Aprueban el Plan de Actividades para la propuesta e implementación del nuevo servicio de “Acceso a la visualización de predios inscritos de la Base Gráfica Registral a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL)”

RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE LOS REGISTROS PÚBLICOS

N°051-2021-SUNARP/SA

Lima, 5 de abril de 2021

VISTO:

El Informe Técnico N° 025-2021-SUNARP/OGTI-DTR del 30 de marzo de 2021, emitido en conjunto por la Dirección Técnica Registral y la Oficina General de Tecnologías de la Información; el Informe N° 112-2021-SUNARP-DTR/SCT del 29.03.2021, emitido por la Subdirección de Catastro Registral; y el Informe N°203-2021-SUNARP/OGAJ de 17 de marzo de 2021 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;

Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y contribuir en el fortalecimiento de un Estado moderno, siendo necesario para ello mejorar la gestión pública a través del uso de tecnologías de la información que permitan brindar mejores servicios a los ciudadanos;

Que, en esa misma línea, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobada por el Decreto Supremo N°004-2013-PCM, considera a la “innovación y aprovechamiento de las tecnologías” como uno de los principios orientadores de la política de modernización, en atención a que, para alcanzar los resultados que la ciudadanía espera, se requiere que las entidades se encuentren en constante revisión y renovación de sus procesos y procedimientos, lo cual las llevará a implementar nuevas propuestas de servicios o procedimientos que innoven su gestión para responder mejor a las expectativas de los ciudadanos y empresas, debiendo considerar para ello el aprovechamiento de tecnologías apropiadas, de manera que estas contribuyan al cambio y mejora de la gestión pública;

Que, la base gráfica registral es un sistema de información gráfica registral georreferenciada, estructurada y organizada a partir de datos gráficos y alfanuméricos, que comprende la descripción de predios inscritos y en proceso de inscripción, que son generados a partir de la información que obra en los títulos archivados, asientos de inscripción y títulos en trámite; dicha información es elaborada teniendo como apoyo la cartografía que utilizan las oficinas registrales;

Que, mediante Decreto Supremo N°004-2013-JUS se aprueba la tasa registral para el servicio de base gráfica catastral en Archivo Digital, cuya prestación fue desarrollada mediante la Directiva aprobada por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 215-2018-SUNARP/SN;

Que, mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 207-2018-SUNARP/SN, complementada por Resolución Nº 050-2019-SUNARP/SN, se aprueba el acceso a la información de la Base Gráfica Registral para las entidades del Poder Ejecutivo, a efectos de que dichas entidades puedan visualizar, extraer y descargar de forma gratuita los polígonos de los predios inscritos e incorporados a la Base Gráfica Registral, mediante el visor de mapas básico interoperables mediante los servicios web de mapas (WMS), previa suscripción de convenios de cooperación interinstitucional;

Que, mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 047-2020-SUNARP/SN, se aprueba el acceso a la información de la Base Gráfica Registral para los Gobiernos Regionales, con los alcances detallados en el considerando que antecede y previa suscripción del respectivo Convenio de Colaboración interinstitucional;

Que, siguiendo esa misma línea, la Alta Dirección de la SUNARP considera de suma importancia que los ciudadanos puedan acceder a la visualización de la base gráfica registral, para lo cual se ha proyectado la creación de un nuevo servicio denominado: “Acceso a la visualización de predios inscritos de la Base Gráfica Registral a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea – SPRL”; el cual permitirá visualizar espacialmente por un tiempo predeterminado, los predios de un ámbito en consulta y siempre que dicho polígono se encuentre incorporado en la Base Gráfica Registral de la SUNARP; servicio que se propone brindar mediante el Servicio de Mapas Web de la SUNARP y a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea – SPRL;

Que, el nuevo servicio proyectado y la tasa correspondiente, requieren ser aprobados tanto por el Consejo Directivo de la SUNARP como mediante un Decreto Supremo, como paso previo y necesario para su puesta en producción; por lo que se encomendó a la Subdirección de Catastro Registral que coordine con las diferentes áreas involucradas, la aprobación y suscripción de un Plan de Actividades que establezca las etapas, actuaciones o actividades, responsables y el plazo de ejecución, conducentes a su puesta en producción;

Que, el Plan de Actividades citado en el considerando que antecede ha sido consensuado por las áreas competentes y forma parte del Informe N° 112-2021-SUNARP-DTR/SCT de visto, siendo recogido también en el Informe Técnico elevado a esta Superintendencia Adjunta por la Dirección Técnica Registral y la Oficina General de Tecnología de la Información, conjuntamente con el proyecto de resolución, para la evaluación y aprobación;

Que, con fecha 04 de febrero de 2021, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución Suprema Nº019-2021-JUS, a través de la cual se designa al señor Jorge Antonio Martín Ortiz Pasco, en el cargo de Superintendente Adjunto de la SUNARP;

Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 15 de la Ley Nº26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en concordancia con lo señalado por el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP, aprobado a través del Decreto Supremo Nº 012-2013-JUS; que dispone que en caso de ausencia o impedimento temporal el Superintendente Nacional es reemplazado por el Superintendente Adjunto;

De conformidad con lo dispuesto en los literales a) y x) del artículo 9 y en el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº012-2013-JUS y contando con el visado de la Gerencia General, de la Oficina General de Tecnologías de la Información, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Dirección Técnica Registral;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-. Aprobación de Plan de Actividades

Aprobar el Plan de Actividades para la propuesta e implementación del nuevo servicio de “Acceso a la visualización de predios inscritos de la Base Gráfica Registral a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL)”, conforme al siguiente detalle:

ACTIVIDADES

RESPONSABLES

DURACIÓN

COMIENZO

FIN

Elaboración de la propuesta del nuevo Servicio, viabilidad, funcionalidades y requerimientos de la OGTI (recursos, componentes e insumos).

SCT

OGTI

20 días

22.mar.21

20.abr.21

Desarrollo del servicio: Diseño, Análisis y el Desarrollo e Implementación del nuevo Servicio.

OGTI

120 días

05.abr.21

27.set.21

Elaboración del flujo y proceso implicado en la propuesta del nuevo Servicio.

OGPP

10 días

21.abr.21

04.may.21

Opinión legal del cobro de tasas en función al tiempo de visualización del nuevo Servicio.

OGAJ

8 días

21.abr.21

30.abr.21

Análisis y Proceso de costeo estimado del nuevo Servicio (sin el SUT) y emisión del informe.

OGA

30 días

06.may.21

17.jun.21

Elaboración del proyecto del decreto supremo, exposición de motivos que aprueba el nuevo Servicio y la tasa correspondiente.

OGAJ

5 días

18.jun.21

24.jun.21

Elaboración del Informe técnico y del proyecto de DS para la aprobación del nuevo Servicio.

SCT-DTR

4 días

25.jun.21

01.jul.21

Sesión del Consejo Directivo para aprobación del nuevo servicio y la aprobación del proyecto decreto Supremo.

GG-SA

Según Agenda en coordinación con GG

Elaboración y remisión de Informe y el proyecto del Decreto Supremo que aprueba el nuevo Servicio, dirigido al MINJUS.

SCT-OGAJ-GG

3 días

Computados desde la fecha de la sesión del Consejo Directivo que aprueba el servicio

Artículo 2.- Encargo

Encargar a la Subdirección de Catastro Registral la supervisión del cumplimiento de las actividades contenidas en el Plan de Actividades para la aprobación del nuevo servicio de “Acceso a la visualización de predios inscritos de la Base Gráfica Registral a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL)”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE ANTONIO MARTÍN ORTIZ PASCO

Superintendente Adjunto de los Registros Públicos

1940838-1