Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 000086-2021/JNAC/RENIEC
Lima, 4 de mayo de 2021
VISTOS:
Los Memorandos Nº 000971-2021/GPP/RENIEC (23ABR2021) y Nº 001027-2021/GPP/RENIEC (30ABR2021) emitidos por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; los Informes Nº 000107-2021/GPP/SGRM/RENIEC (23ABR2021) y Nº 000115-2021/GPP/SGRM/RENIEC (29ABR2021) emitidos por la Sub Gerencia de Racionalización y Modernización de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; los Informes Nº 000524-2021/GAJ/SGAJA/RENIEC (28ABR2021) y Nº 000541-2021/GAJ/SGAJA/RENIEC (30ABR2021) y la Hoja de Elevación Nº 000058-2021/GAJ/SGAJA/RENIEC (03MAY2021) emitidos por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 000646-2021/GAJ/RENIEC (28ABR2021) y las Hojas de Elevación Nº 000305-2021/GAJ/RENIEC (30ABR2021) y Nº 000309-2021/GAJ/RENIEC (03MAY2021) emitidos por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil -RENIEC, es un organismo constitucionalmente autónomo, con personería de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera; encargada de manera exclusiva y excluyente de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como, registrar los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;
Que a través de la Resolución Jefatural Nº 000073-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016), se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil;
Que la Ley 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y sus modificatorias, establece que el proceso de modernización de la gestión del estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión;
Que los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modificatorias, regulan los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; y establece que el Reglamento de Organización y Funciones es un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene las competencias y funciones generales de la entidad, las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia;
Que se ha visto por conveniente adecuar el vigente Reglamento de Organización y Funciones de conformidad con lo establecido en el referido Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modificatorias, siendo necesario rediseñar la estructura orgánica de la entidad, a fin de contar con los órganos y unidades orgánicas que coadyuven al cumplimiento de los objetivos institucionales, y cumplan con la normativa emitida por la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que en esa línea, a través de los documentos del visto la Gerencia de Planificación y Presupuesto, en cumplimiento de sus respectivas funciones, ha elaborado una propuesta de nueva Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones con las funciones generales y específicas de las unidades de organización de la entidad, orientada al cabal cumplimiento de las funciones constitucionales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, bajo las premisas que establecen la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización del Estado, y la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobada por el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, acorde con las disposiciones generales y criterios para la elaboración de los reglamentos de organización y funciones, que establecen los Lineamientos aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modificatorias;
Que sobre el particular, el literal a) del inciso 45.3 del artículo 45º de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modificatorias, establece que la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de los organismos constitucionalmente autónomos son aprobados íntegramente por resolución del titular;
Que por otro lado, conforme a lo establecido en el artículo 6º de la Ley Nº 29091 y en los artículos 3º y 5º del Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, el funcionario responsable, a que se refiere el artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, debe cumplir con la publicación de diversos documentos de gestión, entre ellos, el Reglamento de Organización y Funciones, al día siguiente de su aprobación;
Que en esa línea, con los documentos de vistos la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que, de la revisión del Proyecto del Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, se evidencia que ambos se encuentran acorde con las disposiciones generales y criterios para la elaboración de los Reglamentos de Organización y Funciones, que establecen los Lineamientos aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modificatorias; ante ello opina por la procedencia de su emisión;
Que a fin de cumplir con las nuevas disposiciones del Reglamento de Organización y Funciones, se hace necesario otorgar un plazo de 60 días calendarios para que los órganos y unidades orgánicas implementen la organización y funciones para su cabal cumplimiento; y,
Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural Nº 000073-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil -RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000073-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y sus modificatorias.
Artículo Segundo.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, que consta de dos (02) secciones, cuatro (04) títulos y ciento veinticuatro (124) artículos, desarrollados en 90 páginas, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
Artículo Tercero.- Disponer un plazo de 60 días calendarios para que los órganos y unidades orgánicas implementen su organización y funciones para el cabal cumplimiento del Reglamento de Organización y Funciones aprobado.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Planificación y Presupuesto la modificación de los Documentos de Gestión y Normativos que correspondan
Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano, en el portal institucional www.reniec.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN
Jefa Nacional
1949931-1