Aprueban el documento denominado “Lineamientos para la Evaluación de Desempeño Teórico, Práctico y Metodológico de los aspirantes a capacitadores en la formación de conciliadores extrajudiciales” y sus anexos
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 427-2021-JUS/DGDPAJ-DCMA
Lima, 5 de abril de 2021
VISTOS; el Informe N° 035-2020-JUS/DGDPAJ-DCMA-IyD del Equipo de Investigación y Desarrollo, el Informe Nº 0036-2021-JUS/CEJDH.afv del Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos y el Informe N° 021-2021-JUS/DGDPAJ-DCMA; y,
CONSIDERANDO:
Que, el inciso f) del artículo 30 B de la Ley Nº 26872 Ley de Conciliación, incorporado por el Decreto Legislativo Nº 1070, señala que la evaluación de desempeño teórico, práctico y metodológico, está a cargo de la Escuela Nacional de Conciliación Extrajudicial - ENCE;
Que, el inciso 6 del artículo 64 del Decreto Supremo N° 14-2008-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 06-2020-JUS Reglamento de la Ley de Conciliación establece que la evaluación de desempeño teórico, práctico y metodológico, está a cargo de la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos a través de la Escuela Nacional de Conciliación Extrajudicial -ENACE;
Que, los incisos q) y o) del artículo 81 del Reglamento de Organización y Funciones –ROF- del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, enumera alguna de las funciones de la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, como es la de realizar la evaluación de desempeño teórico, práctico y metodológico a los aspirantes a capacitadores en conciliación, así como expedir resoluciones directorales, directivas, circulares, protocolos de actuación, guías de procedimientos y demás documentos de gestión de carácter general orientados a lograr la eficiencia y eficacia de los servicios que brinda;
Que, resulta necesario normar el desarrollo de la evaluación de desempeño teórico, práctico y metodológico de los aspirantes a capacitador en formación de conciliadores extrajudiciales, así como reducir el riesgo de contagio de contagio delCovid-19 durante el desarrollo de dicha evaluación, por lo que corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente para dicho efecto; y,
De conformidad con la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y sus modificatorias; Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Ley N° 26872, Ley de Conciliación modificado por Decreto Legislativo N° 1070; Reglamento de la Ley de Conciliación aprobado por Decreto Supremo N° 014-2008-JUS y sus modificatorias; Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Texto Único del Procedimiento Administrativo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, modificado por Resolución Ministerial N° 0267-2017-JUS, Resolución Ministerial N° 0008-2018-JUS y Resolución Ministerial N° 0275-2019-JUS; y Resolución Ministerial N° 0137-2019-JUS;
SE RESUELVE:
Articulo 1.- Aprobar el documento denominado “Lineamientos para la Evaluación de Desempeño Teórico, Práctico y Metodológico de los aspirantes a capacitadores en la formación de conciliadores extrajudiciales” y sus Anexos 1, 2, 3, 4 y 5 que forman parte integrante del mismo.
Articulo 2.- Disponer, que los Equipos de la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, que intervengan en la evaluación de desempeño teórico, práctico y metodológico de los aspirantes a capacitadores en la formación de conciliadores extrajudiciales, den cumplimiento a lo dispuesto en el presente Lineamiento.
Articulo 3.- Disponer, que se remita copia de la presente resolución y anexos al aspirante que solicite la evaluación de desempeño teórico, práctico y metodológico, para su conocimiento y fines correspondientes.
Artículo 4.- Disponer, que los pedidos de evaluación de desempeño teórico, práctico y metodológico, que a la fecha aún no se haya realizado, se adecuen a lo dispuesto en el presente lineamiento para el desarrollo de la misma.
Articulo 5.- Dejar sin efecto toda norma que se oponga a lo dispuesto por la presente resolución.
Artículo 6.- Disponer se publique la presente Resolución Directoral aprobada por el artículo 1, en el Diario Oficial El Peruano; así como el documento denominado “Lineamientos para la Evaluación de Desempeño Teórico, Práctico y Metodológico de los aspirantes a capacitadores en la formación de conciliadores extrajudiciales” y sus Anexos 1, 2, 3, 4 y 5 en la página web del MINJUSDH (www.gob.pe/minjus). Asimismo, poner en conocimiento a la Dirección General de Defensa Pública; y, a la Oficina General de Imagen y Comunicación del MINJUSDH, para los fines de su competencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
KATALINA AVALOS CORDERO
Directora
Dirección de Conciliación Extrajudicial y Mecanismos
Alternativos de Solución de Conflictos
1943892-1