Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR correspondiente al año 2022

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA

RDE Nº D000078-2021-MIDAGRI-SERFOR-DE

Magdalena del Mar, 30 de abril de 2021

VISTOS:

El Informe Nº D000033-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGGSPFFS-DCGPFFS emitido por la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe Nº D000035-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGGSPFFS emitido por la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe Nº D000066-2021-MIDAGRI-SERFOR-OPR emitido por la Oficina de Planeamiento y Racionalización; el Memorando Nº D000344-2021-MIDAGRI-SERFOR-OGPP emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Legal Nº D000187-2021-MIDAGRI-SERFOR-OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, como organismo público técnico especializado con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;

Que, el literal d) del artículo 14 de la citada ley establece como una de las funciones del SERFOR, el gestionar y promover el uso sostenible, la conservación y la protección de los recursos forestales y de fauna silvestre;

Que, el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, establece que la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, señala que las normas expedidas por el SERFOR, son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva;

Que, a través de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, se otorga al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por parte de los administrados, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión y fiscalización ambiental - a cargo de las diversas entidades del Estado - se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente;

Que, el numeral 6.1 del artículo 6 del Régimen Común de Fiscalización Ambiental, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 247-2013-MINAM, establece que los Planes Anuales de Fiscalización Ambiental son los instrumentos de planificación a través de los cuales cada Entidad de Fiscalización Ambiental – EFA programa las acciones a su cargo, en materia de fiscalización ambiental a ser efectuadas durante el año fiscal; y, las EFA tienen la obligación de formular, aprobar y reportar su PLANEFA, de acuerdo a las directivas que el OEFA establezca para tal efecto;

Que, el artículo 5 de los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA”, aprobados mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA/CD, dispone que el PLANEFA debe ser formulado de manera coordinada por los órganos de la EFA que ejercen las acciones de fiscalización ambiental y el órgano que tenga a cargo las funciones de planificación y presupuesto; y, que las actividades planificadas en el PLANEFA deben ser incluidas en el Plan Operativo Institucional – POI durante el año anterior a su ejecución, a fin de asegurar el financiamiento de las acciones y metas programadas; asimismo el numeral 8.1 de los lineamientos en mención dispone que el PLANEFA se aprueba con resolución del titular de la EFA;

Que, mediante Informe Nº D000035-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGGSPFFS, la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre hace suyo el Informe Nº D000033-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGGSPFFS-DCGPFFS de la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, quien concluye, entre otros aspectos, que: i) La propuesta “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA 2022” del SERFOR, ha sido formulada de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA/CD, concordada con las disposiciones de la Resolución Ministerial Nº 247-2013-MINAM que aprueba el Régimen Común de Fiscalización Ambiental, así como las disposiciones de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y su Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI; ii) El PLANEFA 2022 del SERFOR establece como objetivo supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables derivadas de los actos administrativos de habilitación para el retiro de la cobertura forestal, entre los que se considera la autorización de desbosque y la autorización para el cambio uso actual de la tierra a cargo del SERFOR; ii) Las actividades a desarrollar como parte del PLANEFA 2022, guardan relación con la Actividad Operativa Institucional AOI00150300797 incluido en el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021-2023;

Que, mediante Memorando Nº D000344-2021-MIDAGRI-SERFOR-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº D000066-2021-MIDAGRI-SERFOR-OPR de la Oficina de Planeamiento y Racionalización, quien concluye, entre otros aspectos, que i) La propuesta actualizada del PLANEFA 2022 del SERFOR, ha sido desarrollada de acuerdo a la estructura y contenido de los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Planefa” y tiene el siguiente contenido: a) Introducción, b) Estructura Orgánica, c) Marco Legal, d) Estado situacional, e) Objetivos, f) Programación de acciones para la Fiscalización Ambiental y g) Anexo; ii) Las actividades del PLANEFA 2022 están programas en el POI Multianual 2021-2023, correspondiendo a la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre priorizar dichas actividades en el POI 2022 del SERFOR, para garantizar su implementación;

Que, mediante Informe Legal Nº D000187-2021-MIDAGRI-SERFOR-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica informa que, se advierte que la propuesta del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA del SERFOR, correspondiente al año 2022, se ha elaborado de acuerdo a la estructura contemplada en los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA”, analizando además que contemple lo siguiente: a) Introducción, b) Estructura Orgánica, c) Marco Legal, d) Estado situacional, e) Objetivos, f) Programación de acciones para la Fiscalización Ambiental y g) Anexo; siendo además que, las actividades planificadas se encuentran incluidas en el Plan Operativo Institucional – POI Multianual 2021-2023, por lo que, conforme a la función establecida en el literal m) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, y modificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI, concordante con el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, y el numeral 8.1 del artículo 8 de los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA”, aprobados mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA/CD, resulta legalmente viable que el Director Ejecutivo del SERFOR emita el acto resolutivo que lo apruebe;

Que, asimismo, advierte la existencia de presuntas responsabilidades administrativas por la excesiva demora en la aprobación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA del SERFOR, correspondiente al año 2022, al haberse excedido el plazo máximo para su aprobación (15 de marzo de 2021), contemplado en el numeral 8.2 del artículo 8 de los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA”, por lo que recomienda la remisión de una copia del expediente administrativo a la Secretaría Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del SERFOR a fin de que inicie el deslinde de responsabilidades que el caso amerite;

Con el visado del Gerente General, de la Directora General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; el Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI; la Resolución Ministerial Nº 247-2013-MINAM, que aprueba el Régimen Común de Fiscalización Ambiental; y la Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA/CD, que aprueba los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – Planefa”.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR correspondiente al año 2022, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Servicios al Usuario y Tramite Documentario notifique la presente resolución a la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre y a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, para los fines respectivos.

Artículo 3.- Disponer que la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre efectúe el registro del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR correspondiente al año 2022, dentro de los diez (10) días hábiles posterior a su aprobación, en el aplicativo informático disponible en el Portal Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe/aplicativos/planefa).

Artículo 4.- Remitir a la Secretaría Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del SERFOR una copia del expediente administrativo que motiva la presente resolución a fin de que inicie el deslinde de responsabilidades por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución y los que en el trascurso de la investigación se determinen.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, asimismo la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR (www.gob.pe/serfor).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

José Alberto Muro Ventura

Director Ejecutivo (e)

Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre

1949274-1