Autorizan la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los “Contenidos de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para la Actividad de Exploración Sísmica en Mar”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 143-2021-MINEM/DM

Lima, 14 de mayo de 2021

VISTOS: El Informe N° 062-2021-MINEM-DGAAH/DGAH, emitido por la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos, y el Informe N° 395- 2021-MINEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú señala que toda persona tiene el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, y reconoce en el Capítulo II del Título III referido al Régimen Económico, el acceso a los recursos naturales, el mandato para el establecimiento de la política nacional del ambiente y el compromiso de promover el uso sostenible de los recursos naturales;

Que, el artículo 3 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente (en adelante, LGA) indica que el Estado a través de sus entidades y órganos correspondientes diseña y aplica las políticas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que sean necesarios para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidas en dicha Ley;

Que, el artículo 4 de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (en adelante, LSEIA), indica que los proyectos de inversión sujetos al Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental son clasificados de acuerdo al riesgo ambiental que presenten. Así, para aquellos proyectos de inversión que podrían generar impactos ambientales negativos leves, le corresponde una Declaración de Impacto Ambiental;

Que, el artículo 9 de la LSEIA establece que la autoridad competente podrá establecer los mecanismos para la clasificación y definición de los términos de referencia de los estudios de impacto ambiental de actividades comunes en el sector que le corresponda;

Que, el artículo 39 del Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental señala que las Autoridades Competentes podrán emitir normas para clasificar anticipadamente proyectos de inversión y aprobar Términos de Referencia para proyectos que presenten características comunes o similares, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley;

Que, el Anexo 1 del Decreto Supremo N° 039-2014-EM, que aprobó el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, ha establecido la Clasificación Anticipada de los Estudios Ambientales que se deben presentar por cada Actividad de Hidrocarburos. Asimismo, también se indica que para el caso de las Actividades de Exploración Sísmica en Mar, corresponde una Declaración de Impacto Ambiental siempre y cuando el proyecto no se encuentre comprendido en las condiciones de protección señaladas para el EIA-sd;

Que, mediante Decreto Supremo N° 023-2018-EM, se modificó el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, y en la Segunda Disposición Complementaria Final de dicha norma se dispuso que el Ministerio de Energía y Minas, mediante Resolución Ministerial y con la opinión técnica favorable del Ministerio del Ambiente, debe aprobar los nuevos contenidos de las Declaraciones de Impacto Ambiental;

Que, el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, establece, entre otras competencias del Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM), aprobar las disposiciones normativas que le correspondan;

Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM (en adelante, ROF del MINEM), y sus modificatorias, establece entre las funciones rectoras del Ministerio de Energía y Minas, dictar normas o lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de políticas para la gestión de los recursos energéticos y mineros, para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, para la realización de acciones de fiscalización y supervisión, para la aplicación de sanciones administrativas y para la ejecución coactiva, de acuerdo a la normativa vigente;

Que, el artículo 87-C del ROF del MINEM establece que la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos (en adelante, DGAAH) es el órgano de línea encargado de implementar acciones en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental para promover el desarrollo sostenible de las actividades del Subsector Hidrocarburos, en concordancia con las Políticas Nacionales Sectoriales y la Política Nacional del Ambiente;

Que, el literal a) del artículo 87-D del ROF del MINEM, establece que la DGAAH tiene entre sus funciones formular, proponer y aprobar, cuando corresponda, programas, proyectos, estrategias, normas, guías y lineamientos relacionados con la protección del ambiente y evaluación de instrumentos de gestión ambiental en el subsector hidrocarburos;

Que, a través del Informe N° 062-2021-MINEM-DGAAH/DGAH, la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos sustenta el proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los “Contenidos de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para la Actividad de Exploración Sísmica en Mar”;

Que, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, establece que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales deben ser puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados. El aviso de publicación del proyecto debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el Portal de Transparencia de la entidad, por un periodo mínimo de quince (15) días útiles;

Que, en ese sentido, corresponde disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los “Contenidos de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para la Actividad de Exploración Sísmica en Mar”, otorgando a los interesados un plazo de quince (15) días hábiles para la remisión por escrito o vía electrónica de los comentarios y sugerencias;

De conformidad, con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental; el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales; el Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental; el Decreto Supremo N° 039-2014-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los “Contenidos de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para la Actividad de Exploración Sísmica en Mar”.

Artículo 2.- Establecer un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos, sito en Avenida Las Artes Sur N° 260, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, o vía internet a la siguiente dirección de correo electrónico: prepublicacionesdgaah@minem.gob.pe.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, publíquese en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem) el proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los “Contenidos de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para la Actividad de Exploración Sísmica en Mar”, el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME GÁLVEZ DELGADO

Ministro de Energia y Minas

1953405-1