Prorrogan suspensión de vuelos de pasajeros provenientes del Reino Unido, Sudáfrica y Brasil dispuesta mediante R.M. N° 216-2021-MTC/01
Resolución Ministerial
N° 291-2021-MTC/01
Lima, 31 de marzo de 2021
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19, emergencia sanitaria que ha sido prorrogada por los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, N° 027-2020-SA, N° 031-2020-SA y N° 009-2021-SA;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del 01 de diciembre de 2020, al ser necesaria una norma que declare nuevamente el Estado de Emergencia Nacional, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19, el cual ha sido prorrogado por los Decretos Supremos N° 201-2020-PCM, N° 008-2021-PCM, N° 036-2021-PCM y N° 058-2021-PCM, por el plazo de treinta (30) días calendario, a partir del jueves 01 de abril de 2021;
Que, en el marco de la normativa vigente y aplicable, mediante Resolución Ministerial N° 216-2021-MTC/01, se suspende desde el 15 hasta el 31 de marzo de 2021 los vuelos de pasajeros provenientes de Reino Unido, Sudáfrica y Brasil;
Que, de acuerdo a lo señalado por la Dirección General de Aeronáutica Civil en el Informe N° 076-2021-MTC/12, se han adoptado medidas que coadyuvan a evitar los riesgos de contagio de la COVID-19, como la suspensión de vuelos procedentes de Europa y de Brasil; asimismo, de manera complementaria, se ha estado analizando la tendencia internacional referente a las restricciones de operaciones aéreas, evidenciándose que diversos países de la región y de Europa han establecido restricciones acotadas y/o focalizadas a los países en donde se ha registrado el brote de nuevas variantes de la COVID-19, tales como Reino Unido, Sudáfrica y Brasil; por lo que en este contexto propone extender la suspensión de los vuelos de pasajeros provenientes de dichos países, como medida preventiva de control para limitar los riesgos de contagio que puedan producirse por el ingreso de personas infectadas con las nuevas variantes del COVID-19;
Que, en tal sentido, dado que la situación epidemiológica de la COVID-19 se encuentra en desarrollo con la confirmación de variante de SARS-CoV-2, resulta necesario mantener la suspensión de los vuelos de pasajeros provenientes de Reino Unido, Sudáfrica y Brasil, a partir del 1 hasta el 15 de abril de 2021;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 0785-2020-MTC/01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Prorrogar del 1 al 15 de abril de 2021 la suspensión de los vuelos de pasajeros provenientes del Reino Unido, Sudáfrica y Brasil dispuesta mediante Resolución Ministerial N° 216-2021-MTC/01.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1940170-1