Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del INDECOPI

RESOLUCIÓN Nº 000060-2021-geg/INDECOPI

San Borja, 9 de abril de 2021

VISTOS:

El Informe Nº 000144-2021-GRH/INDECOPI, el Informe Nº 000015-2021-GPG/INDECOPI, el Memorándum Nº 000562-2021-GRH/INDECOPI, el Memorándum Nº 000564-2021-GRH/INDECOPI, y el Informe Nº 000279-2021/GEL, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 13 de noviembre de 2015, se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE”;

Que, con fecha 1 de abril de 2016, se publica en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, que aprueba la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 182-2020-PCM, de fecha 27 de julio de 2020, la Presidencia del Consejo de Ministros aprueba el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual – INDECOPI;

Que, el literal f) del numeral 4.3 de la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, define al Cuadro de Asignación Personal (CAP) Provisional como el documento de gestión de naturaleza temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, en base a su estructura orgánica vigente, prevista en su Reglamento de Organización y Funciones;

Que, conforme al numeral 5 del Anexo 4 de la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento a través del cual se pueden realizar reajustes en los campos de “nº de orden”, “cargo estructural”, “código”, “clasificación”, “situación del cargo” y “cargos de confianza”, así como otras acciones de administración que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad;

Que, el numeral 1.3 del Anexo 4 de la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, establece que las entidades que cuenten con un CAP Provisional podrán ajustar el documento hasta por un máximo del 5% del total de cargos, conforme a los lineamientos establecidos en el numeral 5 del mismo Anexo;

Que, el segundo párrafo del numeral 5 del anexo 4 de la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, establece que el reordenamiento del CAP Provisional puede ser aprobado mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al Titular de la entidad, previo informe de la Oficina de Recursos Humanos, con el visto bueno de la Oficina de Racionalización;

Que, con Informe Nº 000144-2021-GRH/INDECOPI, la Gerencia de Recursos Humanos remite a la Gerencia de Planeamiento y Gestión Institucional la propuesta para el reordenamiento del CAP Provisional de INDECOPI;

Que, a través del Informe Nº 000015-2021-GPG/INDECOPI, el Área de Racionalización y Gestión Institucional de la Gerencia de Planeamiento y Gestión Institucional, emite opinión técnica sobre la propuesta de reordenamiento de cargos del CAP Provisional;

Que, mediante Memorándum Nº 000562-2021-GRH/INDECOPI y Nº 000564-2021-GRH/INDECOPI, la Gerencia de Recursos Humanos remite a la Gerencia General la propuesta final de reordenamiento de cargos del CAP Provisional, en la cual se consigna que, de los seiscientos setenta y ocho (678) cargos existentes, ochenta y nueve (89) se encuentran “previstos” y, quinientos ochenta y nueve (589) “ocupados”, dándose cambios en la situación de sesenta y un (71) cargos, el desplazamiento de veintiún (21) cargos y el cambio de denominación de un (1) cargo;

Que, el literal g) del numeral 4.3 de la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, señala que el Titular de la entidad, a efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, es la máxima autoridad administrativa;

Que, el artículo 49º de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1033 y modificatorias, establece que la Gerencia General es el máximo órgano ejecutivo y administrativo de la institución;

Con el visto bueno de la Gerencia de Recursos Humanos, la Gerencia de Planeamiento y Gestión Institucional y la Gerencia Legal;

De conformidad con el numeral 5 del anexo 4 y el literal g del numeral 4.3 de la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSEH, y el artículo 49º de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del INDECOPI, de conformidad a los anexos que forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Gerencia de Recursos Humanos, coordinar con las áreas pertinentes la difusión del documento de gestión institucional aprobado.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar del Estado Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Milagritos Pastor Paredes

Gerenta General

1942946-1