Aprueban la Directiva N° 007-2021-MIMP “Normas para la Gestión de Información de las Intervenciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables-MIMP”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 127-2021-MIMP

Lima, 30 de abril de 2021

Vistos, el Informe N° D000005-2021-MIMP-OMEP de la Oficina de Monitoreo y Evaluación de Políticas; el Memorándum N° D000084-2021-MIMP-OGMEPGD de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada; el Informe N° D000089-2021-MIMP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional; el Memorándum N° D000279-2021-MIMP-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° D000100-2021-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y,

CONSIDERANDO:

Que, el literal b) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias, establece que constituye función general de los Ministerios aprobar las disposiciones normativas que les correspondan;

Que, el literal f) del numeral 3.1 de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobada por Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, señala que un elemento imprescindible de la gestión por resultados es el proceso continuo de recolección y análisis de datos que tienen como objetivo el seguimiento y monitoreo de los indicadores de insumo, proceso y producto, así como la evaluación de los resultados e impactos de las actividades, programas y proyectos desarrollados por una entidad, con el propósito de mejorar o garantizar la provisión de productos o servicios a los ciudadanos;

Que, de acuerdo al subnumeral 5 del numeral 3.2 de la referida Política Nacional, entre sus pilares centrales se encuentra el sistema de información, seguimiento, evaluación y gestión del conocimiento;

Que, con Resolución Ministerial N° 050-2016-MIMP, de fecha 29 de febrero de 2016, se aprobó la Directiva General N° 006-2016-MIMP “Normas para la Gestión de Información en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”, la cual tiene como objetivo normar los procedimientos, herramientas utilizadas y responsabilidades para la gestión de información que genera el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables -MIMP, en el marco de sus políticas, planes especiales multisectoriales, programas y proyectos;

Que, mediante el Informe N° D000005-2021-MIMP-OMEP, la Oficina de Monitoreo y Evaluación de Políticas (OMEP) de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada (OGMEPGD) manifiesta que la aprobación de la Directiva “Normas para la Gestión de Información de las Intervenciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables” cobra vital importancia pues, a partir de su aprobación, será posible uniformizar criterios para el diseño de instrumentos de recolección en las intervenciones y disponer de datos de manera periódica que serán de gran utilidad para el desarrollo de evaluaciones con presupuestos más reducidos;

Que, asimismo, la OMEP señala que, actualmente, la implementación de la gestión de información que se sustenta en la Directiva General N° 006-2016-MIMP no es suficiente para responder al nuevo contexto de las necesidades de información para el seguimiento y evaluación de las intervenciones del Sector, por lo que la propuesta de Directiva contribuirá a mejorar el proceso de gestión de información en el Sector y por consiguiente a la toma de decisiones efectivas que se basen en evidencia; en tal sentido, propone la aprobación de esta nueva Directiva, que remplazará a la Directiva General N° 006-2016-MIMP;

Que, mediante Memorándum N° D000279-2021-MIMP-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D000089-2021-MIMP-OMI, elaborado por la Oficina de Modernización Institucional (OMI), quien emite opinión favorable a fin que la propuesta de Directiva “Normas para la Gestión de Información de las Intervenciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables-MIMP” continúe con el trámite que corresponde para su aprobación;

Que, respecto del nivel de aprobación de la norma propuesta, es preciso indicar que el literal a) del acápite 6.2.5.1 de la Directiva N° 002-2020-MIMP “Gestión de dispositivos legales y documentos normativos u orientadores elaborados en el pliego Mujer y Poblaciones Vulnerables”, señala que los documentos normativos son aprobados por Resolución Ministerial cuando, entre otros aspectos, el cumplimiento de las disposiciones es de alcance a todo el Sector (unidades orgánicas, órganos, organismos públicos adscritos y programas nacionales); correspondiendo para el proyecto de Directiva propuesto, que su aprobación se efectúe mediante Resolución Ministerial;

Con las visaciones de la Secretaría General, la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 007-2021-MIMP “Normas para la Gestión de Información de las Intervenciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables-MIMP”, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Directiva General N° 006-2016-MIMP “Normas para la Gestión de Información en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 050-2016-MIMP.

Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución y su anexo sean publicados en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp) en la misma fecha de la publicación de la Resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SILVIA LOLI ESPINOZA

Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

1949027-2