Dan por terminadas las funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Árabe de Egipto, ante el Reino de Hachemita de Jordania y ante la República Libanesa
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 040-2021-RE
Lima, 30 de marzo de 2021
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 143-2018-RE, del 18 de julio de 2018, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Árabe de Egipto al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Paúl Andrés Paredes Portella;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0412-2018-RE, se fijó el 1 de setiembre de 2018, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Árabe de Egipto;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 054-2019-RE, del 15 de marzo de 2019, se nombró al referido funcionario diplomático para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante el Reino de Hachemita de Jordania, con residencia en El Cairo, República Árabe de Egipto;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 074-2019-RE, del 26 de abril de 2019, se nombró al citado funcionario diplomático para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República Libanesa, con residencia en El Cairo, República Árabe de Egipto; y,
De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Paúl Andrés Paredes Portella, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Árabe de Egipto.
Artículo 2.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Paúl Andrés Paredes Portella, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante el Reino de Hachemita de Jordania y ante la República Libanesa, con residencia en El Cairo, República Árabe de Egipto.
Artículo 3.- La fecha de término de sus funciones será fijada mediante Resolución Ministerial.
Artículo 4.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes.
Artículo 5.- Darle las gracias, por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones.
Artículo 6.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER
Presidente de la República
ALLAN WAGNER TIZÓN
Ministro de Relaciones Exteriores
1939914-10