Otorgan a favor de Energía Renovable del Sur S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la Central Eólica “Parque Eólico San Juan de 131,1 MW”, ubicada en el distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica

Resolución Ministerial

Nº 102-2021-MINEM/DM

Lima, 8 de abril de 2021

VISTOS: El Expediente Nº 17394220, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la Central Eólica “Parque Eólico San Juan de 131,1 MW”, presentada por Energía Renovable del Sur S.A.; y, los Informes Nº 125-2021-MINEM/DGE-DCE y Nº 198-2021-MINEM/DGE-DCE, elaborados por la Dirección General de Electricidad y los informes Nº 166-2021-MINEM/OGAJ y Nº 231-2021-MINEM/OGAJ, elaborados por la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento con Registro Nº 3094443, de fecha 16 de noviembre de 2020, la empresa Energía Renovable del Sur S.A. solicita el otorgamiento de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la Central Eólica “Parque Eólico San Juan de 131,1 MW”, ubicada en el distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica;

Que, conforme lo dispone el literal d) del artículo 3 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, se requiere concesión definitiva para el desarrollo de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables, con potencia instalada mayor de 500 KW. Asimismo, el artículo 28 del referido Decreto Ley establece que, cuando corresponda, la concesión definitiva será otorgada por Resolución Ministerial de Energía y Minas;

Que, conforme al literal l) del artículo 64 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias, la Dirección General de Electricidad tiene la función de “Evaluar, emitir opinión y tramitar solicitudes de concesiones, autorizaciones y servidumbres para desarrollar actividades de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica”;

Que, conforme a los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, de acuerdo a sus competencias, han verificado que la solicitud de la empresa Energía Renovable del Sur S.A. cumple con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; y en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; por lo que recomiendan otorgarle la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables para la Central Eólica “Parque Eólico San Juan de 131,1 MW”;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 038-2014-EM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de Energía Renovable del Sur S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la Central Eólica “Parque Eólico San Juan de 131,1 MW”, ubicada en el distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica, en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución.

Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 563-2021 a suscribirse entre Energía Renovable del Sur S.A. y el Ministerio de Energía y Minas, el cual consta de 19 cláusulas y 4 anexos.

Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 4.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen al indicado Contrato de Concesión Nº 563-2021, referido en el artículo 2 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de Energía Renovable del Sur S.A., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME GALVEZ DELGADO

Ministro de Energía y Minas

1943399-1