Aprueban la prórroga del plazo de vigencia del “Régimen de incentivos para el pago de las multas administrativas impuestas por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria”

Resolución Jefatural

nº 0046-2021-MIDAGRI-SENASA

7 de abril de 2021

VISTOS:

El INFORME-0008-2021-MIDAGRI-SENASA-OAD-LVILLA de fecha 24 de marzo de 2021, elaborado por la Oficina de Administración; el INFORME-0014-2021-MIDAGRI- SENASA-OPDI-RALBITRES de fecha 30 de marzo de 2021, elaborado por la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional; el INFORME-0075-2021-MIDAGRI-SENASA-OAJ- CREVOREDO de fecha 5 de abril de 2021, elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Jefatural-0106-2020-MINAGRI-SENASA, publicada en el diario oficial El Peruano el 28 de setiembre de 2020, se aprueba el “Régimen de incentivos para el pago de multas administrativas impuestas por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria”, en adelante el Régimen de incentivos, cuyos criterios para su aplicación están contenidos en el Anexo que forma parte integrante de la referida Resolución Jefatural;

Que, el Anexo de la Resolución Jefatural-0106-2020-MINAGRI-SENASA, denominado “Criterios para la aplicación del régimen de incentivos para el pago de las multas administrativas impuestas por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria”, señala que la vigencia del Régimen de incentivos empezará desde el día siguiente de la publicación en el diario oficial El Peruano de la Resolución Jefatural que lo aprueba, hasta el 31 de mayo de 2021;

Que, a través del INFORME-0008-2021-MIDAGRI-SENASA-OAD-LVILLA, la Oficina de Administración manifiesta su conformidad con la propuesta realizada por la Unidad de Ejecutoría Coactiva en el INFORME-0001-2021-MIDAGRI-SENASA-OAD-UEC- RCARBAJALD y el INFORME-0002-2021-MIDAGRI-SENASA-OAD-UEC-RCARBAJALD, y solicita se disponga ampliar el plazo de vigencia del Régimen de incentivos hasta el 31 de diciembre de 2021;

Que, con el INFORME-0014-2021-MIDAGRI-SENASA-OPDI-RALBITRES, la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional considera procedente prorrogar la vigencia del Régimen de incentivos, de acuerdo con la normativa establecida y a los fundamentos expuestos en los informes de la Unidad de Ejecutoría Coactiva y de la Oficina de Administración, a fin de seguir brindando a los obligados las facilidades para el cumplimiento del pago de multas administrativas impuestas por la institución, así como continuar cobrando los saldos de multas aún no canceladas;

Que, mediante el INFORME-0075-2021-MIDAGRI-SENASA-OAJ-CREVOREDO, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la propuesta de prórroga de la vigencia del plazo del Régimen de incentivos, de acuerdo a lo manifestado en los informes de la Unidad de Ejecutoría Coactiva, la Oficina de Administración y la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional;

Que, el literal k) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, modificado por el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 027-2008-AG, establece que el Jefe del SENASA es la máxima autoridad ejecutiva de la institución, ejerciendo funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquía de la entidad, teniendo entre sus funciones el emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modificatoria; y con las visaciones de la Directora General de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional, y de los Directores Generales de la Oficina de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- APROBAR la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2021 del plazo de vigencia del “Régimen de incentivos para el pago de las multas administrativas impuestas por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria”, establecida en el numeral 1 del Anexo de la Resolución Jefatural-0106-2020-MINAGRI-SENASA.

Artículo 2.- ENCARGAR a la Oficina de Administración y a la Unidad de Ejecutoría Coactiva del Servicio Nacional de Sanidad Agraria el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural.

Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano y en el portal web institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIGUEL QUEVEDO VALLE

Jefe Nacional

Servicio Nacional de Sanidad Agraria

1942001-1