Aprueban el Código de Ética y Conducta del Ministerio del Ambiente - MINAM

Resolución Ministerial

Nº 073-2021-MINAM

Lima, 4 de mayo de 2021

VISTOS; el Informe Nº 00005-2021-MINAM/SG/UFI de la Unidad Funcional de Integridad Institucional de la Secretaria General; el Informe Nº 00314-2021-MINAM/SG/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; el Memorando Nº 00484-2021-MINAM/SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00088-2021-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Informe Nº 00219-2021-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013, se crea al Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 391-2014-MINAM, se aprueba la Directiva Nº 06-2014-MINAM “Código de Ética de la Función Pública del Ministerio del Ambiente - MINAM”;

Que, por Decreto Supremo Nº 042-2018-PCM, se establecieron medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción, con el objeto de orientar la correcta, transparente y eficiente actuación de los servidores públicos y de las entidades señaladas en el artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, para contribuir al cumplimiento de las políticas en materia de integridad pública, como parte de las acciones de prevención y lucha contra la corrupción en la consolidación de la democracia, el estado de derecho y el buen gobierno;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, se aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, con la finalidad de contar con un instrumento que establezca las acciones priorizadas que sobre la materia se deban adoptar para prevenir y combatir la corrupción e impulsar la integridad pública;

Que, con Resolución de Secretaría General Nº 063-2020-MINAM, se crea la Unidad Funcional de Integridad Institucional del Ministerio del Ambiente dependiente de la Secretaría General, asignándosele las funciones establecidas en el numeral 2.1 del artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1327, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-JUS y modificado por Decreto Supremo Nº 002-2020-JUS, así como las dispuestas en el numeral 6.2 de los Lineamientos para la implementación de la función de integridad en las entidades de la Administración Pública, aprobados por Resolución de Secretaria de Integridad Pública Nº 001-2019-PCM-SIP;

Que, en ese marco normativo, a través del Informe Nº 00005-2021-MINAM/SG/UFI, la Unidad Funcional de Integridad Institucional de la Secretaria General sustenta la necesidad de aprobar un nuevo Código de Ética y Conducta del Ministerio del Ambiente, con el objeto de fomentar y fortalecer los valores institucionales, así como los principios y normas éticas que inspiren el comportamiento de los/as servidores/as del Ministerio del Ambiente, con independencia del régimen laboral o modalidad de contratación que ostenten, en base a la integridad y transparencia;

Que, con Informe Nº 00314-2021-MINAM/SG/OGRH, la Oficina General de Recursos Humanos opina que el proyecto de Código de Ética y Conducta del Ministerio del Ambiente se encuentra alineado tanto a la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética para la Función Pública, como al Reglamento Interno de Servidores Civiles del MINAM, aprobado con Resolución de Secretaría General Nº 052-2018-MINAM en lo que le fuera aplicable, así como con la normativa emitida por el Poder Ejecutivo en materia de integridad pública y lucha contra la corrupción;

Que, mediante el Memorando Nº 00484-2021-MINAM/SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite y hace suyo el Informe Nº 00088-2021-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, a través del cual se emite opinión favorable sobre la propuesta normativa en mención;

Con el visado de Secretaría General, de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Código de Ética y Conducta del Ministerio del Ambiente - MINAM, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Directiva Nº 06-2014-MINAM “Código de Ética de la Función Pública del Ministerio del Ambiente - MINAM”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 391-2014-MINAM.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (http://www.gob.pe/minam), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GABRIEL QUIJANDRÍA ACOSTA

Ministro del Ambiente

1950035-1