Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 421-2021-MDI, que aprueba el Programa de Beneficios “Reactívate Independencia Fase II”, modificada por Ordenanza N° 422-2021-MDI

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 000001-2021-MDI

Independencia, 26 de marzo del 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA

VISTO: El Memorando Nº 00085-2021-GATR-MDI de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe Legal Nº 000057-2021-GAJ-MDI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto a prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 000421-2021-MDI, Ordenanza que aprueba el Programa de Beneficios “Reactívate Independencia Fase II”, modificada por la Ordenanza Nº 000422-2021-MDI, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, conforme al Artículo 74º de la Constitución Política del Perú, así como al numeral 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales se encuentran facultados para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la ley, asimismo, el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que “Excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren”;

Que, mediante Ordenanza Nº 421-MDI se aprobó el Programa de Beneficios “Reactívate Independencia Fase II” otorgando facilidades a los contribuyentes del distrito para la regularización de sus deudas tributarias y administrativa, en razón a las condiciones y desarrollo de las medidas de aislamiento dictaminadas por el Gobierno Nacional, teniendo como vigencia hasta el 26 de febrero del 2021;

Que, siendo política de la Municipalidad de Independencia, brindar a sus vecinos las mayores facilidades para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, formales y sustanciales, se aprobó la Ordenanza Nº 000422-2021-MDI que prorrogo la vigencia de la Ordenanza Nº 421-2021-MDI y modifico el Programa de Beneficios “Reactívate Independencia Fase II” disponiendo incentivos para pago oportuno y su vigencia hasta el 31 de marzo del 2021;

Que, la Tercera Disposición, Transitoria, Complementaria y Final de la norma precitada faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada aplicación y para la prórroga de los beneficios tributarios contenidos en la misma;

Que, mediante Memorando Nº 000085-2021-GATRMDI la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, comunica que, dada la severa afectación a la economía familiar generadas por la situación de aislamiento social ordenado a nivel nacional y la demanda de los vecinos, se hace necesario ampliar el plazo de vigencia del beneficio antes mencionado, a fin de dar la oportunidad a más vecinos para que efectúen su regularización tributaria y no tributaria, con la menor afección posible, hasta el 31 de mayo de 2021;

Que, mediante Informe Legal Nº 000057-2021-GAJ-MDI la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es viable la aprobación del proyecto de Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 421-2021-MDI, Ordenanza que Aprueba el Programa de Beneficios “Reactívate Independencia Fase II”, modificada por la Ordenanza Nº 422-2021-MDI, que prorrogo la vigencia de la Ordenanza Nº 421-2021-MDI y modifico el Programa de Beneficios “Reactívate Independencia Fase II” disponiendo incentivos para pago oportuno;

Estando al Memorando Nº 00085-2021-GATR-MDI de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y el Informe Legal Nº 000057-2021-GAJ-MDI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, en uso de las facultades conferidas en el numeral (6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero: PRORROGUESE la vigencia de la Ordenanza Nº 421-2021-MDI ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA DE BENEFICIOS “REACTIVATE INDEPENDENCIA FASE II”, modificada por la Ordenanza Nº 422-2021-MDI, hasta el 31 de mayo de 2021.

Artículo Segundo: PRECÍSESE que, para la aplicación del beneficio al que se refiere los artículos tercero y cuarto de la Ordenanza Nº 422-2021-MDI, se entenderá cumplido el requisito siempre que el pago se efectúe hasta el 31 de mayo de 2021.

Artículo Tercero: ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y demás áreas de acuerdo a su competencia y atribuciones, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

YURI JOSE PANDO FERNANDEZ

Alcalde

1940454-1