Aprueban actos administrativos para la inscripción en la SUNARP de Lima de los bienes de dominio público o privado que se encuentren bajo la administración de la Municipalidad Distrital de Surquillo
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 016-2021-MDS
Surquillo, 30 de marzo de 2021
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SURQUILLO:
VISTO; el Dictamen Nº 005-2021-CAPPR-CM-MDS de fecha 27 de marzo de 2021 emitido por la Comisión de Administración, Planeamiento, Presupuesto y Rentas; el Dictamen Nº 002-2021-CPVAL-CM-MDS de fecha 27 de marzo de 2021 emitido por la Comisión de Participación Vecinal y Asuntos Legales, respecto al saneamiento legal de los bienes inmuebles municipales; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de Surquillo, es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales son entidades, básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. En ese sentido, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines;
Que, de conformidad con los numerales 1 y 6 del artículo 56º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son bienes de las municipalidades, los bienes inmuebles y muebles de uso público destinados a servicios públicos locales, así como, los aportes provenientes de habilitaciones urbanas, entre otros. Asimismo, el artículo 58º del citado cuerpo normativo, señala que los bienes inmuebles de las municipalidades a que se refiere el presente capítulo, se inscriben en los Registros Públicos, a petición del alcalde y por el mérito del acuerdo de concejo correspondiente;
Que, según el artículo 9º de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en su párrafo tercero, precisa que los actos que realizan los gobiernos locales, respecto de los bienes de su propiedad, así como los de dominio público que se encuentran bajo su administración, se ejecutan conforme a la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y a la presente Ley y su reglamento, en lo que fuera aplicable, estando obligados a remitir a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, información de los referidos bienes para su registro en el Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales – SINABIP;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1358, Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 21951, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, precisa que para optimizar el saneamiento físico legal de los inmuebles estatales y facilitar la inversión pública y privada regula la inscripción de bienes inmuebles de las municipalidades señalando que las mismas efectúan el saneamiento de los bienes de su propiedad y los de dominio público bajo su administración, indicados en el artículo 56º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades conforme a la Octava Disposición Complementaria de la citada Ley, derogando el articulo 4º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, la Ley Nº 26512 y la Ley Nº 27493;
Que, en ese contexto el Informe Nº 355-2021-SGLM-GAF-MDS de fecha 15 de marzo de 2021 emitido por la Subgerencia de Logística y Maestranza, solicitó que en cumplimiento a los dispositivos legales antes citados se proceda al saneamiento físico legal de los bienes inmuebles de propiedad municipal cuya identificación se describe a fin de obtener la inscripción correspondiente ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP de Lima de acuerdo al procedimiento determinado;
Que, de acuerdo al Informe Nº 031-2021-GAJ-MDS de fecha 24 de marzo de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica, hace de conocimiento que los sustentos legales descritos prescribe la obligatoriedad de proceder a la inscripción de los bienes de propiedad de la Municipalidad Distrital de Surquillo;
Que, consecuentemente es de interés de la Municipalidad Distrital de Surquillo obtener el saneamiento físico legal y la inscripción registral de los bienes inmuebles así como los de dominio público que se encuentran bajo su administración ejecutándose conforme a la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, así como, lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 130-2001-EF, en el cual las Entidades Públicas deberán por su propia cuenta efectuar el saneamiento técnico legal y contable de los inmuebles de propiedad estatal debiendo las oficinas registrales de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, inscribir en el Registro de Propiedad Inmueble respectivo la propiedad de los terrenos, edificaciones, construcciones, modificaciones y derechos de diversa índole sobre los mismos que sean titulares, bienes de dominio público o privado debiendo publicar por una sola vez en el Diario Oficial “El Peruano” y en otro de circulación regional, como también en el portal institucional la relación de bienes y actos materia de saneamiento;
Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se adoptó el siguiente:
ACUERDO:
Artículo Primero.- APROBAR los actos administrativos para la inscripción en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP de Lima de los bienes de dominio público o privado que se encuentren bajo la administración de la Municipalidad Distrital de Surquillo, con la finalidad que la Gerencia de Administración y Finanzas a través de la Subgerencia de Logística y Maestranza, realice el saneamiento físico legal de los bienes descritos en el Cuadro Nº 01, que como anexo forma parte integrante del presente acuerdo.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR al señor Giancarlo Guido Casassa Sánchez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Surquillo, la suscripción de la documentación necesaria para la inscripción de los bienes señalados en el anexo adjunto ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) de Lima.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Logística y Maestranza de la Municipalidad Distrital de Surquillo, realicen las acciones pertinentes para el cumplimiento del presente acuerdo.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Surquillo (www.munisurquillo.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GIANCARLO GUIDO CASASSA SÁNCHEZ
Alcalde
ACUERDO DE CONCEJO Nº 016-2021-MDS
CUADRO Nº 01
Nº |
PARTIDA REGISTRAL |
DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE |
UBICACIÓN |
1. |
13160473 |
Área 5,564.29 m2, Perímetro 328.14 ml, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: Por el Frente: Colinda con la Av. Angamos Este con una línea quebrada de dos tramos que de derecha a izquierda miden 35.31 ml y 106.60 ml; Por la Derecha: Colinda con la Av. Tomas Marsano con 44.70 ml; Por la Izquierda: Colinda con propiedad de terceros con 18.60 ml; Por el Fondo: Colinda con la propiedad de Miraflores inscrita en el Tomo 58-B Fojas 139 y con la Unidad Inmobiliaria Nº 4 con una línea recta que mide 122.93 ml. |
Unidad Inmobiliaria ubicado frente a la Av. Angamos Este esquina con Av. Tomas Marsano, distrito de Surquillo |
2. |
13160475 |
Área 4,444.10 m2, Perímetro 272.78 ml, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: Por el Frente: Colinda con la Av. Angamos este con 59.39 ml; Por la Derecha: Colinda con Propiedad de Terceros con 89.92 ml; Por la Izquierda: Colinda con la Unidad Inmobiliaria Nº 3 con 62.49 ml; Por el Fondo: Colinda con la Unidad Inmobiliaria Nº 4 con 60.98 ml. |
Unidad Inmobiliaria ubicado frente a la Av. Angamos Este, distrito de Surquillo |
3. |
13160476 |
Área 3,104.10 m2, Perímetro 238.05 ml, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: Por el Frente: Colinda con la Av. Angamos este con 44.94 ml; Por la Derecha: Colinda con las Unidades Inmobiliarias Nº 2 y Nº 4, con una línea quebrada de dos tramos que partiendo desde el frente miden 62.49 ml, y 20.54 ml; Por la Izquierda: Colinda con propiedad de terceros con 77.38 ml; Por el Fondo: Colinda con la Unidad Inmobiliaria Nº 4 con 32.70 ml. |
Unidad Inmobiliaria ubicado frente a la Av. Angamos Este, distrito de Surquillo |
4. |
13160477 |
Área 34,050.63 m2, Perímetro 947.86 ml, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: Por el Frente: Colinda con la Av. Tomas Marsano con 148.71 ml; Por la derecha: Colinda con la Calle La Calera con 177.34 ml; Por la Izquierda: Colinda con propiedad de la Municipalidad de Miraflores inscrita en el Tomo 58-B Fojas 139, con la Unidad Inmobiliaria Nº 2 con una línea quebrada de seis tramos que partiendo desde el frente miden 100.00 ml, 100.00 ml, 22.93 ml, 101.62 ml, 42.20 ml y 60.98 ml. Por el Fondo: Colinda con propiedad de terceros y con la Unidad Inmobiliaria Nº 3, con una línea quebrada de siete tramos que de derecha a izquierda miden 19.18 ml, 6.84 ml, 7.10ml, 6.92 ml, 100.80 ml, 32.70 ml y 20.54 ml. |
Unidad Inmobiliaria ubicado frente a la Av. Tomas Marsano esquina con la Calle Calera, distrito de Surquillo |
5. |
07003906 |
Área 10,000.00 m2, Perímetro 947.86 ml, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: Por el Frente: Colinda con la Av. Tomas Marsano con 1100.00 ml, (anteriormente, camino real que va al fundo “Higuereta”); Por la derecha: Colinda con la Unidad Inmobiliaria Nº 4, (anteriormente callejón y acequia de Miraflores) con 100.00 ml; Por la Izquierda y Por el Fondo: Colinda con propiedad de la Municipalidad de Miraflores inscrita en el Tomo 58-B Fojas 139, con la Unidad Inmobiliaria Nº 1 con 100.00 ml. y 100.00 ml., (anteriormente con el resto del mismo potrero Pacae). |
Unidad Inmobiliaria ubicado frente a la Av. Tomas Marsano, distrito de Surquillo |
1943646-1