Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Plan de Acción Nacional sobre las Especies Exóticas Invasoras en el Perú 2021-2025”
Resolución Ministerial
Nº 066-2021-MINAM
Lima, 7 de abril de 2021
VISTOS; el Memorando N° 00246-2021-MINAM/VMDERN, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe N° 00047-2021-MINAM/VMDERN/DGDB, de la Dirección General de Diversidad Biológica; el Informe N° 00064-2021-MINAM/VMDERN/DGDB/DCSEE de la Dirección de Conservación Sostenible de Ecosistemas y Especies; el Informe Nº 00151-2021-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas;
Que, mediante Resolución Legislativa Nº 26181 se aprueba el Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB), adoptado en Río de Janeiro el 5 de junio de 1992 y suscrito el 12 de junio de 1992, cuyos objetivos se encuentran orientados a la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos;
Que, de acuerdo al literal h) del artículo 8 del mencionado instrumento, cada Parte Contratante en la medida de lo posible, impedirá que se introduzcan, se controlen o erradiquen las especies exóticas que amenacen a los ecosistemas, hábitats o especies; lo cual se recoge en la meta de Aichi 9 del “Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020”, aprobado por la Decisión X/2 de la Décima Reunión de la Conferencia de las Partes (COP) del CDB en octubre de 2010;
Que, según lo establecido en el artículo 102 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, la política de conservación de las especies implica la necesidad de establecer condiciones mínimas de supervivencia de las mismas, la recuperación de poblaciones y el cuidado y evaluaciones por el ingreso y dispersión de especies exóticas;
Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, éste es el organismo del Poder Ejecutivo rector del sector ambiental que desarrolla, dirige, supervisa y ejecuta la política nacional del ambiente; y tiene como uno de sus objetivos específicos asegurar el cumplimiento del mandato constitucional sobre la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biológica, las áreas naturales protegidas y el desarrollo de la Amazonía;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM se aprueba la Política Nacional del Ambiente, precisándose en su sección 1 del Eje de Política 1 “Conservación y Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales y de la Diversidad Biológica” los lineamientos de política que deben desarrollarse en materia de Diversidad Biológica; entre los cuales se encuentra impulsar la conservación de la diversidad de ecosistemas, especies y recursos genéticos, y el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales de los que depende la supervivencia de las especies;
Que, con Decreto Supremo N° 009-2014-MINAM se aprueba la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica al 2021, cuyo Objetivo Estratégico 3 “Reducir las presiones directas e indirectas para la diversidad biológica y sus procesos ecosistémicos” establece, entre otros, acciones orientadas a contar con protocolos para la prevención, control, alerta temprana y erradicación de especies exóticas invasoras, así como medidas de control estricto para evitar la introducción de estas especies en el país;
Que, conforme al artículo 49 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, la Dirección General de Diversidad Biológica cuenta con la función de conducir la elaboración de instrumentos orientadores que promuevan la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica, en el ámbito de su competencia y en coordinación con las entidades correspondientes;
Que, en este contexto, mediante el Informe N° 00047-2021-MINAM/VMDERN/DGDB la Dirección General de Diversidad Biológica remite el proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Plan de Acción Nacional sobre las Especies Exóticas Invasoras en el Perú 2021-2025”; el cual ha sido elaborado en coordinación con las instituciones integrantes de la Comisión Nacional de Diversidad Biológica, creada por Resolución Suprema N° 227-93-RE y adecuada por Decreto Supremo N° 007-2009-MINAM, y que corresponde poner en conocimiento del público para recibir las opiniones y sugerencias de los interesados según lo establecido en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; en concordancia con el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;
Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Secretaría General, de la Dirección General de Diversidad Biológica, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Plan de Acción Nacional sobre las Especies Exóticas Invasoras en el Perú 2021-2025”.
Dicha publicación se realiza en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam), a fin de recibir las opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto señalado en el artículo precedente, deben ser remitidas por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miroquesada N° 425, cuarto piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima; o a la dirección electrónica consultasnormativaeei@minam.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GABRIEL QUIJANDRÍA ACOSTA
Ministro del Ambiente
1942044-1