Modifican los Decretos Regionales N°s. 0002, 000010, 00004; aprueban en el marco del Sistema Regional la creación de los nuevos Grupos Técnicos Regionales y la conformación de sus integrantes, y dictan diversas disposiciones

Decreto Regional

Nº 001

Callao, 23 de marzo de 2021

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO

VISTO:

Los Informes Nº 013-2021-GRC/GRRNGMA/MEGG de fecha 18 de febrero de 2021, Informe Nº 021-2021-GRC/GRRNGMA de fecha 25 de febrero de 2021, Informe Legal Nº 002-2021-GRC/GRRNGMA/FMGC de fecha 25 de febrero de 2021, y las Actas Nº 012-2020/CAR Callao de fecha 04 de diciembre de 2020, Acta Nº 009-2019/C.A.R CALLAO de fecha 11 de octubre del 2019, Acta Nº 011-2019/C.A.R CALLAO de fecha 22 de noviembre de 2019, Acta Nº 010-2020/CAR CALLAO de fecha 05 de noviembre de 2020, Decreto Regional Nº 0002 de fecha 16 de enero 2020, Decreto Regional Nº 00004 de fecha 17 de octubre de 2013, Decreto Regional Nº 00010 de fecha 16 de diciembre de 2011, Decreto Regional Nº 00003 de fecha 12 de junio de 2015 y Decreto Regional Nº 00007 de fecha 05 de setiembre de 2011;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 2, inciso 22, consagra el derecho fundamental de la persona a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida;

Que, el inciso u) del artículo 21º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala entre las atribuciones del Gobernador Regional, la de proponer, ejecutar las estrategias y políticas para el fomento de la participación ciudadana;

Que, el artículo 23º de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental - Ley Nº 28245, establece que las Comisiones Ambientales Regionales (CAR), son las instancias de gestión ambiental, de carácter multisectorial, encargadas de coordinar y concertar la política ambiental regional, promueven el diálogo y el acuerdo entre los sectores público y privado;

Que, el artículo 40º del Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM establece que la Comisión Ambiental Regional, es la instancia de gestión ambiental de carácter multisectorial, encargada de la coordinación y concertación de la política ambiental regional, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre los sectores público y privado;

Que, mediante el artículo 30º del Reglamento de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, se les faculta a los Gobiernos Regionales la creación de los Grupos Técnicos Regionales;

Que, en el artículo 44º del Reglamento de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, indica que los Grupos Técnicos Regionales, tiene como uno de los objetivos, preparar propuestas específicas para el establecimiento de políticas, planes, programas y actividades regionales.

Que, las demás entidades del Estado ejercen sus funciones apoyando al desarrollo de las actividades de gestión ambiental en el marco del SNGA, de la constitución y de sus respectivas Leyes Orgánicas o de creación;

Decreto Regional Nº 0002 de fecha 16 de enero 2020, se aprueba la Modificación de la Conformación de los miembros y el Nuevo reglamento interno de la Comisión Ambiental Regional del Callao – CAR Callao, derogándose el Decreto Regional Nº 000004 de fecha 26 de julio de 2011;

Decreto Regional Nº 00004 de fecha 17 de octubre de 2013, se aprueba en el Marco del Sistema Regional de Gestión Ambiental, la Creación de los Grupos Técnicos Regionales de Recuperación de la Calidad de Recursos Hídrico del Rio Rímac en la Provincia Constitucional del Callao, así como el de Gestión y manejo de Residuos Sólidos de la Construcción en la Provincia Constitucional del Callao;

Decreto Regional Nº 00010 de fecha 16 de diciembre de 2011, se aprueba modificar el inciso c) del Artículo Primero, así como el Artículo Segundo del Decreto Regional Nº 00007 de fecha 05 de Setiembre de 2011, a nivel de la integración de los Grupos Técnicos Regionales de: “Educación Ambiental de la Región Callao” y “Cambio Climático y Diversidad Biológica del Callao. Asimismo, el Artículo Quinto, aprueba la aprobación del Grupo Técnico Regional de “Recuperación del Litoral Costero del Callao”;

Decreto Regional Nº 00003 de fecha 12 de junio de 2015, se aprueba en el marco del Sistema Regional de Gestión Ambiental, la Creación del Grupo Técnico Regional “Para la Prevención de la Contaminación por metales pesados en el Distrito de Ventanilla”;

Decreto Regional Nº 00007 de fecha 05 de setiembre de 2011, se aprueba la Creación de los Grupos Técnicos Regionales de Prevención, Reducción y Control de la Intoxicación por Plomo en el Callao, Educación ambiental en la Región Callao, y Cambio Climático y Diversidad Biológica del Callao.

Que, con Acta Nº 009-2019/C.A.R CALLAO de fecha 11 de octubre de 2019, se llevó acabo la reunión con los miembros de la Comisión Ambiental Regional del Callao, mediante el cual aprueba, entre otros, la creación del “Grupo Técnico Educación Ambiental de la CAR- Callao”, delegando la secretaría técnica a la Dirección Regional de Educación del Callao;

Que, con Acta Nº 011-2019/CAR CALLAO de fecha 22 de noviembre de 2019, la Comisión Ambiental del Callao, mediante el cual aprueba, entre otros, la creación del “Grupo Técnico Regional para la creación del Área de Conservación Regional de Administración Municipal Humedal Poza la Arenilla”; y, acuerdan la instalación de un nuevo Grupo Técnico y se definió a los miembros de dicho Grupo Técnico Regional de Contaminación por Metales Pesados;

Que, con Acta Nº 010-2020/CAR CALLAO de fecha 05 de noviembre de 2020, se llevó acabo la IV sesión extraordinario, en la cual se aprueba, entre otros, la modificación del nombre Grupo Técnico Regional de Contaminación por Metales Pesados a “Grupo Técnico Regional de Contaminación por Metales Pesados, Agentes Tóxicos, Gases y otros Contaminantes Ambiental en la Región Callao”;

Que, mediante Acta Nº 012-2020/C.A.R CALLAO, de fecha 04 de diciembre de 2020, mediante el cual se acuerda, entre otros, la Actualización de la conformación de los miembros de la Comisión Ambiental Regional del Callao; y, actualización y priorización de creación de 3 nuevos Grupos Técnicos Regionales, esto es, 1) Grupo Técnico Regional de contaminación por metales pesados, agentes tóxicos, gases y otros contaminantes ambientales en la región callao; 2) Grupo Técnico Regional para la creación de categoría de protección del humedal costero poza de la arenilla; y, 3) Grupo Técnico Regional de educación ambiental en el callao, así como también la actualización de miembros, finalidad, objetivo general, objetivos específicos, funciones de los Grupos Técnicos Regionales ya existentes, esto es, 1) Grupo Técnico Regional de recuperación del litoral costero del callao; y, 2) Grupo Técnico Regional de gestión y manejo de residuos sólidos de la construcción y demolición de la provincia constitucional del Callao;

Que, en el Informe Nº 013-2021-GRC/GRRNGMA/MEGG de fecha 18 de febrero de 2021, elaborado por el profesional la Ing. Esperanza Gálvez Gamarra, propone que se elabore el dispositivo legal para la modificación de la conformación de los miembros de la Comisión Ambiental Regional del Callao – CAR y se priorice la reactivación y creación de los Grupos Técnicos Regionales de cuerdo a la necesidad de atención de la problemática ambiental del callao, siendo los siguientes: i) Grupo Técnico Regional de recuperación del litoral costero del callao; ii) Grupo Técnico Regional de gestión y manejo de residuos sólidos de la construcción y demolición de la provincia constitucional del callao; iii) Grupo Técnico Regional de educación ambiental en el callao; iv) Grupo Técnico Regional de contaminación por metales pesados, agentes tóxicos, gases y otros contaminantes ambientales en la región callao; y, v) Grupo Técnico Regional para la creación de categoría de protección del humedal costero poza de la arenilla;

Que, a través del Informe Legal Nº 002-2021-GRC/GRRNGMA-FMGC, de fecha 25 de febrero de 2021, se opina, que se modifique la conformación de los miembros de la Comisión Ambiental, la creación de los nuevos Grupos Técnicos Regionales y la actualización de los miembros de los Grupos Técnicos ya existentes;

Que, estando a lo expuesto y en el uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional del Callao, emite el siguiente Decreto Regional;

DECRETA:

Artículo 1.- MODIFICAR el artículo primero del Decreto Regional Nº 0002 de fecha 16 de enero 2020, en el extremo de la Conformación de la Comisión Ambiental Regional del Callao, quedando conformada de la siguiente manera:

“La CAR Callao, estará conformada por los representantes de las siguientes instituciones:

1. La Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente en representación del Gobierno Regional del Callao - GRRNGMA del GRC.

2. La Dirección Regional de Salud del Callao - DIRESA.

3. La Dirección Regional de Educación del Callao - DREC Callao.

4. Instituto del Mar del Perú - IMARPE.

5. Dirección General de Capitanías y Guardacostas - DICAPI.

6. Universidad Nacional del Callao - UNAC.

7. Municipalidad Provincial del Callao.

8. Municipalidad Distrital de la Punta.

9. Municipalidad Distrital de Bellavista.

10. Municipalidad Distrital de la Perla.

11. Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua-Reynoso.

12. Municipalidad Distrital de Ventanilla.

13. Municipalidad Distrital de Mi Perú.

14. Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A - COPAC.

15. Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima y Callao -SEDAPAL.

16. Representante acreditado del Colegio Profesional de Biólogos del Perú – Consejo Regional XXII del Callao.

17. Representante acreditado de la Sociedad Civil organizada (Vaso de leche, Club de madres, ONG´s, Asociación de productores, iglesia).

18. La Autoridad Local del Agua – ALA CHIRILU.

19. Policía Nacional del Perú - PNP.

20. La Defensoría del Pueblo – Oficina Defensoría del Callao.

21. Representantes de los Gremios Empresariales.

22. Autoridad Portuaria Nacional – APN”.

Artículo 2.- APROBAR en el marco del Sistema Regional la creación de los nuevos Grupos Técnicos Regionales y la conformación de sus integrantes, siendo los siguientes:

1.- GRUPO TÉCNICO REGIONAL DE CONTAMINACIÓN POR METALES PESADOS, AGENTES TÓXICOS, GASES Y OTROS CONTAMINANTES AMBIENTALES EN LA REGIÓN CALLAO.

Finalidad:

Disminuir los riesgos ambientales de contaminación por metales pesados, agentes tóxicos, gases y otros contaminantes, con efectos negativos a la salud pública en la Región Callao.

Objetivo General:

Implementar planes y acciones de Prevención y mitigación de Contaminación por metales pesados agentes tóxicos, gases y otros contaminantes, en la Región Callao, en coordinación con los miembros del GTR.

Objetivos Específicos:

1.- Concertar y articular coherentemente en el marco del Sistema Regional de Gestión Ambiental, acciones a favor de la prevención y mitigación de contaminación por metales pesados, agentes tóxicos, gases y otros contaminantes ambientales en la Provincia Constitucional del Callao.

2.- Fortalecer las acciones de fiscalización ambiental, a las industrias relacionadas a la Fundición de Plomo, almacenamiento de concentrado de minerales, elaboración de reactivos químicos, entre otros, a través de los sectores competentes.

Funciones:

1.- Ser la instancia de concertación entre el sector público, el sector privado y la sociedad civil para la implementación de planes, políticas, actividades y otras.

2.- Lograr compromisos concretos de sus integrantes sobre la base de una visión compartida y concertada.

3.- Elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicación y evaluación de las intervenciones sanitarias y ambientales; del mismo modo, la ejecución de políticas regionales relacionadas.

4.- Proponer criterios y lineamientos de política sanitaria y ambiental regional en el tema en mención, que permitan su articulación con el Plan de Desarrollo Regional Concertado, Plan Estratégico Institucional de la DIRESA Callao y otros instrumentos de gestión sanitaria, territorial y ambiental de alcance regional, así como mecanismos para asegurar asignación en el presupuesto regional a las iniciativas de inversión pública y privada.

5.- Informar los avances de la gestión realizada, sobre temas específicos, a los integrantes de la CAR Callao, Dirección General de la DIRESA Callao, entre otras instancias.

6.- Coordinar y Vigilar la implementación del Plan de corto plazo de la problemática ambiental en Ventanilla y Mi Perú (2020 – 2021), así como de planes posteriores que conlleven a revertir esta problemática.

7.- Otras de acuerdo a las competencias enmarcadas a la Política Nacional del Ambiente, al Sistema Regional de Gestión Ambiental y Salud Ambiental en el Callao.

Conformación de los integrantes de este GTR:

1. Dirección Regional de Salud del Callao - DIRESA (Coordinador Técnico).

2. Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional del Callao - GRRNGMA

3. Municipalidad Provincial del Callao.

4. Municipalidad Distrital de la Punta.

5. Municipalidad Distrital de Bellavista.

6. Municipalidad Distrital de la Perla.

7. Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua-Reynoso.

8. Municipalidad Distrital de Ventanilla.

9. Municipalidad Distrital de Mi Perú.

10. Facultad de Ingeniería Ambiental y Recursos Naturales de la Universidad Nacional del Callao.

11. Policía Nacional del Perú - PNP.

12. Colegio Profesional de Biólogos del Perú-Consejo Regional XXII del Callao.

13. Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. - CORPAC.

14. Dirección General de Salud Ambiental - DIGESA.

15. Dirección General de Calidad Ambiental y Ecoeficiencia - Ministerio del Ambiente.

16. Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas - Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA.

17. Dirección de Evaluación del Medio Ambiente - Organismo de Evaluación y

Fiscalización Ambiental - OEFA.

18. Superintendencia de Transporte Terrestre de personas, carga y mercancía – SUTRAN.

19. Dirección de Asuntos ambientales de Industria del Ministerio de la Producción.

20. Representante de la Sociedad Nacional de Industria.

21. Dirección General de Asuntos ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

2.- GRUPO TÉCNICO REGIONAL PARA LA CREACIÓN DE CATEGORÍA DE PROTECCIÓN DEL HUMEDAL COSTERO POZA DE LA ARENILLA.

Finalidad:

Contribuir a alcanzar la meta de conservación de ecosistemas marino costeros del territorio regional mediante la protección del Humedal Costero Poza La Arenilla, ubicado en el distrito de la Punta, Provincia Constitucional del Callao, bajo un mecanismo de conservación regional amparado en una normativa nacional.

Objetivo General:

Proponer al Gobierno Regional del Callao la Categoría de Protección adecuada para el del Humedal Costero Poza La Arenilla.

Objetivos Específicos:

1.- Elaborar el plan anual de trabajo del grupo técnico del Humedal Costero Poza

de la Arenilla.

2.- Recopilar y sistematizar la data técnica y científica existente referente al Humedal Costero Poza de la Arenilla.

3.- Elaborar los sustentos técnicos científicos necesarios para asegurar la

conservación oficial del Humedal Costero Poza de la Arenilla.

4.- Desarrollar la propuesta de modelo de conservación técnico y legal.

5.- Solicitar al Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre la inclusión del Humedal Costero Poza de la Arenilla a la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles.

Funciones:

1.- Coordinar con las instituciones competentes sobre el proceso para creación de

la categoría de protección del Humedal Costero Poza de la Arenilla.

2.- Desarrollar y presentar a la CAR – GORE Callao la propuesta de inclusión del Humedal Costero Poza de la Arenilla en la lista sectorial de ecosistemas frágiles a nivel nacional. 3.- Impulsar el expediente técnico para la categoría de protección del Humedal Costero Poza de la Arenilla.

Conformación de los integrantes de este GTR:

1. Municipalidad de la Punta (Coordinador Técnico).

2. Instituto del Mar del Perú - IMARPE.

3. Municipalidad Provincial del Callao.

4. Servicio de Agua y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL.

5. Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional del Callao.

6. Municipalidad de Bellavista.

7. Colegio Profesional de Biólogos del Perú-Consejo Regional XXII del Callao.

8. Representante de Juntas Vecinales.

9. Ministerio del Ambiente-MINAM

10.Sociedad Peruana de Derecho Ambiental - SPDA.

3.- GRUPO TÉCNICO REGIONAL DE EDUCACIÓN AMBIENTAL EN EL CALLAO.

Finalidad:

Fortalecer las acciones de las instituciones públicas y privadas en educación ambiental, con propuestas de instrumentos de gestión enmarcadas en el Plan de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (EDUCCA) articuladas con los gobiernos locales en la Región Callao.

Objetivos Generales:

Proponer políticas, planes, programas y actividades de educación ambiental en el marco de la Política Nacional del Ambiente y el Plan Nacional de Educación Ambiental (PLANEA), en la Región Callao.

Objetivos Específicos:

1.- Promover una cultura de cuidado y protección al ambiente en la Región Callao.

2.- Implementar mecanismos de participación ciudadana, a través de programas de voluntariado en los planes, acciones ambientales, entre otros.

3.- Evaluar y vigilar la implementación de los planes EDUCCA de los Gobiernos Locales, en la Región Callao.

4.- Contribuir a la sensibilización ambiental de los ciudadanos de la Región Callao.

5.- Involucrar al sector privado en la implementación de los planes de Educación Ambiental, a nivel local y regional, en el Callao.

Funciones:

1. Elaborar el diagnóstico situacional de la educación y cultura ambiental en la Región Callao.

2. Elaborar el plan de Educación Ambiental de la Región Callao.

3. Proponer la Política Regional de Educación Ambiental, orientada al desarrollo sostenible en armonía con la Política Nacional del Ambiente y el Plan Nacional de Educación Ambiental (PLANEA)

4. Proponer proyectos a la CAR-GORE para gestionar el financiamiento de la cooperación internacional, en pro de la educación ambiental de la Región Callao.

Conformación de los integrantes de este GTR:

1. Dirección Regional de Educación del Callao - DREC (Coordinador técnico).

2. Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional del Callao.

3. Municipalidad Provincial del Callao.

4. Municipalidad Distrital de la Punta.

5. Municipalidad Distrital de Bellavista.

6. Municipalidad Distrital de la Perla.

7. Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua-Reynoso.

8. Municipalidad Distrital de Ventanilla.

9. Municipalidad Distrital de Mi Perú.

10. Universidad Nacional del Callao - UNAC.

11. Colegio Profesional de Biólogos del Perú-Consejo Regional XXII del Callao.

12. Gerencia Regional de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno Regional del Callao.

Artículo 3.- MODIFICAR el artículo quinto del Decreto Regional Nº 000010 de fecha 16 de diciembre de 2011, a razón dar priorización al GRUPO TÉCNICO REGIONAL DE RECUPERACIÓN DEL LITORAL COSTERO DEL CALLAO, el mismo que se modificara su finalidad, objetivo general, objetivos específicos y funciones, quedando redactado de la siguiente manera:

“Finalidad: Identificar y proponer acciones necesarias orientadas a mejorar la calidad del litoral costero del Callao, así como prevenir y mitigar los impactos ambientales que puedan producirse en el Litoral.

Objetivo General: Promover e Impulsar la Formulación de un Plan de manejo Integrado de la Zona Marino Costera, que permita establecer lineamientos y orientaciones para la Recuperación del Litoral Costero del Callao. Además de orientar acciones para determinar el estado situacional de la calidad del medio marino, evaluar los efectos y riesgos en salud humana y el Impacto adverso a la biodiversidad marina.

Objetivos específicos:

- Promover el intercambio de información relevante entre las instituciones miembros de la CAR – Callao, para la elaboración de las estratégicas establecidas en este GTR.

- Recopilar el marco normativo de las instituciones que tienen competencia ambiental o generan impactos ambientales en el Litoral Costero del Callao.

- Elaborar un inventario de fuentes terrestres de contaminación en el Litoral Costero del Callao.

- Promover la implementación de un sistema de vigilancia ambiental, en el Litoral Costero del Callao, que servirá como herramienta de prevención y monitoreo permanente.

- Elaborar e implementar instrumentos técnicos y normativos que faciliten el cumplimiento de competencias y funciones asignadas a las instituciones involucradas de manera coordinada y planificada, en el litoral Costero del callao.

- Promover la formulación de programas y proyectos de inversión para mejorar la calidad del Litoral Costero del Callao.

Funciones:

- Elaborar el Diagnostico Ambiental de la Zona Marino Costera del Callao.

- Desarrollar criterios para la elaboración de los lineamientos y acciones orientadas a la recuperación del Litoral Costero del Callao.

- Impulsar la elaboración del Plan Integrado de la Zona Marino Costero del Callao.

- Proponer planes y cronograma de actividades y entidades responsables para la recuperación del Literal Costero del Callao.

- Formular proyectos de inversión y presentarlos a la CAR – GORE Callao para gestionar fuentes de financiamiento.

- Proponer un plan de monitoreo de vigilancia y control del Litoral Costero del Callao.

- Desarrollar talleres participativos para sensibilizar y concientizar a la población, sobre diferentes temas relacionados a la recuperación del Litoral Costero del Callao.”

Artículo 4.- MODIFICAR el artículo sexto del Decreto Regional Nº 000010 de fecha 16 de diciembre de 2011, el mismo que estará integrado el GRUPO TÉCNICO REGIONAL DE RECUPERACIÓN DEL LITORAL COSTERO DEL CALLAO por los siguientes miembros:

1. Municipalidad Distrital de la Punta (Coordinador técnico)

2. Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente – Gobierno Regional del Callao.

3. Dirección Regional de salud del Callao – DIRESA

4. Ministerio de la Producción

5. Ministerio de Energía y Minas – Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros.

6. Municipalidad Provincial del Callao.

7. Municipalidad Distrital de la Punta.

8. Municipalidad Distrital de la Perla

9. Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Puerto del Callao – DICAPI.

10. Instituto del Mar del Perú – IMARPE

11. Servicio de Agua Potable, Alcantarillado de Lima y Callao –SEDAPAL

12. Universidad Nacional del Callao – UNAC

13. Colegio Profesional de Biólogos del Perú – Consejo Regional XXII del Callao.

14. Municipalidad Distrital de Ventanilla.

Artículo 5.- MODIFICAR el literal b) del artículo primero del Decreto Regional Nº 00004 de fecha 17 de octubre de 2013, el mismo quedara redactado de la siguiente manera:

“b.- GRUPO TECNICO REGIONAL GESTION Y MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS DE LA CONSTRUCCION Y DEMOLICION DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO,

Finalidad: Coordinar esfuerzos entre las autoridades involucradas, para la correcta aplicación de lo Dispuesto en el Decreto Supremo Nº 003-2013-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento para la Gestión y Manejo de los Residuos de las Actividades de la Construcción y Demolición, en concordancia con lo tipificado en el Decreto Legislativo Nº 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos. Modificada por el Decreto Legislativo Nº 1501.

Objetivos: Impulsar la adecuada Gestión de residuos Sólidos de la construcción y demolición en la provincia constitucional del callao.

Identificar potenciales zonas para la instalación de un relleno para residuos de la construcción.

Objetivos Específicos:

- Vigilar el cumplimento de las obligaciones y responsabilidades de la instituciones vinculadas a la gestión y al manejo de los residuos sólidos de la construcción y demolición, promoviendo la coordinación interinstitucional con los miembros del GTR.

- Fomentar la minimización de los residuos sólidos de la construcción y demolición, segregación en la fuente, el reaprovechamiento, el almacenamiento, la recolección, la comercialización, el transporte, el tratamiento, la transferencia y la disposición final de los residuos sólidos no peligrosos y peligrosos procedente de la actividad de la construcción y demolición.

- Contribuir en la promoción de la inversión privada en las diversas etapas de la gestión de los Residuos Sólidos de la construcción y demolición.

- Promover la difusión de la ubicación de las escombreras a través de los miembros de los gobiernos locales.

- Sensibilizar sobre las consecuencias de la mala disposición de los residuos sólidos de construcción y demolición.

Funciones:

- Recopilar marco normativo de responsabilidades de sectores relacionados con residuos sólidos de la construcción.

- Impulsar programas de concientización a la población respecto a la adecuada gestión de los residuos sólidos de la construcción y demolición.

- Formular proyectos de inversión para las diversas etapas de la gestión de los Residuos Sólidos de la Construcción y Demolición.

- Realizar un diagnóstico de los Planes de Manejo de Residuos Sólidos devenidos de los Residuos Sólidos de la Construcción y Demolición.

- Formular un plan de vigilancia para el manejo de los residuos sólidos de la construcción y demolición, promoviendo la coordinación interinstitucional con los miembros del grupo”.

Artículo 6.- MODIFICAR el artículo segundo del Decreto Regional Nº 00004 de fecha 17 de octubre de 2013, en el extremo donde hace referencia a los miembros del grupo técnico regional gestión y manejo de residuos sólidos de la construcción de la provincia constitucional del callao, el mismo quedara redactado de la siguiente manera:

“GRUPO TECNICO REGIONAL GESTION Y MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS DE LA CONSTRUCCION Y DEMOLICION DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO:

1. Municipalidad Provincial del Callao (Coordinador técnico)

2. Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional del Callao.

3. Municipalidad Distrital de Ventanilla.

4. Municipalidad de la Perla.

5. Ministerio de Transporte y Comunicaciones

6. Ministerios de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

7. Dirección Regional de Salud del Callao – DIRESA

8. Dirección Regional de Salud Ambiental – DIGESA.”

Artículo 7.- DEROGAR en todos los extremos del Decreto Regional Nº 000003 de fecha 12 de junio de 2015 que aprueba el Grupo Técnico Regional de prevención de la contaminación por metales pesados en el distrito de ventanilla; y, DEROGAR el numeral a) del artículo primero y el artículo segundo de los integrantes del Grupo Técnico Regional para la prevención, reducción y control de la intoxicación por plomo en el callao del Decreto Regional Nº 00007 de fecha 05 de setiembre de 2011, a razón de que el creado GRUPO TÉCNICO REGIONAL DE CONTAMINACIÓN POR METALES PESADOS, AGENTES TÓXICOS, GASES Y OTROS CONTAMINANTES AMBIENTALES EN LA REGIÓN CALLAO, asumirá las funciones de los grupos técnicos regionales que fueran derogados y en consecuencia disueltos.

Artículo 8.- DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición legal que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto Regional.

Artículo 9.- ENCARGAR, a la Oficina de Tecnología de la Información y Comunicaciones, la publicación del presente Decreto Regional en el Portal web del Gobierno Regional del Callao.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

DANTE MANDRIOTTI CASTRO

Gobernador

1942936-1