Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General, destinada a la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al período 2020 del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 017-2021-FONDEPES/J

Lima, 30 de marzo de 2021

VISTO, el Memorando N° 153-2021-FONDEPES/OGA de la Oficina General de Administración, el Informe N° 043-2021-FONDEPES/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 118-2021-FONDEPES/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se expidió la Resolución Jefatural N° 107-2020-FONDEPES/J, de fecha 22 de diciembre de 2020, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2021 del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, (en adelante FONDEPES) por un monto de S/ 98 415 995,00 (Noventa y ocho millones cuatrocientos quince mil novecientos noventa y cinco con 00/100 Soles) a nivel de Programa Presupuestal, Acciones Centrales y Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Producto, Fuente de Financiamiento y Grupo Genérico de Gasto;

Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoria, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del pliego, así como del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;

Que, asimismo, el referido artículo señala en el caso de entidades del Gobierno Nacional las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad;

Que, mediante Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG publicada el 23 de octubre de 2019, la Contraloría General de la República aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, mediante Oficio N° 000322-2020-CG/GAD recibido el 5 de octubre del 2020, la Contraloría General de la República solicitó al Jefe de la Oficina General de Administración del FONDEPES, que a fin de efectuar la contratación de la sociedad de auditoría para ejecutar la auditoría financiera gubernamental del período 2020, realice, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785 y en el Tarifario aprobado mediante Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG, la transferencia financiera del 100% de la retribución económica por el monto de S/ 99 089,00 (noventa y nueve mil ochenta y nueve con 00/100 Soles), indicando además que FONDEPES podía efectuar la transferencia del 50% de la retribución económica y por el otro 50% adjuntar una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2021, cuya transferencia debía efectuarse a más tardar en enero del año 2021;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 099-2020-FONDEPES/J del 3 de noviembre de 2020 se autorizó la Transferencia Financiera del Pliego 059.Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Unidad Ejecutora 001: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, hasta por la suma de S/ 49 544,50 (Cuarenta y nueve mil quinientos cuarenta y cuatro con 50/100 Soles), por la Fuente de Financiamiento 1.Recursos Ordinarios a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, para cubrir el 50% de los gastos derivados de la contratación de la sociedad auditora que realice la auditoría correspondiente al período 2020;

Que, con Oficio N° 000200-2021-CG/GAD recibido el 22 de marzo de 2021, la Contraloría General de la República solicitó al Jefe de la Oficina General de Administración del FONDEPES, efectuar, dentro de los cinco días hábiles de recibido el mismo, la transferencia financiera por el importe de
S/ 49 544,50 (Cuarenta y nueve mil quinientos cuarenta y cuatro con 50/100 Soles), correspondiente a la cancelación del 50% de la parte restante, de la retribución económica de la contratación de la Sociedad de Auditoría encargada de la auditoría gubernamental del período 2020;

Que, mediante Memorando N° 153-2021-FONDEPES/OGA, la Oficina General de Administración solicitó gestionar la Resolución del Titular del Pliego que autorice la transferencia financiera por el importe de S/ 49 544.50 (cuarenta y nueve mil quinientos cuarenta y cuatro con 50/100 Soles) correspondiente al 50% restante de la retribución económica para el pago de la sociedad de auditoria que efectuará la auditoría financiera gubernamental por el periodo 2020;

Que, mediante Informe N° 043-2021-FONDEPES/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que, con la finalidad de atender lo solicitado por la Contraloría General de la República, se aprobó la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 939 del año 2021 por el importe de S/ 49 544.50 (cuarenta y nueve mil quinientos cuarenta y cuatro con 50/100 Soles). En tal sentido, a través del informe en mención, la referida Oficina General emite opinión favorable, en materia presupuestal para realizar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por el importe antes señalado para financiar el 50% restante de la retribución económica (incluido el IGV), del periodo auditado 2020, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la sociedad de auditoría, por cuanto se cuentan con recursos disponibles en el Presupuesto Institucional por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios;

Que, mediante Informe Nº 118-2021-FONDEPES/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la transferencia financiera solicitada por la Oficina General de Administración, conforme a lo establecido el artículo 20 de la Ley Nº 27785, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742;

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar una Transferencia Financiera del Presupuesto Institucional del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, hasta por la suma de S/ 49 544,50 (Cuarenta y nueve mil quinientos cuarenta y cuatro con 50/100 Soles), a favor de la Contraloría General de la República, para financiar el 50% restante de la retribución económica que incluye el IGV, por el periodo auditado 2020, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de las sociedades de auditoría, en el marco de lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control;

Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus respectivas competencias; y

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, la Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG y la Directiva N° 007-2020-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria; así como en el ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, aprobado por la Resolución Ministerial N° 346-2012-PRODUCE, y;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizar una Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2021, del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, hasta por la suma de S/ 49 544,50 (Cuarenta y nueve mil quinientos cuarenta y cuatro con 50/100 Soles), de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinada a la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al período 2020 del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero.

Artículo 2.- Financiamiento

La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Unidad Ejecutora 001: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-genérica del gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Específica del Gasto 2.4.1 3 1 1 A Otras Unidades de Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios.

Artículo 3.- Acciones administrativas

La Oficina General de Administración efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Asimismo, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, para los cuales se realiza la presenta transferencia financiera, incluyendo la comunicación a la Contraloría General de la República de las acciones adoptadas.

Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 5.- Publicación

Disponer que la presente resolución se publique en el Portal Institucional del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (https://www.fondepes.gob.pe) y en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALVARO RICARDO REINOSO ROSAS

Jefe

Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero

1940288-1