Aceptan Aporte Financiero No Reembolsable para financiar parcialmente el Programa de Inversión “Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú”
Resolución Ministerial
Nº 145-2021-EF/52
Lima, 4 de mayo del 2021
CONSIDERANDO:
Que, los numerales 35.1 y 35.3 del artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, establecen que la programación, gestión, negociación, aprobación, suscripción y registro de las cooperaciones internacionales no reembolsables, de carácter técnico o financiero, directamente ligadas a Operaciones de Endeudamiento del Gobierno Nacional, que se otorguen a favor del Estado, están a cargo de la Dirección General del Tesoro Público, y se aprueban mediante resolución ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 080-2021-EF se aprueba la operación de endeudamiento externo con el Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW), hasta por un monto de Euros 54,0 millones, para financiar parcialmente el Programa de Inversión “Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú”;
Que, en ese marco el KfW otorga un Aporte Financiero No Reembolsable a la República del Perú hasta por la suma de EUR 6 000 000,00 (SEIS MILLONES Y 00/100 EUROS), para financiar parcialmente el Programa de Inversión “Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú”;
Que, en dicho contexto, resulta necesario formalizar la aceptación del referido Aporte Financiero No Reembolsable y autorizar la suscripción del Contrato y demás documentos que lo implementen;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Objeto
Acéptase el Aporte Financiero No Reembolsable que otorga el Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW), hasta por la suma de EUR 6 000 000,00 (SEIS MILLONES Y 00/100 EUROS), para financiar parcialmente el Programa de Inversión “Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú”, a ser ejecutado por el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR.
Artículo 2. Suscripción de documentos
Autorízase al Director General de la Dirección General del Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el Contrato y demás documentos correspondientes que permitan la implementación del Aporte Financiero No Reembolsable referido en el artículo 1.
Artículo 3. Publicación
La presente Resolución Ministerial se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALDO MENDOZA BELLIDO
Ministro de Economía y Finanzas
1949847-1