Aprueban la “Metodología para el Cálculo de Emisiones Evitadas y Valoración de Externalidades Ambientales Mitigadas, con la Implementación de los Programas de Chatarreo”

Resolución Directoral

N° 20-2021-MTC/18

Lima, 19 de abril de 2021

VISTO: El Informe N° 540-2021-MTC/18.01, elaborado por la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto;

Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 029-2019, Decreto de Urgencia que Establece Incentivos para el Fomento del Chatarreo, se disponen medidas para promover el chatarreo como mecanismo dirigido a la renovación o retiro definitivo de vehículos del parque automotor, a fin de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y contaminantes locales que afecten a la salud pública, así como, contribuir a reducir la siniestralidad en las vías públicas y al resguardo de la seguridad vial;

Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final del citado Decreto de Urgencia N° 029-2019, se expide el Decreto Supremo N° 005-2021-MTC que aprueba el Reglamento Nacional para el Fomento del Chatarreo, en adelante, el Reglamento, el cual establece, entre otros, las disposiciones para llevar a cabo el proceso de chatarreo; las condiciones, requisitos y procedimientos para la creación y aprobación de los programas de chatarreo; así como la regulación de los incentivos económicos y no económicos que se otorgan como parte de los programas de chatarreo;

Que, de acuerdo con el literal h) del numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones tiene la función de monitorear y evaluar el cumplimiento y los resultados de los programas de chatarreo creados en el marco del Decreto de Urgencia N° 029-2019, reportando al Ministerio del Ambiente los resultados estimados en reducciones de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) de dichos programas;

Que, en concordancia con lo anterior, el inciso 2 de la Quinta Disposición Complementaria Final del Reglamento, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través de su unidad de organización competente, aprueba mediante Resolución Directoral la metodología para el cálculo de emisiones evitadas con la implementación de los programas de chatarreo y la valoración de externalidades ambientales, en coordinación con el Ministerio del Ambiente;

Que, en el marco de su competencia y funciones previstas en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 785-2020-MTC/01, la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial, mediante Informe N° 540-2021-MTC/18.01, sustenta y propone la aprobación de la “Metodología para el Cálculo de Emisiones Evitadas y Valoración de Externalidades Ambientales Mitigadas, con la Implementación de los Programas de Chatarreo”, cuyo texto, se indica, ha sido coordinado y cuenta con la conformidad del Ministerio del Ambiente;

Que, por lo expuesto, en cumplimiento de lo establecido en la Quinta Disposición Complementaria Final del Reglamento, resulta necesario aprobar la “Metodología para el Cálculo de Emisiones Evitadas y Valoración de Externalidades Ambientales Mitigadas, con la Implementación de los Programas de Chatarreo”, lo cual permitirá monitorear y evaluar los resultados en materia ambiental de los programas de chatarreo;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; el Decreto Supremo N° 005-2021-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional para el Fomento del Chatarreo; y la Resolución Ministerial N° 785-2020-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de la “Metodología para el Cálculo de Emisiones Evitadas y Valoración de Externalidades Ambientales Mitigadas, con la Implementación de los Programas de Chatarreo”

Apruébase la “Metodología para el Cálculo de Emisiones Evitadas y Valoración de Externalidades Ambientales Mitigadas, con la Implementación de los Programas de Chatarreo”, según el texto que, en Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Publicación

Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FERNANDO HUGO CERNA CHORRES

Director General

Dirección General de Políticas y Regulación

en Transporte Multimodal

1946212-1