Aprueban el Plan de Estrategia Publicitaria 2021, Modificado, Versión 01, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 000113-2021-JN/ONPE

Lima, 14 de mayo del 2021

VISTOS: Los Memorandos Nº 000782-2021-GCRC/ONPE y Nº 000777-2021-GCRC/ONPE de la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas; el Memorando Nº 001716-2021-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000577-2021-SGPL-GPP/ONPE de la Sub Gerencia de Planeamiento; el Informe Nº 001528-2021-SGPR-GPP/ONPE de la Sub Gerencia de Presupuesto; y el Informe Nº 000249-2021-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucional autónomo y tiene como función primordial velar por la obtención de la fiel y libre expresión de la voluntad popular, manifestada a través de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo, siendo la autoridad máxima en la organización y ejecución de procesos electorales, de conformidad con su Ley Orgánica, Ley Nº 26487;

De acuerdo a la Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal, que establece los criterios generales para el uso de los recursos destinados al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión, se aprobó mediante Resolución Jefatural Nº 000020-2021-JN/ONPE de fecha 01 de febrero de 2021, el Plan de Estrategia Publicitaria 2021, Versión 00, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para la realización de la campaña publicitaria alusiva a las Elecciones Generales 2021 – EG 2021, elaborado de acuerdo a los lineamientos de la publicidad estatal, precisando que se encuentra articulado con los Lineamientos de Política Institucional de la ONPE, definidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020 – 2025, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 162-2020-JN/ONPE y con el Plan Operativo Electoral (POE) de la ONPE, correspondiente a las EG 2021;

Por otra lado, cabe señalar que las Elecciones Generales 2021 (EG 2021) y la Segunda Elección Presidencial (SEP 2021) convocadas por el Presidente de la República mediante Decreto Supremo Nº 122-2020-PCM, se han realizado y se realizarán dentro de un estado de emergencia sanitaria, producto de la pandemia producida por la COVID-19, declarado por Decreto Supremo Nº 009-2021-SA, el mismo que estableció la prórroga de la declaratoria de emergencia sanitaria a partir del 07 de marzo de 2021, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario, razón por la cual las necesidades comunicacionales trascienden las informativas, al avocar esfuerzos en transmitir a los electores la confianza de que no solo su voto, sino también su salud estará protegida;

En este contexto, la ONPE se encuentra en la obligación de diseñar y llevar a cabo una estrategia de difusión masiva que permita informar a la población oportunamente; así como, en dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 28874, Ley que Regula la Publicidad Estatal, que en su artículo 3, señala que uno de los requisitos para que el Titular del Pliego autorice la realización de publicidad estatal es el Plan de Estrategia Publicitaria, el mismo que deberá estar acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias y estar de acuerdo con los objetivos y prioridades institucionales, constituyendo así, una importante herramienta para desarrollar e implementar acciones de comunicación y difusión estratégica a fin de informar a la ciudadanía y población electoral, sobre las actividades electorales que se ejecuten;

Por su parte, mediante el Memorando Nº 001716-2021-GPP/ONPE que recoge los Informes Nº 000577-2021-SGPL-GPP/ONPE, de la Sub Gerencia de Planeamiento y Nº 001528-2021-SGPR-GPP/ONPE de la Sub Gerencia de Presupuesto, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, señala que la propuesta de Plan en mención, cumple con el Procedimiento “Formulación, modificación, monitoreo y evaluación de Planes Institucionales”, con código PR01-GPP/PLAN - versión 00, precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal necesaria para proceder con la aprobación del Plan de Estrategia Publicitaria 2021 de la ONPE;

En tal sentido, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe de vistos, opina que el Plan propuesto por la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas, recoge los contenidos requeridos en el artículo 3 de la Ley Nº 28874 citada;

En consecuencia, resulta necesario aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria 2021 Modificado, Versión 01, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para los fines correspondientes;

De conformidad con la Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal; el literal h) del artículo 5 y el artículo 13 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, así como, el literal s) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias;

Con el visado de las Gerencias de Asesoría Jurídica, de Planeamiento y Presupuesto; y de Comunicaciones y Relaciones Corporativas;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria 2021, Modificado, Versión 01, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, cuyo anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas la coordinación y supervisión del cumplimiento del Plan aprobado en el artículo precedente.

Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y de la Resolución y su anexo, en el portal institucional www.onpe.gob.pe, y en el portal de Transparencia de la Entidad, en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS

Jefe

1953375-1