Modifican el Documento Técnico: “Lineamientos para la Confección de Mascarillas Faciales Textiles de Uso Comunitario Reutilizables”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 596-2021/MINSA

Lima, 7 de mayo del 2021

Visto, el Expediente Nº 20-078283-007, que contiene el Informe N° 954-2021-UFE-DIEM-DGOS/MINSA, de la Dirección General de Operaciones en Salud; el Informe N° 014-2021-DPROM-DGIESP/MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; la Nota Informativa N° 023-2021-ER-CENSOPAS/INS del Instituto Nacional de Salud; y el Informe Nº 674-2021-OGAJ/MINSA, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas;

Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1161 dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones pública y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, Decreto Supremo que declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y dicta medidas de prevención y control del COVID-19, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia del COVID-19, y se dictan medidas de prevención y control para evitar su propagación; la misma que ha sido prorrogada mediante los Decretos Supremos Nos. 020-2020-SA, 027-2020-SA, 031-2020-SA y 009-2021-SA, este último prorroga la Emergencia Sanitaria, a partir del 7 de marzo de 2021, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario; frente a lo cual, el Ministerio de Salud debe mantener las medidas necesarias para el estado de alerta y respuesta frente a la pandemia de la COVID-19;

Que, de acuerdo al Decreto Supremo N° 184- 2020-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19 y establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del martes 01 de diciembre de 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19; el cual ha sido prorrogado mediante los Decretos Supremos Nos. 201-2020-PCM, 008-2021-PCM, 036-2021-PCM, 058-2021-PCM y 076-2021-PCM, este último prorroga el Estado de Emergencia Nacional, por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del sábado 1 de mayo de 2021;

Que, de conformidad con el numeral 8.4 del artículo 8 del Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, y modificatorias, el uso de mascarilla es de carácter obligatorio para circular por las vías de uso público. Asimismo, de acuerdo al numeral 7.1 del artículo 7 del citado Decreto Supremo, el Gobierno Nacional, que incluye al Ministerio de Salud, debe continuar promoviendo y vigilando entre otras actividades, el uso de mascarillas;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 558-2021/MINSA, se aprobó el Documento Técnico: “Lineamientos para la Confección de Mascarillas Faciales Textiles de Uso Comunitario Reutilizables”;

Que, en atención a las recomendaciones efectuadas por la Dirección General de Operaciones en Salud y la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, así como, por el Instituto Nacional de Salud, se han identificado aspectos que requieren ser actualizados en el Documento Técnico señalado en el considerando anterior;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Operaciones en Salud;

Con el visado del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud, del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26842, Ley General de Salud; el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; así como, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado por los Decretos Supremos N° 011-2017-SA y N° 032-2017-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el primer párrafo del numeral “5.2 RECOMENDACIONES DE USO DE LA MASCARILLA FACIAL TEXTIL DE USO COMUNITARIO REUTILIZABLES”, el sub numeral 3) del numeral “6.6 NÚMERO DE CAPAS DE TELA PARA LA CONFECCIÓN DE MASCARILLAS FACIALES TEXTILES DE USO COMUNITARIO REUTILIZABLE”; el último párrafo del numeral “6.7 ACABADOS DE LAS MASCARILLAS FACIALES TEXTILES”, y el numeral “6.8. VERIFICACIÓN DE CALIDAD, EFICIENCIA DE LAS MASCARILLAS FACIALES TEXTILES” del Documento Técnico: “Lineamientos para la Confección de Mascarillas Faciales Textiles de Uso Comunitario Reutilizables”, aprobado con Resolución Ministerial N° 558-2021/MINSA, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Dejar sin efecto los sub numerales, “6.8.1. PRUEBAS A MASCARILLA FACIALES TEXTILES DE USO COMUNITARIO REUTILIZABLE – PRODUCTO TERMINADO”; “6.8.2. EFICIENCIA DE FILTRACIÓN DE PARTÍCULAS (EFP) BASE ASTM F2299”; “6.8.3. DIFERENCIAL DE PRESIÓN O RESPIRABILIDAD (DP)”; “6.8.4. MÉTODOS DE ENSAYO Y NORMAS”; y 6.8.5. ELÁSTICO – ARNÉS PARA SUJETAR MASCARILLA FACIAL TEXTIL” del numeral “6.8 VERIFICACIÓN DE CALIDAD, EFICIENCIA DE LAS MASCARILLAS FACIALES TEXTILES”, del Documento Técnico: “Lineamientos para la Confección de Mascarillas Faciales Textiles de Uso Comunitario Reutilizables”, aprobado con Resolución Ministerial N° 558-2021/MINSA.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ÓSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ

Ministro de Salud

1951249-1