Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 250-2020-MDP/C, que otorga beneficios tributarios y no tributarios en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 008-2021-MDP/A
Pachacámac, 15 de marzo del 2021.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
PACHACÁMAC
VISTO: El Informe N° 036-2021-MDP/GAT-SGREC de la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, el Informe N° 016-2021-MDP/GAT de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe N° 080-A-2021-MDP/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, sobre la propuesta de Prórroga de la Ordenanza Municipal 250-2020-MDP/C “QUE OTORGA BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS EN EL DISTRITO DE PACHACÁMAC”; Y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972 establece que “Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico”.
Que, el Artículo 42° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, indica que “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”.
Que, mediante Ordenanza Municipal N°250-2020-MDP/C se establece el “Otorgamiento de Beneficios Tributarios y No Tributarios en el Distrito de Pachacámac”. Asimismo, mediante Decreto de Alcaldía Nº001-2021-MDP/A, se prorrogó la vigencia de dicha Ordenanza hasta el 31 de enero de 2021. De igual manera, a través del Decreto de Alcaldía Nº 004-2021-MDP/A, se prorrogó la vigencia hasta el 15 de febrero de 2021 y con el Decreto de Alcaldía Nº 005-2021-MDP/A, se prorrogó la vigencia hasta el 15 de marzo de 2021.
Que, con Informe N° 036-2021-MDP/GAT-SGREC la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, propone prorrogar hasta el 15 de abril de 2021, el plazo estipulado en la Primera Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 250-2020-MDP/C QUE OTORGA BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS EN EL DISTRITO DE PACHACÁMAC, mediante Decreto de Alcaldía.
Que, mediante Informe N°016-2021-MDP/GAT la Gerencia de Administración Tributaria recomienda extender hasta el 15 de abril de 2021 el plazo de vigencia estipulado en la Ordenanza Municipal N° 250-2020-MDP/C, de conformidad con la Sexta Disposición Final de la misma, en razón de promover el pago anual de las obligaciones tributarias del ejercicio 2020, de periodos anteriores e incentivar la cultura tributaria a través del pago puntual de sus deudas.
Que, mediante Informe N° 080-A-2021-MDP/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente la prorroga de la Ordenanza N° 250-2020-MDP/C que “Otorga Beneficios Tributarios y No tributarios en el Distrito de Pachacámac”, conforme a la fecha propuesta al 15 de abril de 2021, debiendo emitirse el acto administrativo correspondiente.
Que, de conformidad con la Sexta Disposición Final de la Ordenanza Nº 250-2020-MDP/C se faculta al señor Alcalde del Distrito de Pachacámac para que mediante Decreto de Alcaldía establezca prorrogas en la vigencia de la misma.
Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6° del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero: PRORROGAR el plazo de vigencia estipulado de la Ordenanza N° 250-2020-MDP/C, ampliado por Decreto de Alcaldía Nº 001-2021-MDP/A, Decreto de Alcaldía Nº 004-2021-MDP/A y Decreto de Alcaldía Nº 005-2021-MDP/A hasta el 15 DE ABRIL DE 2021, de conformidad con la Sexta Disposición Final de la misma.
Artículo Segundo: ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria, Oficina de Administración y Finanzas y sus unidades dependientes, en cuanto les corresponda.
Artículo Tercero: ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac: www. munipachacamac.gob.pe
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO
Alcalde
1938864-1