Aprueban el “Manual de Procesos y Procedimientos para el Control de Acceso del Transporte de Carga y ejercer la adecuada Fiscalización en el Sector de Barrios Altos”

DECRETO DE ALCALDÍA N° 09

Lima, 31 de marzo de 2021

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

VISTO:

El Memorando N° 977-2020-MML-PMRCHL de la Gerencia del Programa Municipal para la Recuperación del Centro Histórico de Lima (PROLIMA), el Informe N° 208-2020-MML-GP-SOM de la Subgerencia de Organización y Modernización perteneciente a la Gerencia de Planificación, el Memorando N° 948-2020-MML/GSCGA de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, el Memorando N° D000073-2021-MML-GFC de la Gerencia de Fiscalización y Control, el Memorando N° D000095-2021-MML-GP de la Gerencia de Planificación, el Memorando N° D000134-2021-MML-GMM-PROLIMA de la Gerencia de PROLIMA, el Informe N° D000043-2021-MML-GP-SOM de la Subgerencia de Organización y Modernización y el Informe N° D000168-2021-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con lo previsto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, siendo que la autonomía de los gobiernos locales en los asuntos de su competencia es con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 6 de la Ley N° 27972 señala que la Alcaldía es el órgano ejecutivo de gobierno local, siendo el Alcalde su representante Legal y la máxima autoridad administrativa; asimismo, según el artículo 42 de la precitada Ley, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario que no sean de competencia del Concejo Municipal;

Que, mediante Ordenanza N° 2194 se aprueba el Plan Maestro del Centro Histórico de Lima 2029 con visión al 2035, cuyo objetivo es recuperar las condiciones de habitabilidad del Centro Histórico de Lima y convertirlo en un centro vivo bajo los lineamientos rectores del Centro del Patrimonio Mundial de Unesco. Asimismo, mediante Ordenanza N° 2195 se aprueba el Reglamento Único de Administración del Centro Histórico de Lima, el cual regula las estrategias y componentes establecidos en la Ordenanza Nº 2194;

Que, la Décima Octava Disposición Complementaria Final de la Ordenanza N° 2195, Ordenanza que aprueba el Reglamento Único de Administración del Centro Histórico de Lima, establece que se conforma el Grupo Integral de Protección del Centro Histórico de Lima, los órganos que lo integran y sus funciones principales. El citado Grupo se encuentra liderado por PROLIMA, conformado adicionalmente por la Gerencia de Transporte Urbano (ahora Gerencia de Movilidad Urbana), la Gerencia de Fiscalización y Control y la Gerencia de Seguridad Ciudadana, cuyas funciones serán: (i) Desarrollar y establecer protocolos de intervención y fiscalización para el control de acceso del transporte de mercancías al CHL y para la detección de construcciones antirreglamentarias dentro del CHL; (ii) Conformar equipos de fiscalización permanente (24hrs.) integrados por representantes de cada gerencia que conforma el grupo; (iii) Capacitar al personal sobre la importancia y valor patrimonial del CHL, la normativa vigente, los protocolos de intervención y oportuna detección de conductas infractoras y delictivas;

Que, de la reunión de coordinación realizada por el “Grupo” con fecha 27 de diciembre del 2019, se acordó necesario, para su adecuado funcionamiento, incorporar al mismo a la “Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental”; y solicitar el apoyo de la “Gerencia de Participación Vecinal” en la operación del “Grupo”;

Que, de acuerdo al artículo 203 del Reglamento de Organización y Funciones de la MML, aprobado por la Ordenanza N° 2208, el Programa Municipal para la Recuperación del Patrimonio Cultural de Lima (PROLIMA), es un órgano desconcentrado de la corporación municipal, cuya finalidad es promover la recuperación del Centro Histórico de Lima declarado Patrimonio Cultural de la Nación e inscrito en la lista del Patrimonio Mundial de UNESCO;

Que, estando a las funciones que ostenta PROLIMA y debido a que lidera el Grupo Integral de Protección del Centro Histórico de Lima, es que cumplió con elaborar y remitir a la Gerencia de Planificación el proyecto de “Manual de procesos y procedimientos para el control de acceso del transporte de carga y ejercer la adecuada fiscalización en el sector de Barrios Altos”, a fin de ser evaluado y continuar con el proceso de aprobación del mismo;

Que, el proyecto de Manual tiene por función especificar los procedimientos y acciones que deberán regir tanto para sus integrantes como para el control del acceso, tránsito y estacionamiento de este tipo de Transporte y la adecuada fiscalización en el área de caracterización Barrios Altos. Asimismo, se incluyen las funciones, acciones y procedimientos a realizar por los integrantes del Grupo Integral de Protección del Centro Histórico de Lima;

Que, la Subgerencia de Organización y Modernización, mediante Informe N° D000043-2021-MML-GP-SOM, concluye lo siguiente: i) El Programa Municipal para la Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA elaboró el proyecto de Manual de Procesos y Procedimientos para el control de acceso del Transporte de Carga y ejercer la adecuada fiscalización en el sector de Barrios Altos, de acuerdo a la normativa vigente; ii) El proyecto de Manual recoge las recomendaciones que realizaron los órganos involucrados que emitieron sus opiniones formalmente, así mismo fue revisado y validado por el Programa Municipal para la Recuperación del Centro Histórico de Lima-PROLIMA; iii) PROLIMA es el órgano competente para proponer el “Manual de Procesos y Procedimientos para el control de acceso del Transporte de Carga y ejercer la adecuada fiscalización en el sector de Barrios Altos”, por lo que se emite opinión favorable;

Que, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, así como la Gerencia de Fiscalización y Control emitieron opinión favorable respecto al proyecto de “Manual de Procesos y Procedimientos para el control de acceso del Transporte de Carga y ejercer la adecuada fiscalización en el sector de Barrios Altos”; en tanto que la Gerencia de Planificación mediante Memorando N° D000129-2021-MML-GP, en señal de conformidad con lo expresado por la Subgerencia de Organización y Modernización, remite los antecedentes para su correspondiente aprobación;

Que, de acuerdo al Informe N° D000043-2021-MML-GP-SOM de fecha 11 de febrero de 2021 de la Subgerencia de Organización y Modernización, el proyecto de Manual recoge las recomendaciones que realizaron los órganos involucrados que emitieron sus opiniones formalmente y fue revisado y validado por el Programa Municipal para la Recuperación del Centro Histórico de Lima-PROLIMA, a través del Memorando N° D000134-2021-MML-GMM-PROLIMA;

Que, a través del Informe N° D000168-2021-MML-GAJ, de fecha 08 de marzo de 2020, la Gerencia de Asuntos Jurídicos concluye que: i) El Programa Municipal para la recuperación del Centro Histórico de Lima (PROLIMA), resulta ser funcionalmente competente para proponer el proyecto de “Manual de procesos y procedimientos para el control de acceso del transporte de carga y ejercer la adecuada fiscalización en el sector de Barrios Altos”; ii) El proyecto de “Manual de procesos y procedimientos para el control de acceso del transporte de carga y ejercer la adecuada fiscalización en el sector de Barrios Altos”, tiene por función especificar los procedimientos y acciones que deberán regir tanto para sus integrantes como para el control del acceso, tránsito y estacionamiento de este tipo de Transporte y la adecuada fiscalización en el área de caracterización Barrios Altos; iii) Resulta conforme a la normativa vigente se apruebe el proyecto de “Manual de procesos y procedimientos para el control de acceso del transporte de carga y ejercer la adecuada fiscalización en el sector de Barrios Altos”, propuesto por el Programa Municipal para la recuperación del Centro Histórico de Lima (PROLIMA), con opinión favorable de la Subgerencia de Organización y Modernización; iv) El proyecto de “Manual de procesos y procedimientos para el control de acceso del transporte de carga y ejercer la adecuada fiscalización en el sector de Barrios Altos” debe ser aprobado mediante Decreto de Alcaldía.

Estando a lo dispuesto por los artículos 39 y 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20 de la precitada norma;

DECRETA:

Artículo 1. Aprobar el “Manual de Procesos y Procedimientos para el Control de Acceso del Transporte de Carga y ejercer la adecuada Fiscalización en el Sector de Barrios Altos” que, como Anexo, forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo 2. Encargar al Programa Municipal para la Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA como líder del “Grupo Integral de Protección del Centro Histórico de Lima”, la implementación del “Manual de procesos y procedimientos para el control de acceso del transporte de carga y ejercer la adecuada fiscalización en el sector de Barrios Altos”.

Artículo 3. Encargar a los órganos y unidades orgánicas de línea de la Municipalidad Metropolitana de Lima prestar el apoyo necesario a PROLIMA para la protección Integral del Centro Histórico de Lima.

Artículo 4. Encargar a la Gerencia de Finanzas la asignación de los recursos necesarios para la implementación de lo establecido en el “Manual de procesos y procedimientos para el control de acceso del transporte de carga y ejercer la adecuada fiscalización en el sector de Barrios Altos”.

Artículo 5. El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 6. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, la publicación del Decreto de Alcaldía y su Anexo en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe), el mismo día de la publicación de la norma aprobatoria en el Diario Oficial El Peruano.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JORGE MUÑOZ WELLS

Alcalde

1941179-2