Modifican la liquidación final del programa de transferencias del Bono Electricidad, aprobada en el artículo 2 de la Resolución N° 005-2021-OS/GRT, y modifican su artículo 4

RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA

OSINERGMIN N° 026-2021-OS/GRT

Lima, 7 de abril de 2021

CONSIDERANDO:

Que, como consecuencia de los recursos de reconsideración interpuestos por las empresas Electrosur S.A., Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. y Electro Oriente S.A., contra la Resolución N° 005-2021-OS/CD (“Resolución 005”) mediante la cual se aprobó entre otros, la liquidación final del programa de transferencias del Bono Electricidad, se han expedido las Resoluciones N° 020-2021-OS/GRT, N° 023-2021-OS/GRT y N° 022-2021-OS/GRT (en adelante, “Resoluciones”), respectivamente;

Que, en las Resoluciones, se ha dispuesto realizar las modificaciones que correspondan en la “Liquidación Final del Programa de Transferencias del Bono Electricidad”, las cuales se encuentran contenidas en la presente resolución;

Que, por otro lado, considerando que de acuerdo con el artículo 5 del Decreto de Urgencia N° 074-2020 y sus modificatorias, Osinergmin verifica la información mensual presentada por las empresas distribuidoras de electricidad, aprueba el listado final de beneficiarios, publica el programa de transferencias de los montos que le corresponde a cada distribuidora de electricidad y efectúa la liquidación final del Bono Electricidad, se ha procedido a efectuar el análisis de oficio de la información presentada por la empresa Electronorte S.A. a través de su recurso de reconsideración declarado improcedente por extemporáneo mediante la Resolución N° 024-2021-OS/GRT, y la información presentada por Electro Tocache S.A. y Electro Dunas S.A.A. las cuales fueron presentadas mediante comunicaciones dirigidas al Regulador. La evaluación de la información proporcionada por dichos agentes, permitirá el reconocimiento de las transferencias que efectivamente correspondían a las empresas durante la aprobación de los programas de transferencias mensuales ya concluidos, y como consecuencia de ello, se podrá determinar con certeza los saldos de la Liquidación Final del Programa de Transferencias del Bono Electricidad, en cumplimiento del numeral 7 del artículo 5 del Decreto de Urgencia N° 074-2020 y sus modificatorias;

Que, las modificaciones producto de las Resoluciones, se detallan en los informes N° 195-2021-GRT, N° 212-2021-GRT y N° 211-2021-GRT, mediante los cuales se analizaron técnicamente los recursos de reconsideración de Electrosur S.A., Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. y Electro Oriente S.A. presentados contra la Resolución 005, respectivamente. Asimismo, las modificaciones producto de la revisión de oficio realizada por el Regulador se analizaron técnicamente en el informe N° 215-2021-GRT, por lo que se cumple de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General;

De conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 074-2020 y sus modificatorias; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la norma “Procedimiento de aplicación del mecanismo de subsidio Bono Electricidad en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia 074-2020”, aprobada por la Resolución N° 080-2020-OS/CD; en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo 010-2016-PCM; y en lo dispuesto en el TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus respectivas normas modificatorias, complementarias y conexas.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar la liquidación final del programa de transferencias del Bono Electricidad, aprobada en el artículo 2 de la Resolución N° 005-2021-OS/GRT, de acuerdo al siguiente detalle:

 

 

 

Empresa

 

Monto de

Liquidación Final

Soles

1

Acciona Microenergia Perú

38 279

2

Adinelsa

466 148

3

Coelvisac

15 777

4

Edelsa

12 670

5

Egepsa

18 383

6

Eilhicha

45 532

7

Electro Dunas

1 093 782

8

Electro Oriente

6 111 547

9

Electro Pangoa

11 122

10

Electro Puno

3 653 430

11

Electro Sur Este

3 585 542

12

Electro Tocache

294 254

13

Electro Ucayali

793 774

14

Electrocentro

4 625 272

15

Electronoroeste

2 009 923

16

Electronorte

4 913 892

17

Electrosur

3 188 122

18

Emsemsa

35 726

19

Emseusac

55 630

20

Enel Distribución Perú

1 960 643

21

Entelin

37 645

22

Ergon

10 495 368

23

Esempat

11 530

24

Hidrandina

7 665 715

25

Luz del Sur

1 182 809

26

Proyecto Chavimochic

62 544

27

Seal

4 005 780

28

Sersa

43 180

Total

56 434 018

Artículo 2.- Modificar el artículo 4 de la Resolución Osinergmin N° 005-2021-OS/GRT, de acuerdo al siguiente detalle:

Corresponde la devolución al Tesoro Público del importe ascendente a S/ 158 449 271, como saldo resultante de la aplicación del subsidio Bono Electricidad, de conformidad con lo establecido en el numeral 5.7 del Decreto de Urgencia N° 074-2020, de acuerdo con el siguiente cuadro:

 

 

 

Empresa

 

Monto a Devolver al Tesoro

Público

Soles

1

Acciona Microenergia Perú

129 924

2

Adinelsa

2 429 881

3

Coelvisac

39 203

4

Edelsa

34 202

5

Egepsa

66 598

6

Eilhicha

225 744

7

Electro Dunas

2 715 707

8

Electro Oriente

10 743 778

9

Electro Pangoa

30 159

10

Electro Puno

22 832 321

11

Electro Sur Este

18 953 311

12

Electro Tocache

707 706

13

Electro Ucayali

1 074 548

14

Electrocentro

26 953 738

15

Electronoroeste

9 103 730

16

Electronorte

9 745 143

17

Electrosur

3 240 652

18

Emsemsa

112 263

19

Emseusac

169 915

20

Enel Distribución Perú

436 092

21

Entelin

---

22

Ergon

5 890 814

23

Esempat

34 562

24

Hidrandina

30 520 575

25

Luz del Sur

1 095 056

26

Proyecto Chavimochic

270 536

27

Seal

10 762 700

28

Sersa

130 413

Total

158 449 271

Artículo 3.- Disponer que la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional del Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2021.aspx, conjuntamente con el Informe Técnico N° 215-2021-GRT, que forma parte integrante de esta resolución.

LUIS GRAJEDA PUELLES

Gerente

Gerencia de Regulación de Tarifas

1941817-1