Ordenanza que aprueba la adecuación y modificación de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Miguel

ORDENANZA Nº 433/MDSM

San Miguel, 4 de mayo de 2021

EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de San Miguel, en sesión ordinaria de fecha 30 de abril de 2021;

VISTOS, el memorando Nº 144-2021-GM/MDSM, emitido por la Gerencia Municipal, informe Nº 177-2021-GAJ/MDSM, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el informe Nº 035-2021-GPP/MDSM, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el memorando Nº 126-2021-GATF/MDSM, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, armonizados con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, como el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, contiene las funciones generales de la entidad y las funciones específicas de sus órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades, asimismo los lineamientos tienen por finalidad estandarizar su elaboración y generar su estructura adecuadas, acorde con los criterios de diseño y estructura de la administración;

Que, el proyecto de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones – ROF, recoge lo solicitado por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, de fecha 18 de mayo del 2018, y su modificatoria mediante Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, de fecha 30 de diciembre del 2018, y Decreto Supremo Nº 064-2021-PCM, de fecha 05 de abril del 2021, el mismo que señala criterios de análisis para el diseño organizacional, estableciendo un enfoque estratégico, contribuyendo a brindar servicios de manera eficaz; asimismo, se tendría una mejor cobertura de los servicios que presta la Municipalidad, ya que se está reorganizando las unidades orgánicas por especialidad. El ROF contribuye el tercer pilar “Gestión por Procesos, Simplificación Administrativa y Organización Institucional” de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública – PMGP, aprobada por DS Nº 004-2013-PCM;

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 403/MDSM, de fecha 10 de marzo del 2020, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Miguel;

Que, mediante informe Nº 035-2021-GPP/MDSM, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, recomienda se realice la adecuación y modificación a la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones para continuar con el proceso de modernización y simplificación administrativa de nuestra entidad para que esta pueda ser cada vez más eficiente y eficaz en la prestación de los servicios públicos en nuestro distrito, teniendo como base los informes remitidos por las diferentes Unidades Orgánicas;

Que, mediante informe Nº 177-2021-GAJ/MDSM, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión legal para aprobación del proyecto del ROF para su aprobación conforme lo exige el artículo 45º en su numeral 45.3.”Las entidades que no forman parte de Poder Ejecutivo aprueban su ROF íntegramente por Ordenanza Municipal;

Que, de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades, la reestructuración puede ser total cuando involucra a toda la municipalidad, o parcial cuando se dirige a parte de ella, en este caso, se realiza modificación parcial, adecuándonos a las demandas del vecindario o para implementar políticas dentro del marco de la misma Ley. Las leyes en general señalan el campo funcional definido para las municipalidades, así como condiciones legales que estamos obligados a observar y cumplir;

Que, la ordenanza municipal, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de los cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en que la municipalidad tiene competencia normativa;

Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 8) del artículo 9º, artículo 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por Unanimidad lo siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA ADECUACIÓN

Y MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA

ORGÁNICA Y REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL

Artículo 1º.- APROBAR la adecuación y modificación de la Estructura Orgánica y el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Miguel, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza, el mismo que consta de 2 (dos) secciones, 6 (seis) títulos, 112 (ciento doce) artículos, 2 (dos) disposiciones complementarias y 02 (dos) anexos.

Artículo 2º.- A la entrada en vigencia de la presente Ordenanza quedará derogada la Ordenanza Nº 403/MDSM, y toda otra norma que se oponga a la ordenanza aprobada.

Artículo 3º.- ENCARGAR a todas los Órganos y Unidades Orgánicas de la entidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como la toma de acciones correspondientes con arreglo a ley.

Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaría General, disponga la publicación de la presente norma en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones, el texto íntegro de los documentos de gestión y sus anexos aprobados en el portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel, cuya dirección electrónica es : www.munisanmiguel.gob.pe.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Primera.- El presente Reglamento de Organización y Funciones (ROF) entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, dando como plazo máximo de 30 días, para la aprobación mediante Resolución de Alcaldía el reordenamiento de cargos del Cuadro de Asignación del Personal (CAP).

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JUAN JOSE GUEVARA BONILLA

Alcalde

1954473-1