Prorrogan Incentivo por Pronto Pago a que se refiere la Ordenanza Nº361/MLV; así como la fecha de vencimiento del pago al contado del impuesto predial 2021, la primera cuota del impuesto predial 2021 para su pago fraccionado, y de la primera y segunda cuota de los arbitrios municipales del ejercicio fiscal 2021

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 002-2021/MLV

La Victoria, 30 de marzo de 2021.

EL ALCALDE DE LA MUNCIPALIDAD DE LA

VICTORIA;

VISTOS: El Informe Nº 024-2021-GSAT/MLV de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y el Informe Nº 094-2021-SGROCRYEC-GSAT/MLV de la Subgerente de Registro, Orientación al Contribuyente, Recaudación y Ejecutoria Coactiva y el Informe N° 10-2021-GSAT/MLV de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria; y,

CONSIDERANDO:

Que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido con el artículo 194º de la Constitución Política y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo 39º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; asimismo, el artículo 42º de la norma citada prescribe que los derechos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal;

Que, mediante Ordenanza Nº 352/MLV se aprobó los arbitrios de limpieza pública, barrido de calles y recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio fiscal 2021, ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 387/MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima;

Que, el artículo 4º y 5º de la Ordenanza Nº 361/MLV fijan el calendario de pagos tributarios y los incentivos por pronto pago, correspondiente al ejercicio 2021; asimismo, la Tercera Disposición Final de la citada Ordenanza, faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación del presente dispositivo legal, así como para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia de ser el caso del ítem 2 del artículo 5º, (descuentos otorgados por incentivo de pronto pago);

Que, por el Informe Nº 10-2021-GSAT/MLV la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y el Informe Nº094-2021-SGROCRYEC-GSAT/MLV de la Subgerencia de Registro, Orientación al Contribuyente, Recaudación y Ejecutoria Coactiva, solicitan se extienda la vigencia del incentivo de pronto pago, el vencimiento del pago al contado del impuesto predial 2021; así como de la primera cuota para el pago fraccionado, y de la primera y segunda cuota de los arbitrios municipales, hasta el 30 de abril de 2021, a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a los vecinos de la jurisdicción; opinión que es compartida por la Gerencia Municipal mediante el proveído Nº 228-2021-GM/MLV;

Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 20º, numeral 6 y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; y contando con las visaciones de la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Servicio de Administración Tributaria.

DECRETA:

Artículo 1.- Prorrogar hasta el 30 de abril de 2021 el Incentivo por Pronto Pago, Ítem 2, del artículo quinto de la Ordenanza Nº 361/MLV, descuento del 10% sobre los arbitrios municipales.

Artículo 2.- Prorrogar hasta el 30 de abril de 2021 la fecha de vencimiento del pago al contado del impuesto predial 2021, así como la primera cuota del impuesto predial 2021 para su pago fraccionado; y de la primera y segunda cuota de los arbitrios municipales del ejercicio fiscal 2021.

Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, la Gerencia de Administración y Finanzas, la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones y demás áreas competentes de la entidad, el cumplimiento del presente Decreto a fin de garantizar el efectivo cumplimiento de la presente Ordenanza.

Artículo 4.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones la publicación en el portal de la entidad www.munilavictoria.gob.pe.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

LUIS ALBERTO GUTIÉRREZ SALVATIERRA

Alcalde

1939791-1