Aprueban los “Lineamientos para la gestión de conflictos socioambientales en el Sector Ambiental”

Resolución Ministerial

Nº 067-2021-MINAM

Lima, 9 de abril de 2021

VISTOS; los Informes N° 046-2017-MINAM/SG/OGASA, N° 111-2018-MINAM/SG/OGASA, N° 00128-2018-MINAM/SG/OGASA, N° 00115-2019-MINAM/SG/OGASA, N° 00184-2020-MINAM/SG/OGASA, N° 00012-2021-MINAM/SG/OGASA y N° 00017-2021-MINAM/SG/OGASA, de la Oficina General de Asuntos Socio-Ambientales; el Informe N° 00062-2021-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 00279-2021-MINAM/SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00163-2021-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013, se crea al Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;

Que, la Política Nacional del Ambiente, aprobada por Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM, dispone como uno de sus lineamientos de política, establecer e implementar mecanismos adecuados para la gestión de conflictos socio ambientales, promoviendo el diálogo y la concertación;

Que, el literal b) del artículo 34 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 02-2017-MINAM, señala que la Oficina General de Asuntos Socio-Ambientales tiene, entre sus funciones, formular y proponer, en el sector, los lineamientos, estrategias, normas y guías técnicas para la prevención, gestión y transformación de los conflictos socio-ambientales;

Que, en ese sentido, la Oficina General de Asuntos Socio-Ambientales presenta y sustenta el proyecto de “Lineamientos para la gestión de conflictos socioambientales en el Sector Ambiental”, el mismo que tiene por finalidad adoptar e implementar criterios comunes para la intervención articulada del Sector Ambiental en la gestión de conflictos socioambientales;

Que, mediante Memorando N° 00279-2021-MINAM/SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 00062-2021-MINAM/SG/OGPP/OPM, con el cual se emite opinión favorable al proyecto de “Lineamientos para la gestión de conflictos socioambientales en el Sector Ambiental”;

Que, mediante el Informe N° 00163-2021-MINAM/SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina de manera favorable sobre la aprobación del proyecto de “Lineamientos para la gestión de conflictos socioambientales en el Sector Ambiental”;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Asuntos Socio-Ambientales, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM, que aprueba la Política Nacional del Ambiente; el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, la Directiva N° 07-2017-MINAM/DM, “Procedimientos para la elaboración de dispositivos normativos y actos resolutivos en el Ministerio del Ambiente”, aprobada por Resolución Ministerial N° 358-2017-MINAM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos para la gestión de conflictos socioambientales en el Sector Ambiental”, que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 079-2014-MINAM, que aprueba los Lineamientos para el Registro y Remisión del Reporte de Alerta Temprana de Conflictos Socioambientales.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (http://www.gob.pe/minam) en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GABRIEL QUIJANDRÍA ACOSTA

Ministro del Ambiente

1942691-1