Ratifican el “Memorando de Entendimiento entre las Autoridades de Aviación Civil de los Estados Miembros de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil sobre Liberalización Temporal de la Sétima Libertad para los Servicios Exclusivos de Carga”

Resolución Ministerial

N° 333-2021-MTC/01

Lima, 13 de abril de 2021

VISTO: El Informe N° 043-2021-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 8 de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, en adelante la Ley, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la única Autoridad Aeronáutica Civil, la cual es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada;

Que, el literal n) del artículo 9 de la Ley, establece que la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente, entre otras materias, para ejecutar la política aérea nacional, así como negociar y suscribir acuerdos en materia aeronáutica de índole técnico o aerocomercial;

Que, según el artículo 82 de la Ley, la actividad aerocomercial se establece en el orden internacional mediante servicios de transporte aéreo de empresas nacionales y extranjeras, a cuyo efecto la Dirección General de Aeronáutica Civil otorgará las respectivas autorizaciones y celebrará actas o memoranda de entendimiento sobre transporte aéreo, las que para entrar en vigencia deberán ser ratificadas por el Ministro de Transportes y Comunicaciones;

Que, asimismo, el artículo 12 del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC, entre otros aspectos, faculta al Director General de Aeronáutica Civil a negociar y suscribir actas o memoranda de entendimiento, las que para entrar en vigencia deben ser ratificadas por el Ministro de Transportes y Comunicaciones;

Que, con el documento de visto, el Director General de la Dirección General de Aeronáutica Civil informa que en el marco de sus competencias ha suscrito el 14 de diciembre de 2020 el documento denominado “Memorando de Entendimiento entre las Autoridades de Aviación Civil de los Estados Miembros de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil sobre Liberalización Temporal de la Sétima Libertad para los Servicios Exclusivos de Carga”, el cual solicita sea ratificado mediante Resolución Ministerial, en el marco de las normas antes señaladas;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 0785-2020-MTC/01;

SE RESUELVE:

Artículo Único. - Ratificar el “Memorando de Entendimiento entre las Autoridades de Aviación Civil de los Estados Miembros de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil sobre Liberalización Temporal de la Sétima Libertad para los Servicios Exclusivos de Carga”, suscrito el 14 de diciembre de 2020 por el Director General de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ

Ministro de Transportes y Comunicaciones

1943848-1