Aprueban incorporación de seis procedimientos administrativos y un servicio del Comité de Administración de la Zona Franca de Tacna - ZOFRATACNA, para su trámite a través del sistema de gestión de Zonas Económicas Especiales de la Ventanilla Única de Comercio Exterior

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 043-2021-MINCETUR

Lima, 26 de marzo de 2021

Visto, el Informe Nº 0006-2021-MINCETUR/VMCE/ DGFCE/DVUCEPT /YND de la Dirección de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y Plataformas Tecnológicas de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior, y el Memorándum N° 144-2021-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, se define a la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) como el sistema integrado para la facilitación del comercio exterior que, a través de medios electrónicos, permite a las partes involucradas en el comercio exterior y el transporte internacional, intercambiar información requerida o relevante para el ingreso, la salida o el tránsito de las mercancías y de los medios de transporte desde o hacia el territorio nacional. Asimismo, permite gestionar la documentación e información relativa a los procedimientos y servicios que se realicen a través de este sistema;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2020-MINCETUR, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30860, que establece, entre otros temas, las reglas para el funcionamiento de la VUCE, a través de sus diversos Componentes y Servicios que presta a la comunidad del comercio exterior;

Que, el artículo 13 de la Ley Nº 30860, establece que la VUCE pone a disposición de las Zonas Económicas Especiales un sistema integrado para la atención de los trámites que deben realizar los inversionistas en dichas zonas, así como para la administración y control de las operaciones de ingreso, estadía y salida de mercancías en dichas zonas, el cual debe interoperar con los sistemas de la Administración Aduanera, con el objeto de intercambiar la información que permita facilitar las operaciones de ingreso, estadía y salida de mercancías, manteniendo el control adecuado;

Que, asimismo el numeral 87.1 del artículo 87 del Reglamento de la Ley Nº 30860 señala que el sistema de gestión de Zonas Económicas Especiales de la VUCE permite a los usuarios de tales zonas gestionar, por medios electrónicos, las operaciones relacionadas al ingreso, permanencia y salida de mercancías, así como la tramitación de los procedimientos administrativos y servicios que requieran realizar para cumplir con sus obligaciones;

Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley Nº30860, señala que los procedimientos y servicios que se incorporan a la VUCE inician operaciones al día siguiente de la publicación en el diario oficial “El Peruano”, de la resolución ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) que aprueba su incorporación. Por la misma vía, se pueden incorporar progresivamente otros procedimientos administrativos o servicios para el cumplimiento de requerimiento de información;

Que, de acuerdo con el Acta de Certificación Nº 2021-001-ZFT se ha validado la operación de seis (06) procedimientos administrativos y un (01) servicio para el trámite del Comité de Administración de la Zona Franca de Tacna - ZOFRATACNA a través del sistema de gestión de Zonas Económicas Especiales de la VUCE, razón por la cual es procedente emitir la resolución ministerial que aprueba su incorporación;

De acuerdo con los documentos del Visto; y,

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias, y la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2020-MINCETUR;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la incorporación de seis (06) procedimientos administrativos y un (01) servicio del Comité de Administración de la Zona Franca de Tacna - ZOFRATACNA, para su trámite a través del sistema de gestión de Zonas Económicas Especiales de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, los cuales se detallan en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CLAUDIA CORNEJO MOHME

Ministra de Comercio Exterior y Turismo

Anexo

Incorporación de seis (06) procedimientos administrativos y un (01) servicio del Comité de Administración de la Zofratacna al Sistema de gestión de Zonas Económicas Especiales de la Ventanilla Única de Comercio Exterior

N°

Denominación del procedimiento administrativo

Entidad Competente

01

Autorización para cambio de local comercial en la Zona Comercial de Tacna.

Comité de Administración de la Zofratacna

02

Constancia de usuario de Zofratacna.

Comité de Administración de la Zofratacna

03

Autorización para apertura de sucursal en la Zona Comercial de Tacna.

Comité de Administración de la Zofratacna

04

Inspección de local en la Zona Comercial de Tacna.

Comité de Administración de la Zofratacna

05

Autorización para modificación de contrato de usuario por ampliación o reducción de espacio físico y/o traslado de ubicación física en el complejo Zofratacna.

Comité de Administración de la Zofratacna

06

Emisión del certificado de manufactura.

Comité de Administración de la Zofratacna

Denominación del servicio

Entidad Competente

01

Emisión de Resolución de Suspensión de pago de derechos de importación.

Comité de Administración de la Zofratacna

1938900-1