

b. Exposición de los avances de procesos anteriores.

c. Capacitación general a los agentes participantes.

CAPÍTULO II

DE LA CONCERTACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

Artículo 26. Fase de Concertación

En esta fase tiene como objetivo promover la concertación entre funcionarios del Estado y los representantes de la sociedad civil para desarrollar un trabajo concertado de diagnóstico, identificación y priorización de resultados evaluando técnicamente las propuestas de proyectos de inversión presentados que favorezcan a la población, priorizando aquellos que contribuyan de forma más efectiva al cierre de brechas así como al desarrollo territorial, en el marco del Plan de Desarrollo Concertado.

Esta fase consta de las siguientes etapas:

26.1. Desarrollo de talleres de trabajo:

Son reuniones de trabajo, convocados por Equipo Técnico a través de los cuales se desarrolla las distintas acciones conducentes a la priorización de resultados, inversiones y compromisos del Estado y la sociedad civil.

Se desarrollan las siguientes actividades:

Presentación de las propuestas de proyecto2, identificación de las potencialidades de la localidad, en el marco de la visión y objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado.

a. Desarrollo de reuniones para la priorización de propuestas de inversión, tanto del Equipo Técnico, los Agentes Participantes o en conjunto, en estas reuniones se desarrollarán:

i. El Equipo Técnico, realiza la evaluación técnica y asignación de puntaje a las propuestas de inversiones presentadas de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos. Luego de ello, define las propuestas de inversión viables y no viables.

ii. Publicación de relación de propuestas de inversión viables y no viables, con su respectiva justificación.

iii. Las propuestas de inversión que se ajustan a los criterios, se ordenan por eje de desarrollo, de mayor a menor puntaje y en talleres de trabajo los Agentes Participantes emiten su voto, de acuerdo a los mecanismos establecidos (virtuales o presenciales).

iv. Análisis de resultados. Donde se definen:

Ajuste de costos proyectados presentados por agentes participantes, de corresponder.

Asignación del presupuesto otorgado al Presupuesto Participativo. Definición de propuestas de inversión priorizadas.

Definición de proyectos alternativos, lo cuales no tienen cobertura presupuestal, pero que, de presentarse mayor disponibilidad de recursos, podrían incorporarse en el Presupuesto Institucional.

26.2. Formulación de acuerdos y compromisos:

Se desarrollan las siguientes actividades:

a. Exposición a los agentes participantes de las propuestas de inversión priorizadas.

b. Suscripción de Acta de Acuerdos y Compromisos del presupuesto participativo, para formalizar los resultados del proceso.

c. Publicación de Acta de Acuerdos y Compromisos del presupuesto participativo en el portal institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

CAPITULO III

DE LA COORDINACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

Artículo 27. Fase de Coordinación entre niveles de gobierno

La Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante su titular o el Equipo Técnico, coordina cuando sea necesario con las municipalidades distritales o entidades del Gobierno Nacional, para realizar estudios técnicos de las inversiones priorizadas a desarrollar de manera conjunta o por medio de cofinanciamiento con las instituciones que corresponda. Se presenta las siguientes actividades:

a. Reuniones con alcaldes distritales, de corresponder, para coordinar la intervención (basado en principio de subsidiariedad).

b. Definición de compromisos y responsabilidades, de cada nivel de gobierno, para asegurar la sostenibilidad de las inversiones, mediante una adecuada operación y mantenimiento de los mismos.

Esta fase se puede extender, más allá de concluido el Proceso de Presupuesto Participativo.

Artículo 28. Fase de Formalización

En esta fase se formalizan los acuerdos y compromisos adoptados en el Proceso de Presupuesto Participativo – Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante el Acta respectiva. Esta fase consta de las siguientes etapas:

28.1. Coordinación para la inclusión de las inversiones en el PIA:

Se desarrollan las siguientes actividades:

a. Incorporación en el Presupuesto Inicial de Apertura de los acuerdos del proceso.

b. Elaboración del cronograma de ejecución de los proyectos.

28.2. Rendición de cuentas:

Se desarrollan las siguientes actividades:

a. Elaboración del resumen ejecutivo para la rendición de cuentas ante los agentes participantes, del Proceso de Presupuesto Participativo del año anterior. Este contiene:

Nivel de avance en la ejecución y resultados (en términos de población beneficiada y problemas resueltos), de las inversiones priorizadas.

Sustento de los cambios efectuados de las inversiones priorizadas y modificaciones presupuestarias realizadas.

Nivel de cumplimiento de los compromisos, por cada uno de los actores participantes del proceso.

El presupuesto asignado del presente ejercicio.

Informe de las autoridades respecto a su gestión en el año anterior, nivel de actividades, inversiones y logro de objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado.

b. Informe del Comité de Vigilancia, del año anterior.

c. Elección del Comité de Vigilancia del año siguiente.

d. Elaboración del Informe Final del Proceso de Presupuesto Participativo actual, el mismo que se hace de conocimiento de la Asamblea Metropolitana de Lima y del CODEL, según corresponda y luego al Concejo Metropolitano para su aprobación definitiva.

El Acta de Acuerdos y Compromisos, el Resumen Ejecutivo y el Informe Final de Presupuesto Participativo, son documentos de carácter público por lo que se procede a su difusión a través del portal institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

CAPÍTULO IV

DEL INICIO DE LA INVERSIÓN

Artículo 29. Ciclo de inversión

El Equipo Técnico del Presupuesto Participativo de Lima Metropolitana propone quiénes serán las Unidades Formuladoras y Unidades Ejecutoras, trasladando las inversiones priorizadas (ideas de proyectos, proyectos en formulación, proyectos con viabilidad, proyectos con Expediente Técnico), a las instancias correspondientes a fin de proseguir con el ciclo de inversión pública.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

PRIMERA. La Gerencia Municipal Metropolitana, las unidades orgánicas, empresas y organismos públicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, brindarán el soporte técnico y legal que sea solicitado por el Equipo Técnico para los fines del proceso participativo.

SEGUNDA. En tanto no se instale el Consejo de Desarrollo de Cercado de Lima–CODEL, las atribuciones que le son conferidas en el presente Reglamento serán asumidas por la Asamblea de Delegados de Juntas Vecinales Comunales del Cercado de Lima.

TERCERA. Lo dispuesto en el artículo 10, será vigente por un plazo no mayor de dos años a partir de la vigencia de la presente Ordenanza; posterior a dicho plazo solo podrán ser agentes participantes aquellos que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 11 de la presente norma.

CUARTA. Lo dispuesto en el presente Reglamento será aplicado a los Procesos de Presupuesto Participativo que se inicien a partir de su entrada en vigencia.

QUINTA. Todo aquello que no fuera previsto en el presente Reglamento será absuelto por las normas del Presupuesto Participativo basado en Resultados y en última instancia por el Equipo Técnico.

SEXTA. El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y publicado en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe),

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

ÚNICA. Deróguese la Ordenanza N° 1712, así como todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza.

POR TANTO:

Regístrese, Comuníquese y Cúmplase.

JORGE MUÑOZ WELLS

Alcalde

1 Entre otros pueden ser: Las organizaciones juveniles, en el Registro de Organizaciones Juveniles. Del Ministerio de Educación en la Secretaría Nacional de la Juventud SENAJU. Los Colegios Profesionales se registran en la SUNARP, Las Universidades se registran en la SUNEDU.

2 Las propuestas de proyectos pueden encontrarse a nivel de idea, en etapa de formulación, con viabilidad o con expediente técnico.

1956061-2