Ordenanza que aprueba la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lince
ORDENANZA Nº452-2021-MDL
Lince, 13 de abril de 2021
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE
POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, y;
VISTO: El Dictamen Nº02-2021-MDL-CDU, de fecha 31 de marzo de 2021, de la Comisión de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 018-2021-MDL-GAJ, de fecha 15 de enero de 2021, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 009-2021-MDL/GPP, de fecha 13 de enero de 2021, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Técnico Nº002-2021-MDL/GPP/SPIM, de fecha 12 de enero de 2021, de la Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización, el Informe Nº 002-2021-MDL-GDU/SDE, de fecha 04 de enero de 2021, de la Subgerencia de Desarrollo Económico, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), es un documento de gestión que contiene toda la información relacionada a la tramitación de procedimientos administrativos que los administrados realizan ante las distintas dependencias estatales. Su importancia consiste en ser un instrumento que permite unificar, reducir y simplificar todos los procedimientos administrativos llevados a cabo en una entidad pública, a fin de proporcionar servicios óptimos al administrado;
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019- JUS, señala en el numeral 44.1 del artículo 44º, que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo, asimismo, el numeral 44.5, del citado artículo señala que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, o por resolución del titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución Política del Perú, o por Resolución de Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, Resolución del órgano de dirección o del titular de los organismos técnicos especializados, según corresponda, Decreto Regional o Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo;
Que, mediante la Ordenanza Nº 403-2018-MDL, de fecha 18 de junio de 2018, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lince, el cual fuera ratificado por Acuerdo de Concejo Nº 303-2018-MML;
Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 08-2019-MDL, de fecha 26 de junio de 2019, se aprueba la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lince, en cumplimiento con la adecuación de los Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencia de Funcionamiento, aprobados a través del Decreto Supremo Nº 045-2019-PCM;
Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 017-2019-MDL, de fecha 06 de diciembre de 2019, se aprueba la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lince, en virtud de lo establecido en la normativa de simplificación administrativa, el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y las observaciones formuladas por la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas en relación a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 045-2019-PCM. Asimismo, mediante este Decreto se deroga el Decreto de Alcaldía Nº 008-2019-MDL;
Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 02-2020-MDL, de fecha 12 de febrero de 2020, se aprueba la modificación parcial del TUPA de la Municipalidad Distrital de Lince aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 17-2019-MDL, en el marco normativo establecido en el Decreto Supremo Nº 045-2019-PCM;
Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 05-2020-MDL, de fecha 08 de julio de 2020, se aprueba la modificación y actualización del TUPA de la Municipalidad Distrital de Lince, en el marco normativo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1497;
Que, mediante la Ordenanza Nº 440-2020-MDL, de fecha 22 de julio de 2020, se aprueba la modificación y actualización del TUPA de la Municipalidad Distrital de Lince, en el marco normativo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1497;
Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 11-2020-MDL, de fecha 24 de octubre de 2020, se aprueba la modificación del TUPA de la Municipalidad Distrital de Lince, en el marco normativo establecido en el Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM;
Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 01-2021-MDL, de fecha 20 de enero de 2021, se aprueba la modificación del TUPA de la Municipalidad Distrital de Lince, en el marco normativo establecido en el Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 163-2020-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el día 03 de octubre de 2020, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y los formatos actualizados de Declaración Jurada;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el día 19 de diciembre de 2020, se aprueba los Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencia de Funcionamiento y de Licencia Provisional de Funcionamiento para Bodegas;
Que, con Informe Nº 002-2021-MDL-GDU/SDE, de fecha 04 de enero de 2021, la Subgerencia de Desarrollo Económico, luego de revisar los Decretos Supremos Nº 163 y 200-2020-PCM, remite los Anexo 01, Formularios y Tablas ASME de los procedimientos administrativos de Licencias de Funcionamiento, solicitando a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto que se continúe con el trámite correspondiente;
Que, con Informe Técnico Nº 002-2021-MDL-GPP/SPIM, de fecha 12 de enero de 2021, la Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización, en virtud a los Decretos Supremos Nº 163 y 200-2020-PCM, remite a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el proyecto de modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), de la Municipalidad Distrital de Lince, con la adecuación de los procedimientos administrativos de Licencias de Funcionamiento;
Que, con Memorándum Nº 009-2020-MDL-GPP, de fecha 13 de enero de 2021, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica los actuados, a fin de que dicha Gerencia emita opinión legal en mérito del Informe Técnico Nº 002-2021-MDL-GPP/SPIM, a fin de proseguir con el trámite correspondiente;
Que, con Informe Nº 018-2021-MDL-GAJ, de fecha 15 de enero de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable respecto a la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lince, en virtud de lo establecido en los Decretos Supremos Nº 163 y 200-2020-PCM;
Que, en ese orden de ideas, la Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización, ha elaborado el Informe Técnico – modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lince; sustentando técnicamente la adecuación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, conforme al Decreto Supremo Nº 163-2020-PCM y Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM;
Que, mediante el Dictamen Nº02-2021-MDL-CDU, de fecha 31 de marzo de 2021, la Comisión de Desarrollo Urbano en minoría recomienda la aprobación del proyecto de Ordenanza que Aprueba la Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital De Lince, no incrementándose el derecho de tramitación;
Que, en la presente Sesión de Concejo, se precisa que no habrá ningún incremento en el derecho de trámite de los Procedimientos administrativos, manteniéndose el derecho de trámite vigente;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9º, numeral 8) y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el VOTO MAYORITARIO de los miembros del Pleno del Concejo Municipal, y con Ia dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE
Artículo Único.- APROBAR, la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lince, en los siete (07) procedimientos estandarizados de Licencia de Funcionamiento, manteniéndose el derecho de trámite vigente, conforme al Anexo, que forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal.
Nº |
Procedimientos administrativos |
1 |
Licencia de funcionamiento para cambio de giro |
2 |
Licencia de funcionamiento para edificaciones calificadas con nivel de riesgo alto (Con ITSE previa) |
3 |
Licencia de funcionamiento para edificaciones calificadas con nivel de riesgo muy alto (Con ITSE previa) |
4 |
Licencia de funcionamiento corporativa para mercados de abastos, galerías comerciales y centros comerciales (Con ITSE previa) |
5 |
Licencia de funcionamiento para cesionarios en edificaciones calificadas con nivel de riesgo alto (Con ITSE previa) |
6 |
Licencia provisional de funcionamiento para bodegas |
7 |
Transferencia de licencia de funcionamiento o cambio de denominación o nombre comercial de la persona jurídica |
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- DISPONER, que la presente Ordenanza, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Segunda.- ENCÁRGUESE, a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Desarrollo Económico, Subgerencia de Tecnologías de la Información, Subgerencia de Tesorería, Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización, y Subgerencia de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Tercera.- ENCARGAR, a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario oficial “El Peruano”, y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lince, www.munilince.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.
VICENTE AMABLE ESCALANTE
Alcalde
* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.
1945063-1