Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 506-MDSMP, Ordenanza Humanitaria a favor de los Contribuyentes del Distrito de San Martín de Porres

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 008-2021-MDSMP

San Martin de Porres, 23 de marzo de 2021

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE

PORRES

VISTO:

El Informe Nº 30-2021-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 020-2021-SGRTyCD/GAT/MDSMP, de la Sub Gerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, el Informe Nº 208-2021-GAJ-MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 1132-2021-GM/ MDSMP, de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, señala que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos propios de su competencia, concordante con el Artículo II del título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico

Que, el artículo 42º del acotado cuerpo legal, establece que los Decretos de Alcaldía establecen normas Reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;

Que, mediante Ordenanza Nº 506-MDSMP publicada el 10 de setiembre de 2020, se aprobó la “Ordenanza Humanitaria a favor de los Contribuyentes del distrito de San Martín de Porres”, el cual tiene por finalidad establecer, en la jurisdicción del distrito de San Martin de Porres, el régimen de condonación de deudas tributarias por concepto de interés moratorio del impuesto predial y de arbitrios municipales, así como el insoluto de arbitrios municipales, multas tributarias y administrativas, en determinados porcentajes, establecidos en la misma ordenanza;

Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 005-2021-MDSMP, publicado el 26 de Febrero del 2021, se prorrogó la vigencia de la Ordenanza Nº 506-MDSMP hasta el 31 de Marzo de 2021;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2021-PCM, de fecha 14 de Enero del 2021, se dictan nuevas medidas de aislamiento en atención a la nueva variante del coronavirus, ya que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha solicitado a los Estados miembros que refuercen sus procedimientos de control y de prevención, medidas que imponen la necesidad de implementar estrategias que coadyuven a otorgar beneficios tributarios que vayan de acuerdo con las posibilidades financieras de los vecinos, de tal manera que sea razonable cumplir con el pago de los adeudos por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales que mantengan con esta Corporación Municipal, en el menor plazo posible y sin afectar su economía, por lo que se hace necesario continuar con los descuentos sobre intereses, insolutos, gastos y costas coactivas, dichas medidas de impacto tienen también como fin asegurar la recaudación en la actual coyuntura de crisis nacional, la misma que permita continuar con la ejecución de los planes y programas y cumplir con los servicios públicos;

Que, por su parte, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, publicado el 11 de marzo de 2020, se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictaron medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19; Emergencia Sanitaria que últimamente ha sido prorrogada con Decreto Supremo Nº 009-2021-SA, a partir del 7 de marzo de 2021, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario;

Que, mediante Informe Nº 30-2021-GAT/MDSMP de fecha 17 de marzo de 2021, el Gerente de Administración Tributaria de la Municipalidad de San Martín de Porres remite el Informe Nº 020-2021-SGRTyCD/GAT/MDSMP de la Sub Gerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, quien propone que se continúe con el otorgamiento de mayores facilidades a los contribuyentes del distrito de San Martín de Porres, para que puedan cumplir con el pago de sus contribuciones tributarias y/o administrativas, motivo por el cual es necesario la ampliación de su vigencia y la expedición de la presente norma;

Que, en la Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 506-MDSMP, se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la citada Ordenanza, así como prorrogar la fecha de vencimiento, de ser el caso;

Que, mediante Informe Nº 208-2021-GAJ-MDSMP, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para que a través de Decreto de Alcaldía se prorrogue hasta el día 30 de Abril del año 2021, la vigencia de la Ordenanza Nº 506-MDSMP, “Ordenanza Humanitaria a favor de los Contribuyentes del Distrito de San Martin de Porres;

Estando las consideraciones expuestas y en mérito a las atribuciones conferidas en el artículo 20º numeral 6) y artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, y de lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 506-MDSMP;

SE DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de Abril del 2021, la vigencia de la Ordenanza Nº 506-MDSMP, Ordenanza Humanitaria a Favor de los Contribuyentes del Distrito de San Martín de Porres, conforme a lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria y Final de la citada norma.

Artículo Segundo.- PRECISAR que la Prorroga del Beneficio Tributario que contiene el Artículo 3º numeral 1, de la Ordenanza Nº 506-MDSMP, se refiere a que dicho beneficio se otorga para aquellos contribuyentes que mantengan deuda pendiente de pago por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2020, a la condonación del 100% de los intereses moratorios, asimismo la condonación del 15% del pago de los arbitrios municipales 2020, siempre que efectúen el pago total del Impuesto Predial del presente ejercicio, hasta el 30 de Abril del 2021.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, la Sub Gerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva, la Sub Gerencia de Administración Tributaria y Orientación al Contribuyente, la Sub Gerencia de Tesorería, la Sub Gerencia de Gestión Documentaria y Archivo Central, y demás órganos competentes a realizar las acciones de su competencia orientadas al cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General y a la Sub Gerencia de Logística y Gestión Patrimonial, la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”; a la Gerencia de Comunicación, Imagen y Cooperación Técnica la divulgación y difusión; asimismo a la Sub Gerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información y Estadística, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres (www.mdsmp.gob.pe).

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JULIO ABRAHAM CHÁVEZ CHIONG

Alcalde

1940313-1