Prorrogan vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante R.M. N° 144-2020-EF/15

Resolución Ministerial

Nº 130-2021-EF/15

Lima, 12 de abril del 2021

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 144-2020- EF/15, se conformó el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, con el objeto de formular la estrategia con las medidas para la reanudación progresiva de actividades económicas en el marco de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional dispuesta mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA y del Estado de Emergencia Nacional dispuesto mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y sus prórrogas;

Que, el artículo 8 de la citada Resolución Ministerial establece que el Grupo de Trabajo tiene una vigencia de treinta (30) días hábiles contados a partir de su instalación;

Que, mediante las Resoluciones Ministeriales N° 170-2020-EF/15, N° 211-2020-EF/15, N° 256-2020-EF/15, N° 295-2020-EF/15, N° 332-2020-EF/15, N° 017-2021-EF/15 y N° 078-2021-EF/15, se prorrogó el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial N° 144-2020-EF/15, por doscientos diez (210) días hábiles;

Que, conforme al acuerdo adoptado en la sesión del Grupo de Trabajo de fecha 8 de abril de 2021, la Secretaría Técnica del mencionado Grupo de Trabajo por encargo del mismo, solicita la prórroga de su vigencia hasta el 27 de julio de 2021, a efectos de culminar las tareas asignadas al citado Grupo;

Que, en ese sentido, se estima conveniente prorrogar el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial N° 144-2020-EF/15, hasta el 27 de julio de 2021;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Prorrogar el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial N° 144-2020-EF/15, hasta el 27 de julio de 2021.

Artículo 2. Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en la Plataforma digital única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en los portales institucionales de los ministerios que integran el Grupo de Trabajo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALDO MENDOZA BELLIDO

Ministro de Economía y Finanzas

1943045-1