Prorrogan plazo de vencimiento de la Ordenanza N° 702-MDEA, que establece incentivos y flexibilidades tributarias para el pago de tributos municipales hasta el 15 de abril del 2021

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 003-2021-ALC/MDEA

El Agustino, 16 de marzo del 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

EL AGUSTINO

VISTO:

El Informe Nº 180-2021-SGRFT-GREN-MDEA, de fecha 11 de marzo del 2021, de la Sub Gerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, el Informe Nº0115-2021-GREN-MDEA, de fecha 11 de marzo del 2021, de la Gerencia de Rentas, el Informe Nº118-2021-GAJ-MDEA, de fecha 16 de marzo del 2021 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº023-2021-GEMU-MDEA, de fecha 16 de Marzo del 2021 de la Gerencia Municipal, sobre prórroga del plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 702-MDEA que establece incentivos y flexibilidades tributarias para el pago de los tributos municipales en la jurisdicción del distrito de El Agustino, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305 - Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;

Que, el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, promulgado el 22 de junio del 2013 en su artículo 41º establece que excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. De la misma forma el último párrafo del artículo 29º, precisa que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria;

Que, con Decreto Supremo Nº008-2021-PCM publicado el 27 de enero del 2021, se ha prorrogado el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de veintiocho (28) días calendario, a partir del lunes 01 de febrero de 2021, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19.

Que, mediante Ordenanza Nº702-MDEA de fecha 15 de Enero del 2021, el Concejo Municipal de El Agustino, Aprueba la ORDENANZA QUE ESTABLECE INCENTIVOS Y FLEXIBILIDADES TRIBUTARIAS PARA EL PAGO DE LOS TRIBUTOS MUNICIPALES EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO, cuya vigencia es hasta el 15 de febrero del 2021. Señalándose en la Primera Disposición Final y Transitoria, la facultad del Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía se dicten las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza y su prorroga si fuera el caso;

Que, mediante Informe Nº180-2021-SGRFT-GREN-MDEA, de fecha 11 de marzo del 2021, emitido por la Sub Gerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, el Informe Nº 115-2021-GREN-MDEA de la Gerencia de Rentas, se solicita la prórroga del plazo del vencimiento de la Ordenanza Nº 702-MDEA, hasta el 15 de Abril del 2021;

Que, mediante Informe Nº 118-2021-GAJ-MDEA, de fecha 16 de marzo del 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica, teniendo en consideración los informes de las áreas respectivas, opina favorablemente para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogar el vencimiento de la Ordenanza Nº 702-MDEA, conforme lo dispuesto en la Primera Disposición Final y Transitoria hasta el 15 de Abril del 2021;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades:

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR, el plazo del vencimiento de la Ordenanza Municipal Nº 702-MDEA, que establece incentivos y flexibilidades tributarias para el pago de los tributos municipales en la jurisdicción del distrito de El Agustino, hasta el 15 de abril del 2021.

Artículo Segundo.- DISPONER, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas y demás unidades orgánicas, el fiel cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones.

Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Imagen Institucional, en coordinación con la Sub Gerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, la efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y a la Subgerencia de Planeamiento, Gestión de Procesos y Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.mdea.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

VÍCTOR MODESTO SALCEDO RÍOS

Alcalde

1946737-1