Aprueban la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal denominada “SOMOS ARTESANÍA”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 068-2021-MINCETUR

Lima, 5 de mayo de 2021

Visto, el Informe N° 0023-2021-MINCETUR/VMT/DGA/DCITAT-CCT y el Informe N° 0016-2021-MINCETUR/VMT/DGA/DCITAT-EVM de la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo, el Memorándum N° 434-2021-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo, el Informe Nº 0081-2021-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto, el Memorándum N° 294-2021-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, el Informe Nº 0044-2021-MINCETUR/SG/OGA/OAF de la Oficina de Administración Financiera, el Memorándum N° 436-2021-MINCETUR/SG/OGA de la Oficina General de Administración y el Memorándum N° 054-2021-MINCETUR/SG/OCOP de la Oficina de Comunicaciones y Protocolo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2 de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, señala que el referido Ministerio, en materia de turismo, promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía;

Que, el artículo 3 del Reglamento de Organizaciones y Funciones – ROF del MINCETUR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias, indica que el MINCETUR promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía;

Que, el artículo 5 de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, establece que el MINCETUR como organismo rector, tiene entre sus funciones, el promover los planes y estrategias nacionales de promoción del turismo interno y receptivo, competencia que se ejerce a través de la aprobación de las políticas, planes y estrategias en materia de turismo, como es el presente caso;

Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1475, Decreto Legislativo que dispone la Reactivación y Promoción de la Actividad Artesanal a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID - 19, se dispone establecer medidas que permitan la reactivación y promoción económica de la actividad artesanal a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

Que, mediante la Quincuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se estableció autorizar para el Año Fiscal 2021, al MINCETUR a otorgar subvenciones a favor de las unidades económicas artesanales y de personas naturales y jurídicas privadas que realicen y/o promuevan actividades de promoción, comercialización y/o articulación comercial de artesanías, para tal efecto, el MINCETUR mediante Resolución Ministerial, aprueba la “Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal”;

Que, mediante los documentos del Visto, el Viceministerio de Turismo ha solicitado la aprobación de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal denominada “SOMOS ARTESANÍA”, con el objeto de cofinanciar capital de trabajo para producción, promoción, comercialización y/o articulación comercial de artesanías a favor de unidades económicas artesanales;

Que, en ese sentido, teniendo como sustento las normas referidas y las opiniones técnicas antes citadas, y considerando que la citada Estrategia servirá para establecer las condiciones para el otorgamiento de subvenciones concursables a unidades económicas artesanales para contribuir a la reducción del impacto del COVID -19 en la actividad artesanal, resulta necesario la aprobación de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal denominada “SOMOS ARTESANÍA”, mediante la emisión de una Resolución Ministerial, la misma que cuenta con el sustento técnico y legal correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29408, Ley General de Turismo y su modificatoria; la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias; el Decreto Legislativo N° 1475, Decreto Legislativo que dispone la Reactivación y Promoción de la Actividad Artesanal a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19; el Decreto Supremo N° 008-2010-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal denominada “SOMOS ARTESANÍA”, conforme al anexo adjunto, que con nueve (9) folios forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Encargar al Viceministerio de Turismo, a través de la Dirección General de Artesanía, la difusión, implementación y supervisión del cumplimiento de la Estrategia aprobada mediante la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal denominada “SOMOS ARTESANÍA” en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CLAUDIA CORNEJO MOHME

Ministra de Comercio Exterior y Turismo

1950450-1