Ordenanza que modifica el artículo 21° del Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Comas, aprobado por Ordenanza N° 595/MDC

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 611/MDC

Comas, 26 de marzo de 2021

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS

VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de marzo de 2021, el Informe Nº 09-2021-SGPVL-GDS/MDC de la Subgerencia del Programa del Vaso de Leche, el Informe Nº 013-2021-GDS-GM/MDC de la Gerencia de Desarrollo Social, el Informe Nº 94-2021-GAJ/MDC de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; el Proveído Nº 063-2021-GM/MDC de la Gerencia Municipal, el Dictamen Nº 001-2019-CSPS/MC de la Comisión Ordinaria de Regidores de Salud y Programas Sociales y el Dictamen Nº 09-2021-CAJ/MC de la Comisión Ordinaria de Regidores de Asuntos Jurídicos; concernientes al proyecto de ordenanza que modifica el Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Comas aprobado por Ordenanza Municipal Nº 595/MDC, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, la Ley N.º 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su artículo 39º, que los Concejos Municipales ejercen funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; concordantes con el artículo 40º y artículo 9º inciso 8 de la mencionada Ley;

Que, el Artículo 84º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, norma sobre los Programas Sociales, Defensa y Promoción de Derechos, cuyo numeral 2.11 del inciso 2 establece entre otras, que las funciones específicas exclusivas de las Municipalidades Distritales, es la de ejecutar el Programa del Vaso de Leche y demás programas de apoyo alimentario con participación de la población y en concordancia con la legislación sobre la materia;

Que, el numeral 2.1. del artículo 2º de la Ley 27470, que establece normas complementarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche, señala que, en cada municipalidad provincial en el distrito capital de la provincia, en las municipalidades distritales y delegadas ubicadas en su jurisdicción, se conforma un Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche. El Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche será aprobado por dicho Comité y deberá ser reconocido por el Concejo Municipal;

Que, con Ordenanza Municipal Nº 595/MDC publicada en el Diario Oficial ‘El Peruano’ el 18 de setiembre de 2020, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Comas, reglamento que en su artículo 21º establece el periodo de vigencia de dicho Comité: “Ejercer sus funciones máximo por dos años consecutivos, no pudiendo ser reelectos en forma inmediata”.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA y sus ampliatorias y modificatorias se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional a raíz del brote de COVID-19, y mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM y modificatorias, se declara el Estado de Emergencia Nacional, situación que implica un aislamiento obligatorio (cuarentena) garantizándose el abastecimiento de productos y servicios de carácter esencial, siendo la última prórroga por el plazo de treinta y un días (31) a partir del lunes 01 de marzo de 2021, establecido por el Decreto Supremo Nº 036-2021-PCM;

Que, mediante Informe Nº 09-2021-SGPVL-GDS/MDC la Subgerencia del Programa del Vaso de Leche sustenta a la Gerencia de Desarrollo Social la necesidad de modificar el artículo 21º del Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Comas aprobado por Ordenanza Nº 595/MDC, por la suspensión de las reuniones comunales entre la dirigencia central de la Organización del Vaso de Leche con sus bases para elegir a sus tres (03) representantes que integren el nuevo Comité de Administración en razón de la Emergencia Sanitaria establecida por el Gobierno Central y propone como texto sustitutorio: “Ejercer sus funciones máximo por dos años consecutivos, no pudiendo ser reelectos en forma inmediata, solo se podrá extender la vigencia teniendo como supuesto situaciones relativas al caso fortuito o fuerza mayor y otras de índole excepcional”;

Que, mediante Informe Nº 013-2021-GDS/MDC, la Gerencia de Desarrollo Social remite la solicitud de modificación del artículo 21º del Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche requerida por la Subgerencia del Programa del Vaso de Leche para proseguir con el trámite correspondiente;

Que, mediante Informe Nº 94-2021-GAJ/MDC la Gerencia de Asuntos Jurídicos, opina de manera favorable por la modificación del artículo 21º del citado Reglamento aprobado por la Ordenanza Nº 595/MDC, Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche, y señala además que el mismo debe someterse a la aprobación en Sesión de Concejo Municipal;

Que, mediante Dictámenes Nº (s) 009-2021-CAJ/MDC y 001-2021-CSPS/MDC las Comisiones Ordinarias de Asuntos Jurídicos, así como de Salud y Programas Sociales, respectivamente, emiten dictámenes favorables y ponen a consideración del Concejo Municipal el proyecto de ordenanza que propone modificar el Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Comas, aprobado por Ordenanza Nº 595/MDC;

Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones previstas en los numerales 8 y 9 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, luego de la respectiva deliberación y evaluación de los documentos concernientes al proyecto de ordenanza que modifica el Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Comas, aprobado por Ordenanza Nº 595/MDC, con el voto por UNANIMIDAD de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA EL Artículo 21º

DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS,

APROBADO POR ORDENANZA Nº 595/MDC

Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo 21º del Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Comas, aprobado por Ordenanza Nº 595/MDC, conforme al siguiente texto:

“VI. Funciones Generales del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche

(...)

Artículo 21.- Ejercer sus funciones máximo por dos años consecutivos, no pudiendo ser reelectos en forma inmediata, solo se podrá extender la vigencia teniendo como supuesto situaciones relativas al caso fortuito o fuerza mayor y otras de índole excepcional.

(...)

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social, Subgerencia del Programa del Vaso de Leche y demás órganos y/o unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza.

Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Subgerencia de Informática y Gobierno Electrónico la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas: www.municomas.gob.pe.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

RAUL DIAZ PEREZ

Alcalde

1943096-1