Aprueban nómina de Martilleros Públicos a ser inscritos en el Registro de Martilleros Públicos de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, correspondiente al año judicial 2021

Presidencia de la Corte Superior

de Justicia de Lima Norte

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000411-2021-P-CSJLIMANORTE-PJ

Independencia, 18 de mayo de 2021

VISTO:

La Resolución Jefatural N° 072-2021-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF, las Resoluciones Administrativas Nros. 329-2021-P-CSJLIMANORTE-PJ y 335-2021-P-CSJLIMANORTE-PJ del 26 y 27 de abril del 2021, respectivamente; el Oficio N° 168-2021-USJ-GAD-CSJLIMANORTE-PJ de fecha 14 de mayo del 2021 remitido por la Jefa de la Unidad de Servicios Judiciales, Mariela Mendoza Ortiz; y,

CONSIDERANDO:

Primero.- Por Resolución Jefatural N° 072-2021-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) dispone la habilitación Anual para ejercer el cargo de Martillero Público, durante el año 2021.

Segundo.- Por resoluciones administrativas del antecedente, esta Presidencia dispuso el inicio del proceso de inscripción o revalidación de inscripción de los Martilleros Públicos en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, correspondiente al año judicial 2021, observando los requisitos previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial.

Tercero.- Mediante Oficio que antecede, la Jefa de la Unidad de Servicios Judiciales, remite el Oficio N° 043-2021-CSJ-USJ-GAD-CSJLIMANORTE-PJ, cursado por el Coordinador de Servicios Judiciales, informando que el proceso ha culminado, razón por la que remite la lista de cincuenta y cuatro (54) Martilleros Públicos que integrarán la nómina para el presente año.

Cuarto.- La Ley N° 27728, Ley de Martillero Público (Diario Oficial “El Peruano”, 24.5.2002) se regula la actividad del Martillero Público autorizado para llevar a cabo ventas en remate o subasta pública, mientras que por Decreto Supremo N° 008-2005-JUS, en su artículo 4°, dispone que todo martillero público mantendrá su inscripción vigente mediante la habilitación anual para el ejercicio de sus funciones.

Quinto.- Atendiendo a los considerandos precedentes y con la finalidad de dar cumplimiento a las normas acotadas, siendo necesario asegurar la continuidad del servicio de los Martilleros Públicos, como órganos de auxilio judicial; en virtud de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, resulta procedente emitir el acto administrativo de aprobación de la nómina de Martilleros Públicos que prestarán servicios en esta Corte Superior, para el periodo 2021.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR la nómina de Martilleros Públicos a ser inscritos en el Registro de Martilleros Públicos de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, correspondiente al año judicial 2021; según el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- DISPONER que la Unidad de Servicios Judiciales ingrese al Sistema informático respectivo, la nómina de Martilleros Públicos acotada, la cual debe ser destinada para su designación correspondiente.

Artículo Tercero.- DISPONER que la presente resolución sea publicada en el Diario Oficial “El Peruano” y en la página web de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte.

Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Gerencia General Poder Judicial, Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia de Administración Distrital, Unidad de Servicios Judiciales, Coordinación de Servicios Judiciales y Recaudación, Oficina de Imagen Institucional, y de los interesados para su conocimiento, cumplimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

CARMEN MARÍA LÓPEZ VÁSQUEZ

Presidenta

1955431-1